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  #1  
Antiguo 11-02-2008, 16:22
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Predeterminado Nuevo «Decreto Ley»

Va a entrar en vigor dentro de tres meses y afecta, creo, y mucho, a todo aquel o aquella entidad que quiera organizar desde una regata hasta las procesiones de la Virgen del Carmen.

Como es largo, sólo os copio el inicio y os conmino cortesmente a buscar el texto y leerlo con calma.

2112 REAL DECRETO 62/2008, de 25 de enero, por el
que se aprueba el Reglamento de las condiciones
de seguridad marítima, de la navegación y
de la vida humana en la mar aplicables a las
concentraciones náuticas de carácter conmemorativo
y pruebas náutico-deportivas.

Tradicionalmente, en la mayoría de los puertos y
zonas costeras, con ocasión de las fiestas patronales o de
eventos de otra índole, se vienen celebrando actos marítimos
colectivos o concentraciones náuticas de carácter
conmemorativo, cultural o de otro tipo, que implican la
navegación en grupo de embarcaciones, generalmente
inscritas en las listas tercera, cuarta, quinta, sexta y séptima.

Las características específicas de dichos actos traen
consigo que viajen a bordo de cada embarcación gran
número de personas ajenas a su tripulación. Ello, unido a
la lógica proximidad en que se desarrolla la navegación
en este tipo de actos, exige la adopción de medidas especiales
para salvaguardar la seguridad marítima, de la
navegación y de la vida humana en la mar.

Por otra parte, la creciente realización en nuestras aguas
marítimas de eventos náuticos deportivos, ya sea con embarcaciones
a vela o a motor, motos náuticas u otros artefactos o
vehículos náuticos, que tienen lugar en espacios determinados
por las características de las aguas marítimas del litoral o
que tienen su origen o destino en algunos de nuestros puertos,
con el consiguiente peligro que ello representa para la
navegación marítima y la seguridad de la vida humana en la
mar, aconsejan que deba regularse dicha actividad para
alcanzar los objetivos de seguridad ya expuestos.

Editado por Jack Aubrey en 11-02-2008 a las 16:25.
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  #2  
Antiguo 11-02-2008, 17:30
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

apañaos estamos, ya ni sacar a los santos en procesion este pais va cada dia peor
__________________
El fiero turco en Lepanto, en la Tercera el Frances, y en toda mar el Ingles. tuvieron de verme espanto. Rey servido y patria honrada diran mejor quien he sido, por la cruz de mi apellido y con la cruz de mi espada.
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  #3  
Antiguo 11-02-2008, 17:58
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

Es que cuando hay procesiones náuticas,suele verse en barcos de 8 metros hasta 14 personas y la guardia civil mira para otro lado,por tratarse de dias señalados.Pero claro,el peligro de tener algún problema es el mismo que cualquier otro día no tan señalado,incluso peor porque puede haber riesgo de abordajes por la proximidad de los barcos entre sí.A esto súmale que se encienden bengalas y cohetes caducados para deshacerse de ellos por no saber otra fórmula(yo tampoco se que hacer con la artillería).
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  #4  
Antiguo 11-02-2008, 18:34
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

A los fines de la aplicación de este reglamento se
entenderá por:
a) «Concentraciones náuticas de carácter conmemorativo
»: los actos colectivos marítimos celebrados con
motivo de una efeméride o aquellos de carácter cultural,
lúdico o de otro tipo, que se caracterizan por la navegación
en grupo de embarcaciones normalmente inscritas
en las listas tercera, cuarta, quinta, sexta y séptima, así
como extranjeras, en las aguas marítimas de responsabilidad
de una capitanía marítima.


Pues se puede desprender de su lectura , que las KDD entan sometidas a la Ley

No va a quedar por legislar ni el momento más intimo de una navegación

Salud cofrades
__________________
Buena mar y vientos moderados.

"El ocio es un estado natural y bendito, el trabajo una necesidad antinatural" (Dicho tailandés)
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  #5  
Antiguo 11-02-2008, 18:56
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

Y como en una "tomatina" te puedes tragar un tomate alevosamente lanzado al aire y asfixiarte, se haran tomatinas sin tomate.
Por san Pizopato de los pies planos !!.., si en eso dias señalados hay tal consenso entre los integrantes de esos nucleos sociales, tanta vigilancia atenta, desinteresada y por expertos del medio, prq ademas entre el publico van sus familiares, que es justo cuando menos peligro hay de todo el año... Yo lo he vivido en las fiestas de Torre del Mar, en la vuelta a vela de Arosa etc., y solo ha faltado que los lugareños me bajaran en brazos de algun barco al que me habian subido tras insistirme que asi veria mejor lo que se cocia...

me cabreo...

