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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Soy residente en Melilla y quiero comprarme un barco con bandera inglesa , pagar los impuestos en España, peeero ponerle bandera belga.
¿Hay alguien que conozca los trámites en Melilla y que los pueda poner de forma clara, cronológica y sencilla? Gestiones realizadas hasta ahora: 1.- Visita a Capitanía Amablemente y diligentemente me piden los papeles del buque para informarme de todos los requisitos, NO recomendándome (porque va a cambiar) ponerle bandera belga, incluso advirtiéndome del posible problema de homologación.....pero para unas indicaciones completas y correctas, me invitan a volver con los papeles. 2.- Visita a Importación de Mercaderías Me dice que hable con un agente de aduanas, importe el barco y después, con el contrato de compraventa (ya que el barco es +- del 90) me cobrarán el 7% de IPSI 3.- Visita a Hacienda-Aduanas Amablemente me indican, que ellos son tramitadores que en ningun momento cobran ya que la Ciudad Autónoma gestiona el IPSI. Peeero me informan que Capitanía Marítima ha elevado una consulta y que a día de hoy todavía no tienen respuesta, de alguna manera quieren parar la fuga de banderas. 4.- Agente de Aduanas No he tenido tiempo de visitar ninguno, pero la agencia consultada telefónicamente, me invita a visitar Capitanía Marítima y comunicarle los papeles que necesito, para a continuación ellos realizar los trámites 5.- Guardia Civil de Aduanas No he tenido tiempo y no sé si ir....se me quitan las ganas de comprar un barco
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Desde la mezquita del toreo.
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#2
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Ni caso a esos aguafiestas. Compra y matricula en Belgica. Lo contrario es hacer el primo.
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#3
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que esta en contra dejar matriculado en Reino Unido ???
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#4
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Ni me he planteado dejarlo con bandera inglesa....es más !! desconozco si puedo pilotarlo con bandera inglesa, siendo yo español y residente en Melilla, no habiendo pagado en parte alguna impuestos .... desconozco hasta dónde me pueden meter un cuerno.
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Desde la mezquita del toreo.
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#5
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En cuanto al pago de impuestos, la normativa española no hace distinción entre banderas extranjeras comunitarias: en este respecto es lo mismo si el barco tiene bandera belga o inglesa. Y la normativa es muy clara: se tiene que pagar el impuesto de matriculación. ¿Melilla tiene un regimen especial en este respecto?
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www.banderabelga.info http://www.youtube.com/channel/UCtQB...fT3-vzQ/videos Navegar sin problemas con la bandera belga |
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#6
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Si. No existe el IVA, se paga IPSI y es controlado totalmente por la Ciudad Autónoma.
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Desde la mezquita del toreo.
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#7
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Continúo relatando mis gestiones.
Para entender lo que a continuación sigue, hay que pensar que esto es Melilla. Un pueblo grande donde todo el mundo se conoce (al menos de vista) y donde los funcionarios, somos legión. Hoy he llamado a la UDAUI (PERDÓN si las siglas no son correctas) pero es la unidad de la guardia civil que controla la documentación de aduanas en buques (quizás controle mas cosas, no está en mi ánimo despreciar o menospreciar su labor). La persona que me atendió tan amablemente se mostró sorprendida, era el primer caso que le llegaba y dijo que haría una consulta a Hacienda/Aduanas, ya que era un despropósito todo lo que yo tendría que hacer y pagar, teniendo derecho a hacerlo de una manera más rápida. El circuito de papeles para matricular en Belgica un barco con bandera inglesa, sería (hasta hoy) tal que así: 1.- Ir a un agente de aduanas 2.- Hacer la importacion del barco 3.- Acudir a la oficina de Importación de Mercaderías con el papel diciendo que el barco ha entrado en Melilla, facilitado por la agencia de aduanas 4.- pagar el 7% del IPSI del valor reflejado en el contrato de compra-venta 5.- matricularlo en capitania marítima 6.- dar de baja la bandera en capitanía maritima 7.- Ir al agente de aduanas para exportar el barco 8.- Matricular el barco en Bélgica Los pasos 5 y 6 vienen obligados al tener que matricular antes de los 30 días Y hasta aquí puedo contar....a ver que información recibo en 48 horas, despues de haber este hombre consultado con Hacienda. pd.- Espero que a alguien le suenen anacrónicas las palabras aquí escritas, pero leidas en un futuro cercano.
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Desde la mezquita del toreo.
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#8
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Melilla,
Repito que están pensando desde el punto de vista de la matriculación en España. Pero, la famosa carta que la DGMM ha escrito a ANAVRE el 12 de marzo 2013, dice muy claramente que "...las normas actualmente en vigor no exigen la matriculación en España de las embarcaciones de recreo, sino el pago del impuesto. La obligación de matricular se deja a lo que diga la normativa especifica sobre la materia, esto es la de marina mercante y, por el momento, no hay exigencia de que las embarcaciones de recreo extranjeras usadas por ciudadanos españoles o por residentes en España deban cambiar a pabellón español" (subrayado por mi) Todos los pasos previos al 5 me parecen prerequisitos para abanderar en España. Pero si la normativa en vigor en este momento, no requiere abanderar en España, son superfluos. ¡Que alguien te demuestre que tienes la obligación de matricular en España! No pueden demostrarlo porque no es así. ![]() Un saludo, el belga
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melilla (12-06-2014) | ||
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#9
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Cita:
Lo que quiero decir es que los pasos 5 y 6 son innecesarios. Y, si alguien te lo ha aconsejado asi, no vuelvas a hablar con el, que es un inutil. Y lo de tanta importacion para un barco que viene de Inglaterra, me parece exagerado e innecesario, pero eso no lo domino. Asegurate que no sea solo por obra del mismo "figura" que te asesoraba lo de matricular y desmatricular. |
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#10
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Cita:
Lo unico que tienes que hacer es pagar el impuesto de matriculacion. El unico inconveniente de la bandera inglesa es que cuando caduque solo te la dejaran renovar si tienes domicilio real en Inglaterra o Gales. Por eso todo el mundo se pasa a la bandera belga. |
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#11
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Cita:
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#12
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Cita:
La gran pregunta es si en Melilla hay regimen especial en cuanto al impuesto de matriculación se refiere. Melilla: ten en cuenta que todas las autoridades con las cuales están hablando siempre van a querer que abanderes en España: es lo único que conocen.
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