La Taberna del Puerto Sergio Ponce
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  #26  
Antiguo 12-02-2008, 07:15
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

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Originalmente publicado por Atnem Ver mensaje
Efectivamente, el R.D. de los co**nes, tiene perlas tan "sabrosas" como esa:

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7. Respecto de las regatas de navegantes solitarios
que se celebren en aguas españolas, solamente podrán
autorizarse las que se realicen bajo la modalidad de circuito.
Sin comentarios!.


Parece obvio, pero como no me lo acabo de creer pregunto:

¿Significa esto que a partir del 7 de mayo (fecha de entrada en vigor del RD) las regatas en solitario que todos conocemos (vease: Mare Nostrum, Joan Guiu, etc.) pasan a ser una actividad ilegal y clandestina?

¿Y que queda prohibido el grupo de solitarios de todas las demas regatas de altura (Sal, Ophiusa, Petrolera, Cohimar, Andraitx, Vent de Dalt, etc.)?

¿Como es posible que se haya tramitado este RD sin que los afectados (federaciones, Asoc. Navegantes Solitarios, clubs, etc.) hayan alertado ni planteado oposicion?
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  #27  
Antiguo 12-02-2008, 10:16
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

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Originalmente publicado por Capita Drake Ver mensaje
Parece obvio, pero como no me lo acabo de creer pregunto:

¿Significa esto que a partir del 7 de mayo (fecha de entrada en vigor del RD) las regatas en solitario que todos conocemos (vease: Mare Nostrum, Joan Guiu, etc.) pasan a ser una actividad ilegal y clandestina?

¿Y que queda prohibido el grupo de solitarios de todas las demas regatas de altura (Sal, Ophiusa, Petrolera, Cohimar, Andraitx, Vent de Dalt, etc.)?

¿Como es posible que se haya tramitado este RD sin que los afectados (federaciones, Asoc. Navegantes Solitarios, clubs, etc.) hayan alertado ni planteado oposicion?

No soy abogado, pero como tal Real Decreto que es, parte directamente desde el Ministerio y se aprueba en Consejo de Ministros. Asi que no hay trámite parlamentario. Y ello implica, supongo, que no haya período de "exposición pública".

Ademas, esto es un reglamento con el que se desarrollan leyes ya aprobadas. Por tanto, implícitamente, algo de esto ya habia en dichas leyes.

Lo han dicho en muchas ocasiones. La Direccion General de la Marina Mercante no quiere mas muertes ni accidentes en la mar. Ahora le ha tocado el turno a la navegación deportiva, a las concentraciones de embarcaciones tradicionales, a las procesiones marineras...

Otra cosa es que la aplicacion del reglamento aprobado sea imposible o se pidan cosas que estan fuera del alcance de la mayoría de entidades que organizan dichas pruebas o actos culturales.

Seguramente un poco mas de consenso y un poco menos de decreto no hubieran ido nada mal para nadie.
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  #28  
Antiguo 12-02-2008, 10:31
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

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Originalmente publicado por Capita Drake Ver mensaje
Parece obvio, pero como no me lo acabo de creer pregunto:

¿Significa esto que a partir del 7 de mayo (fecha de entrada en vigor del RD) las regatas en solitario que todos conocemos (vease: Mare Nostrum, Joan Guiu, etc.) pasan a ser una actividad ilegal y clandestina?

¿Y que queda prohibido el grupo de solitarios de todas las demas regatas de altura (Sal, Ophiusa, Petrolera, Cohimar, Andraitx, Vent de Dalt, etc.)?