(no quiero ni pensar que querran hacer en Sanfermines...¿?¿?¿)


Editado por malamar en 11-02-2008 a las 19:00.
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  #6  
Antiguo 28-02-2008, 10:31
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

Cita:
Originalmente publicado por malamar Ver mensaje
Por san Pizopato de los pies planos !!.., si en eso dias señalados hay tal consenso entre los integrantes de esos nucleos sociales, tanta vigilancia atenta, desinteresada y por expertos del medio, prq ademas entre el publico van sus familiares, que es justo cuando menos peligro hay de todo el año... me cabreo...

(no quiero ni pensar que querran hacer en Sanfermines...¿?¿?¿)

A mi me gustaría saber cuantos accidentes - incidentes han ocurrido en un evento de estas características. Yo apostaría por ninguno.
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  #7  
Antiguo 11-02-2008, 18:46
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

Cita:
Originalmente publicado por amurado Ver mensaje
Es que cuando hay procesiones náuticas,suele verse en barcos de 8 metros hasta 14 personas y la guardia civil mira para otro lado,por tratarse de dias señalados.Pero claro,el peligro de tener algún problema es el mismo que cualquier otro día no tan señalado,incluso peor porque puede haber riesgo de abordajes por la proximidad de los barcos entre sí.A esto súmale que se encienden bengalas y cohetes caducados para deshacerse de ellos por no saber otra fórmula(yo tampoco se que hacer con la artillería).

Veremos ahora qué patrón de pesquero, por decir algo, se arriesga a embarcar a alguien que no sea de su estricta tripulación. Me temo que si esto se aplica sin excepciones, muchos van a ver a los santos desde el muelle o por televisión. Y los que se embarquen, van a ir con los chalecos salvavidas puestos.

Supongo que al final, tanta "vista gorda" en temas de seguridad en actos asi, y algún que otro accidente, han terminado por pasar factura.
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  #8  
Antiguo 11-02-2008, 18:52
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

Además se crea una nueva figura, que en el caso de los clubs náuticos puede ser el comité de regatas, pero que es necesario tener para quien organice una concentración de embarcaciones.

e) «Coordinador de seguridad»: persona designada
por la entidad organizadora para ejercer la dirección
interna del desarrollo de la concentración náutica conmemorativa
o la prueba náutico-deportiva de carácter colectivo,
así como para velar por el cumplimiento de las normas
de seguridad y las instrucciones generales o
puntuales que, en su caso, imparta la capitanía marítima.
En las pruebas náutico-deportivas tendrá la consideración
de coordinador de seguridad el comité de regatas, cuando
así se regule en la legislación sectorial que sea de aplicación
a estas pruebas.
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  #9  
Antiguo 11-02-2008, 18:59
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

Señores, no hagan Udes. broma, pues de un plumazo se acaban de cargar la mayoría de regatas (de otros eventos náuticos, pocos se hacen), por lo menos las regatas de recorrido.

Hace un par de años que disponía del borrador de la dichosa orden. Con posterioridad se me aseguró "por fuentes generalmente bien informadas", que la cosa no iría adelante por inviable, pero ahora veo que se ha aprobado, y además, en algunos casos poniendo la cosa aún más dificil.

Porque el R.D. tiene algunas perlas que el que se haya acercado aunque sea ligeramente a lo que es la náutica deportiva en España y otros países, ha de quedar consternado.

Efectivamente, el R.D. de los co**nes, tiene perlas tan "sabrosas" como esa:

Cita:
7. Respecto de las regatas de navegantes solitarios
que se celebren en aguas españolas, solamente podrán
autorizarse las que se realicen bajo la modalidad de circuito.
Sin comentarios!.

Pero lo bueno del texto es que obliga a cualquier organizador de une regata a un maravilloso mundo burocrático, el cual, a menos de que se trate de una CA o un trofeo de alto nivel con un alto presupuesto, le va a ser dificil de seguir.

Porque está claro, que en la piel de toro, se sigue pensando que eso de las regatas son cosas que se montan entre ricachones y nobles para pasar el rato.

