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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Estos días hay exámenes en Asturias, los primeros con la nueva normativa. ¿Alguien los tiene?
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#2
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Hola. Si te refieres a los exámenes de Patrón de Embarcación de Recreo, que hubo el día 21-01-2015 aquí en Asturias, no entraba la nueva legislación. Ello es así porque la convocatoria de éstos exámenes de enero se hizo antes de la entrada en vigor de la nueva legislación. A partir de ahora, los exámenes de PER sí que son con el nuevo temario, o sea, sin propulsión mecánica, ni navegación a vela, ni radiocomunicaciones, y algún que otro cambio.
Por cierto, alguien tiene las preguntas del examen del per del día 21? |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a maqueijan | ||
mcapeans (29-01-2015) | ||
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#3
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Esperaba que examinasen con el temario vigente en el momento del examen, no en el momento de la convocatoria.GRACIAS por info!
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#4
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Yo creo que si se ponen todos de acuerdo ese examen se puede impugnar por no estar en el nueva normativa. eso no es asi , ya estaba en vigor la nueva normativa.
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#5
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[quote=Losencantes;1751432]Yo creo que si se ponen todos de acuerdo ese examen se puede impugnar por no estar en el nueva normativa. eso no es asi , ya estaba en vigor la nueva normativa.[
Buenas tardes a todo el mundo.Estoy total ente de acuerdo con Losencantes, ese examen no es que se pueda es que se debe anular. La entrada en vigor el día 11 de Enero de los corrientes, del RD 875/2014 de fecha 11 de Octubre deroga totalmente la Ley anterior; por lo que jurídicamente ese examen es ilegal. Aunque me gustaría ver el examen, me cuesta cree que se ha realzado bajo la normativa anterior. Sería un error muy gordo por parte de la citada Administración asturiana. Un saludo. |
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#6
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[quote=SAMORP;1751736]
Cita:
Disposición final cuarta. Entrada en vigor. Este real decreto entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», salvo las excepciones siguientes: 1. Las previsiones objeto de este real decreto que estén relacionadas con el otorgamiento de las licencias de navegación por las federaciones de vela y motonáutica y por las escuelas de náutica entrarán en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 2. El régimen de excepciones objeto del artículo 10 de este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Como veis el nuevo temario entraba en vigor el 11-01-2015 y la convocatoria de examen, cuya discusión nos ocupa, se realizó el 28-10-2014, o sea, que entraba la materia antigua, es decir: propulsión mecánica, rediocomunicaciones, navegación a vela, corrientes en la carta, etc... Espero haberos aclarado algunas dudas y haber si tenemos suerte con las notas. Saludos. |
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