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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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hola!
estoy pensando comprarme una barca a vela, sin motor, de 5 metros 30, ... sin papeles. lleva una placa con número de serie y todo eso, por lo q he podido ver. no tengo título, y solo voy a hacer cabotaje diurno, fondeando cerca de la costa por la noche. tengo algunas preguntas: qué es obligatorio para una embarcación así? es obligatorio matricularla? o solo registrarla? el seguro debe ser obligatorio, y he leído que con el bastidor se puede, pero vaya... ya he leído en algunos mensajes aquí todo el rollo de capitanía, q si contrato de compraventa, que si fotocopias compulsadas del dni, hacienda 620 y demás... llevando unas fotos, en unos meses, si nadie reclama, se puede regularizar a tu nombre. es así? imagino q el vendedor actúa de buena fé, q no es robada ni nada. qué problemas puedo encontrarme? por favor, iluminadme un poco para que pueda tomar una decisión acertada. no me importa el papeleo, ni asumir algunos riesgos, pero vaya... mejor evitarlos. gracias por la ayuda, tomad lo que gustéis! g |
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#2
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Cita:
El que tiene un Canario, tiene una Jaula y otro que dice, Si compras un Barco Sin Documentacion,No Tienes Nada y ahora vamos a la otra parte, sin titulo puedes llevar hasta un barco a vela hasta 6 mts, pero no puedes alejarte más de 2 millas de tu puerto, y no puedes navegar paralelo a la costa a 2 millas de distancia, ( hacer cabotaje ) Y lo que es mas importante Antes de que se ponga el Sol, a Casita, de noche no puedes ni navegar ni fondear las multas son muy gordas, saludos |
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#3
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Cita:
Del RD 875/2014: "Art. 10.1:Para el gobierno de embarcaciones a motor con una potencia máxima de 11,26 kilovatios y hasta 5 metros de eslora, las de vela hasta 6 metros de eslora y los artefactos flotantes o de playa, a excepción de las motos náuticas, no será preciso estar en posesión de las titulaciones reguladas en este real decreto, siempre que no se alejen más de 2 millas náuticas de un puerto, marina o lugar de abrigo y la actividad se realice en régimen de navegación diurna." Se puede hacer cabotaje diurno siempre que tengas puertos o abrigos separados 4 millas o menos. ![]() ![]() ![]() Neomarino, suerte en tu nuevo proyecto! ![]() |
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#4
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Cita:
pero a Buen entendedor con pocas palabras bastan Resulta que SU puerto, es UN puerto marina , o lugar de abrigo, y ya me contaras cuando salga del limite de las 2 millas, donde va, porque los puerto, marinas, o abrigos, no están pegados unos con otros, hay sitios en que ni con PNB se puede navegar porque hay más de 5 millas lo de las 4 millas o menos, eso no esta escrito en ninguna parte, de hecho en la zona 5, que el limite son 5 millas de un puerto, marina o lugar de abrigo, No se puede costear paralelo a la costa, porque hay unos tramos que entre puertos, marinas, o abrigos, hay muchas, millas, pero claro tu mismo confesastes en otro hilo que tu vas sin titulo, y si la embarcacion, que llevas lo permite, me parece muy bien |
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#5
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Si hay un puerto, marina o abrigo a 4 millas de tu puerto base, cuando empiezas a estar a más de 2 millas de tu puerto, ya estás a menos del siguiente.
Por ejemplo, puedes hacer cabotaje desde Blanes a Sa Riera (en el extremo sur de la playa de Pals) sin problema. Pero a lo mejor la travesía se acaba allí, ya que de Sa Riera a l'Estartit hay más de 4 millas y es dudoso que la playa de Pals sea un abrigo. Hacia el sur de Blanes también es complicao, ya que el Maresme tiene pocas playas que se puedan considerar abrigos. Y sí, voy sin título. Y mi embarcación me lo permite. Y hago cabotaje legal, te lo aseguro. ![]() |
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#6
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Cita:
si trazamos una recta y partimos del centro de la misma, cuanto más te alejes de una punta más cerca estaras de la otra,( clase de parvulitos ) pero en este caso, hay que ponerle, numeros, si te sales del limite de las 2 millas, y avanzas 1 milla, más, ya estás a 3 millas de tu puerto base, y como el otro puerto -segun tu está a 4 millas, pues resulta que te encuentras a 3 millas del otro puerto y a 3 millas, de tu puerto base, Por lo que estás "Ilegal" lo mires por donde lo mires para estár legal tendrian que estár los puerto a 2 millas unos de otros, y asi cuando estuvieras a 2'5 millas de u puerto base, estarias legal, porque estarias a 1'5 millas del otro, siempre respetando el limite de las 2 millas,¿ de acuerdo ? si tu no lo haces, asi no vas costeando legal, y como tu dices todos los sitios que parecen, no son abrigos, abrigos son los que se pueden desembarcar a tierra a las personas, y sean accesibles, y me parece bien que animes a este cofrade, pero adviertele que se olvide de la noche, y asi le ayudaras a que tome una decision más acertada saludos |
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#7
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Cita:
Editado por plinio viejo en 29-08-2015 a las 19:27. Razón: mensaje repetido |
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#8
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![]() From my radio morse
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“There is never a 'right' time to sail across the Atlantic alone. There is only 'now' or 'never'.” .... el infierno puede ser divertido.... .... si estás con la diablesa correcta .... NO ESTES TRISTE. TEN GANAS¡¡¡ ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Antonio_Mataelpino | ||
biker62 (29-08-2015) | ||
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