Concretemos, lo que para mi es vital es lo de las embarcaciones de apoyo con las que se tiene contar. Oido al dato, lo que se tiene que cumplir (extraigo los párrafos que convienen:

Cita:
4. Asegurar la existencia de medios de ayuda y rescate
que acompañen a las embarcaciones participantes
en la concentración, en número suficiente para hacer
frente a cualquier emergencia previsible durante su celebración,
el cual en ningún caso será inferior a una embarcación
de rescate por cada veinte embarcaciones participantes,
todo ello sin perjuicio de la presencia o no de
servicios públicos de salvamento marítimo.
...
h) La relación de los medios navales de salvamento,
que deberán ser adecuados al número de embarcaciones
participantes. Dichos medios deberán garantizar por sí
mismos la cobertura total de la prueba náutico-deportiva.
Los organizadores no deberán incluir entre los mismos
los medios públicos de salvamento marítimo, sin perjuicio
de que puedan solicitar su ayuda en caso de emergencia.
Tomen nota de lo de una de cada 20... Si se hacen cuenta de las necesarias para ciertas regatas (Sal Ophiusa, etc), el consejo es que señores, háganlas Udes. este año, pues ya no se van a repetir.

Además, cada una de esas embarcaciones, tiene que cumplir una serie de requisitos, digámosles para ser suaves, "difíciles".

El jo**do Real Decreto es todo él un conjunto de disposiciones de muy dificil cumplimiento. Para comentarlas, habría que poner párrafo a párrafo, pues pocos se escapan del escarnio.

Lo realmente curioso es que sea un "Real" Decreto, es decir, la persona que lo firma, es alguien que hace (ocasionales) regatas y, que por tanto, debería saber las limitaciones que hay.

Claro que si uno piensa que todas las regatas que se hacen son las del tipo TP52, la Copa del Rey, la CA y, los clubes que lo organizan, siempre son "Reales" Clubes Náuticos con presupuestos millonarios, es probable que sea fácil suponer que las disposicones de marras sean de muy fácil cumplimiento.

Corto porque me siento muy "recalentado"...

...o no, probablemente me están liberando de meterme estúpidamente en zarandajas. Si no se puede, no se hace y ya está: iremos a pasear por el parque.
__________________
Buena proa!
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  #10  
Antiguo 11-02-2008, 19:23
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

Pues yo creo que los santos deberían sacarse por lo menos el PER

__________________
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  #11  
Antiguo 11-02-2008, 19:30
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

A mi forma de ver lo único que hace este real decreto, es poner por ley en algo que las capitanias marítimas ya venían haciendo, porque estaban legitimadas para ello.
Ignoro como se organiza una regata desde cualquier otro club. Aquí en Ferrol la Capitanía ya nos obligaba a cumplir una serie de requisitos, para cualquier “pachanga”. No sé si todos los clubes solicitan permiso a su Autoridad Portuaria y Capitanía Marítima, pero a nosotros ya nos piden desde hace tiempo todo lo que refleja el R. Decreto.

No problem.


__________________
Santo Cristo de Fisterra,
Santo da barba dourada,
danos o vento de popa
pra pasal-a Touriñana!


http://www.youtube.com/nordesio
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  #12  
Antiguo 11-02-2008, 19:38
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

Pero bueno, que me pregunto yo: ¿Donde estan toda esa gente que clamaba una y cien veces el PROHIBIDO PROHIBIR???????
Adios , esta vez sin birras ni nada de nada.
.......Con cabreo gordo..
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  #13  
Antiguo 11-02-2008, 19:52
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

txo, txo, habla de artefactos.............................
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venga itxoso´ra ¡

terrestres kanpora ¡
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  #14  
Antiguo 11-02-2008, 20:05
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

En fin Cofrades, sin entrar en el fondo del asunto ya que carezco de criterio, si que cada día estoy más cansado del intervencionismo político a todos los niveles. No podran dejar que la sociedad civil se autorregule....Perdón que me estoy desviando del tema, especialmente en nuestro querido país que en lineas generales nos gusta tener todo bien controlado por alguno de los organismos públicos, gobiernos, que se han multiplicado exponencialmente . Saludos. Coronadobx
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  #15  
Antiguo 11-02-2008, 20:36
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

Me temo que nuestros legisladores son Groupies de Kafka.

Esto acabará con la vela de base. A veces reclamamos apoyos a este deporte para que vayan saliendo regatistas de nivel en todos los ámbitos. Pero todos empiezan igual, regateando en pruebas de poco nivel y casi ninguna organización. Parece que van a desaparecer de un plumazo.

Sinceamente, estas cosas me hacen maldecir mi gusto para elegir afición.
¿Quién me manda a mi liarme con los barcos?

Como decía Fernando Fernán Gómez: A LA MIERDA!!

Se aceptan propuestas para cambio de afición radical. Se valorará simplicidad, falta de legislación y contacto con la naturaleza.
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  #16  
Antiguo 11-02-2008, 21:10
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

Salut,

Pues yo he visto otros borradores que se van a implantar en pocos años.

Para regatas de altura de solitarios esta previsto que haya un mínimo de cuatro tripulantes, el navegante solitario que lleva el barco más un controler que no hace nada pero aporta seguridad al navegante, mas un equipo de reserva de otro navegante mas otro controler, ya que ningún navegante podrá permanecer mas de tres horas a la caña ni emplear su tiempo de descanso como controler.

Para regatas de mas de 100 millas, para asegurar un mínimo de seis horas seguidas de descanso cada 24 horas, deberá incorporarse un tercer equipo de navegante mas controler, pasando a ser necesarios 6 tripulantes, muy solitarios todos, eso si.

Aunque, repito es solo un borrador.

Algo haran, seguro, y no solo en regatas, no es normal que se permita a un tipo navegar mil millas solo en un barco, con el peligro que conlleva y eso va en sério aunque me duela.

Se volverá a permitir cuando la tecnologia aporte soluciones para que el barco navegue con seguridad sin intervención humana, permitiendo entonces embarcar a un solo tripulante a condición de que no toque nada.

Si quereis os paso el borrador que nos obligaria a rizar a partir de 8 nudos de aparente, 6 nudos en barcos de menos de 60 pies , para nuestra seguridad por supuesto.


Mundo Redondo ("redondo" segun ley XVIII publicada en BOE 34.567)
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  #17  
Antiguo 11-02-2008, 23:08
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

Cita:
Originalmente publicado por Mundo Redondo Ver mensaje
Se volverá a permitir cuando la tecnologia aporte soluciones para que el barco navegue con seguridad sin intervención humana, permitiendo entonces embarcar a un solo tripulante a condición de que no toque nada.
La versión 2.1 del borrador dice más o menos lo mismo, pero especifica que la tripulación mínima obligatoria será, un tripulante humano (leasé hombre o mujer) y un perro de raza agresiva, con diferentes misiones durante la navegación, a saber, la misión del humano es darle de comer y beber al perro, la misión del perro es morder (en casos extremos incluso a amputar miembros)al tripulante como se le ocurra tocar algo de la instrumentación a bordo.




__________________
No se trata de ver algo que nadie haya visto jamás, se trata de ver algo nuevo y diferente en lo que todo el mundo ve.
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  #18  
Antiguo 11-02-2008, 21:12
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

Me quedo acojonado con la noticia, no creo que una organización pueda hacer frente a requisitos de esta indole, cierto es que habeces se ven desfases en procesiones nauticas y otros festejos, pero con caracter excepcional por un día, sin enbargo para regatas, pienso que ya sería suficiente con las medidas de seguridad establecidas para cada categoría de regata. No se, quien gana con estas medidas, por que se supone que si se adoptan es para un beneficio.
__________________
Buen día
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  #19  
Antiguo 11-02-2008, 22:42
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»



vaya MIERDA.
SI necesitamos de tanto angel de la guarda ¿ para que c**o tanto PER seguro de RC y tanto chaleco y tanta leche?

A partir de ahora las regatas se llamaran KDDs porque a ver quien es el guapo que hace de comite o coordinador de seguridad.
Esta visto que cuando nos juntemos dos barcos en el agua que cada uno vaya por su lado.
vaya MIERDA
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  #20  
Antiguo 12-02-2008, 07:15
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

Cita:
Originalmente publicado por Atnem Ver mensaje
Efectivamente, el R.D. de los co**nes, tiene perlas tan "sabrosas" como esa:

Cita:
7. Respecto de las regatas de navegantes solitarios
que se celebren en aguas españolas, solamente podrán
autorizarse las que se realicen bajo la modalidad de circuito.
Sin comentarios!.


Parece obvio, pero como no me lo acabo de creer pregunto:

¿Significa esto que a partir del 7 de mayo (fecha de entrada en vigor del RD) las regatas en solitario que todos conocemos (vease: Mare Nostrum, Joan Guiu, etc.) pasan a ser una actividad ilegal y clandestina?

¿Y que queda prohibido el grupo de solitarios de todas las demas regatas de altura (Sal, Ophiusa, Petrolera, Cohimar, Andraitx, Vent de Dalt, etc.)?

¿Como es posible que se haya tramitado este RD sin que los afectados (federaciones, Asoc. Navegantes Solitarios, clubs, etc.) hayan alertado ni planteado oposicion?
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  #21  
Antiguo 12-02-2008, 10:16
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Cita:
Originalmente publicado por Capita Drake Ver mensaje
Parece obvio, pero como no me lo acabo de creer pregunto:

¿Significa esto que a partir del 7 de mayo (fecha de entrada en vigor del RD) las regatas en solitario que todos conocemos (vease: Mare Nostrum, Joan Guiu, etc.) pasan a ser una actividad ilegal y clandestina?

¿Y que queda prohibido el grupo de solitarios de todas las demas regatas de altura (Sal, Ophiusa, Petrolera, Cohimar, Andraitx, Vent de Dalt, etc.)?

¿Como es posible que se haya tramitado este RD sin que los afectados (federaciones, Asoc. Navegantes Solitarios, clubs, etc.) hayan alertado ni planteado oposicion?

No soy abogado, pero como tal Real Decreto que es, parte directamente desde el Ministerio y se aprueba en Consejo de Ministros. Asi que no hay trámite parlamentario. Y ello implica, supongo, que no haya período de "exposición pública".

Ademas, esto es un reglamento con el que se desarrollan leyes ya aprobadas. Por tanto, implícitamente, algo de esto ya habia en dichas leyes.

Lo han dicho en muchas ocasiones. La Direccion General de la Marina Mercante no quiere mas muertes ni accidentes en la mar. Ahora le ha tocado el turno a la navegación deportiva, a las concentraciones de embarcaciones tradicionales, a las procesiones marineras...

Otra cosa es que la aplicacion del reglamento aprobado sea imposible o se pidan cosas que estan fuera del alcance de la mayoría de entidades que organizan dichas pruebas o actos culturales.

Seguramente un poco mas de consenso y un poco menos de decreto no hubieran ido nada mal para nadie.
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  #22  
Antiguo 12-02-2008, 10:31
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

Cita:
Originalmente publicado por Capita Drake Ver mensaje
Parece obvio, pero como no me lo acabo de creer pregunto:

¿Significa esto que a partir del 7 de mayo (fecha de entrada en vigor del RD) las regatas en solitario que todos conocemos (vease: Mare Nostrum, Joan Guiu, etc.) pasan a ser una actividad ilegal y clandestina?

¿Y que queda prohibido el grupo de solitarios de todas las demas regatas de altura (Sal, Ophiusa, Petrolera, Cohimar, Andraitx, Vent de Dalt, etc.)?

¿Como es posible que se haya tramitado este RD sin que los afectados (federaciones, Asoc. Navegantes Solitarios, clubs, etc.) hayan alertado ni planteado oposicion?
El apartado 7 es del artículo 15:

Artículo 15. Disposiciones especiales para las pruebas deportivas de circuito.
Las normas que establece este reglamento serán de aplicación a las pruebas de remo, las pruebas deportivas náuticas de carácter infantil, clase optimist, vela iniciación, cadete, vela ligera, pruebas de motonáutica con embarcaciones de fórmula, pruebas náutico-deportivas de personas discapacitadas, concentraciones de nadadores, competiciones subacuática en circuito u otras similares, así como en los casos en que, excepcionalmente, las pruebas se celebren en las zonas I y II de los puertos, con sujeción a las siguientes condiciones:


Por tanto, no se puede aplicar a crucero de altura que se regula en el artículo 16:

Artículo 16. Disposiciones especiales para las regatas de altura o de largo recorrido.
Si el itinerario de la regata afecta sólo a las aguas marítimas de responsabilidad de una misma capitanía marítima, se aplicarán los criterios de seguridad marítima, de la navegación y de la vida humana en la mar que establezca el capitán marítimo correspondiente de acuerdo con lo previsto en este reglamento y con sujeción a lo previsto por el ordenamiento marítimo vigente que resulte de aplicación.
Si el itinerario de la regata afecta a las aguas de más de una capitanía marítima, y transcurre únicamente entre puertos españoles, el capitán marítimo competente por razón del puerto de origen establecerá los criterios de seguridad aplicables a la regata, en coordinación con los demás capitanes marítimos afectados por la derrota de aquella, sin perjuicio de las funciones que éstos deban realizar en sus ámbitos geográficos de competencia.
Para ello, entre las instrucciones dadas al comité de regatas deberá figurar la obligación de establecer contacto con las sucesivas capitanías marítimas afectadas, con antelación suficiente al momento en el que la regata alcance las aguas objeto de sus competencias, y los procedimientos y canales de comunicación.

Unas ronditas para celebrarlo
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  #23  
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El apartado 7 es del artículo 15:

Artículo 15. Disposiciones especiales para las pruebas deportivas de circuito.
Las normas que establece este reglamento serán de aplicación a las pruebas de remo, las pruebas deportivas náuticas de carácter infantil, clase optimist, vela iniciación, cadete, vela ligera, pruebas de motonáutica con embarcaciones de fórmula, pruebas náutico-deportivas de personas discapacitadas, concentraciones de nadadores, competiciones subacuática en circuito u otras similares, así como en los casos en que, excepcionalmente, las pruebas se celebren en las zonas I y II de los puertos, con sujeción a las siguientes condiciones:


Por tanto, no se puede aplicar a crucero de altura que se regula en el artículo 16:

Artículo 16. Disposiciones especiales para las regatas de altura o de largo recorrido.
Si el itinerario de la regata afecta sólo a las aguas marítimas de responsabilidad de una misma capitanía marítima, se aplicarán los criterios de seguridad marítima, de la navegación y de la vida humana en la mar que establezca el capitán marítimo correspondiente de acuerdo con lo previsto en este reglamento y con sujeción a lo previsto por el ordenamiento marítimo vigente que resulte de aplicación.
Si el itinerario de la regata afecta a las aguas de más de una capitanía marítima, y transcurre únicamente entre puertos españoles, el capitán marítimo competente por razón del puerto de origen establecerá los criterios de seguridad aplicables a la regata, en coordinación con los demás capitanes marítimos afectados por la derrota de aquella, sin perjuicio de las funciones que éstos deban realizar en sus ámbitos geográficos de competencia.
Para ello, entre las instrucciones dadas al comité de regatas deberá figurar la obligación de establecer contacto con las sucesivas capitanías marítimas afectadas, con antelación suficiente al momento en el que la regata alcance las aguas objeto de sus competencias, y los procedimientos y canales de comunicación.

Unas ronditas para celebrarlo
Gracias por la aclaracion, Krusky. Menos mal: ya me veia en la clandestinidad antes de hora...
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  #24  
Antiguo 12-02-2008, 11:01
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Yo lo tengo claro.

Ya estamos tardando en organizarnos en una sociación que defienda nuestros intereses.

A poco ruido que se meta y los políticos vean peligrar algún voto ya veríamos como se echan atrás.

Ahora tienen manga ancha. Pueden hacer lo que quieran. Nos imponen las leyes y reglamentos mas absurdos del mundo, que solo nos obligan a cumplir a nosotros, y solo protestamos en los foros. Luego, en el pantalán, todos como borregos (con perdón) a poner nuestros tankk, a comprar radios homologadas a millón, y a tragar y tragar.
Somos muchos, pero no pintamos nada.

Se ha comentado mil veces, pero nadie nos arrancamos, yo el primero.

Ni la federación, ni la RANC, ni nadie se preocupan de los navegantes. Si nosotros mismos pasamos del tema, qué podemos esperar!

Si tuviera algo mas de tiempo yo mismo me arrancaría, aunque lo desconozco todo de la administración y temas legales.
No se anima alguien?
Seguro que con una pequeña cuota da al menos da para un sueldo decente!
Y a poco que se consiga saldrá mas barato que la próxima revisión obligatoria de los bulones de los grilletes con rayos X, o la obligatoriedad de obtener un certificado de Salvamento maritimo de que el mar estará plano, o el doble casco para evitar vertidos.


Edu
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  #25  
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Cita:
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Yo lo tengo claro.

Ya estamos tardando en organizarnos en una sociación que defienda nuestros intereses.

A poco ruido que se meta y los políticos vean peligrar algún voto ya veríamos como se echan atrás.

Totalmente de acuerdo. Lo del asociacionismo tiene su explicación (ver interesantísino artículo adjunto) y eso se ve en los ultimos "movimientos" de diferentes grupos de presión que han conseguido cosas que a muchos nos parecen de poca importancia pero a ellos les reporta grandes beneficios y satisfacciones.

El problema es que somos incapaces de organizar un verdadero Lobby de cruceristas fuera del saca cuartos de la RANC:

http://www.libertaddigital.com/index...cpn=1276321675
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