¿Como es posible que se haya tramitado este RD sin que los afectados (federaciones, Asoc. Navegantes Solitarios, clubs, etc.) hayan alertado ni planteado oposicion?
El apartado 7 es del artículo 15:

Artículo 15. Disposiciones especiales para las pruebas deportivas de circuito.
Las normas que establece este reglamento serán de aplicación a las pruebas de remo, las pruebas deportivas náuticas de carácter infantil, clase optimist, vela iniciación, cadete, vela ligera, pruebas de motonáutica con embarcaciones de fórmula, pruebas náutico-deportivas de personas discapacitadas, concentraciones de nadadores, competiciones subacuática en circuito u otras similares, así como en los casos en que, excepcionalmente, las pruebas se celebren en las zonas I y II de los puertos, con sujeción a las siguientes condiciones:


Por tanto, no se puede aplicar a crucero de altura que se regula en el artículo 16:

Artículo 16. Disposiciones especiales para las regatas de altura o de largo recorrido.
Si el itinerario de la regata afecta sólo a las aguas marítimas de responsabilidad de una misma capitanía marítima, se aplicarán los criterios de seguridad marítima, de la navegación y de la vida humana en la mar que establezca el capitán marítimo correspondiente de acuerdo con lo previsto en este reglamento y con sujeción a lo previsto por el ordenamiento marítimo vigente que resulte de aplicación.
Si el itinerario de la regata afecta a las aguas de más de una capitanía marítima, y transcurre únicamente entre puertos españoles, el capitán marítimo competente por razón del puerto de origen establecerá los criterios de seguridad aplicables a la regata, en coordinación con los demás capitanes marítimos afectados por la derrota de aquella, sin perjuicio de las funciones que éstos deban realizar en sus ámbitos geográficos de competencia.
Para ello, entre las instrucciones dadas al comité de regatas deberá figurar la obligación de establecer contacto con las sucesivas capitanías marítimas afectadas, con antelación suficiente al momento en el que la regata alcance las aguas objeto de sus competencias, y los procedimientos y canales de comunicación.

Unas ronditas para celebrarlo
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  #29  
Antiguo 12-02-2008, 10:45
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

Cita:
Originalmente publicado por krusky Ver mensaje
El apartado 7 es del artículo 15:

Artículo 15. Disposiciones especiales para las pruebas deportivas de circuito.
Las normas que establece este reglamento serán de aplicación a las pruebas de remo, las pruebas deportivas náuticas de carácter infantil, clase optimist, vela iniciación, cadete, vela ligera, pruebas de motonáutica con embarcaciones de fórmula, pruebas náutico-deportivas de personas discapacitadas, concentraciones de nadadores, competiciones subacuática en circuito u otras similares, así como en los casos en que, excepcionalmente, las pruebas se celebren en las zonas I y II de los puertos, con sujeción a las siguientes condiciones:


Por tanto, no se puede aplicar a crucero de altura que se regula en el artículo 16:

Artículo 16. Disposiciones especiales para las regatas de altura o de largo recorrido.
Si el itinerario de la regata afecta sólo a las aguas marítimas de responsabilidad de una misma capitanía marítima, se aplicarán los criterios de seguridad marítima, de la navegación y de la vida humana en la mar que establezca el capitán marítimo correspondiente de acuerdo con lo previsto en este reglamento y con sujeción a lo previsto por el ordenamiento marítimo vigente que resulte de aplicación.
Si el itinerario de la regata afecta a las aguas de más de una capitanía marítima, y transcurre únicamente entre puertos españoles, el capitán marítimo competente por razón del puerto de origen establecerá los criterios de seguridad aplicables a la regata, en coordinación con los demás capitanes marítimos afectados por la derrota de aquella, sin perjuicio de las funciones que éstos deban realizar en sus ámbitos geográficos de competencia.
Para ello, entre las instrucciones dadas al comité de regatas deberá figurar la obligación de establecer contacto con las sucesivas capitanías marítimas afectadas, con antelación suficiente al momento en el que la regata alcance las aguas objeto de sus competencias, y los procedimientos y canales de comunicación.

Unas ronditas para celebrarlo
Gracias por la aclaracion, Krusky. Menos mal: ya me veia en la clandestinidad antes de hora...
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  #30  
Antiguo 12-02-2008, 11:01
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

Yo lo tengo claro.

Ya estamos tardando en organizarnos en una sociación que defienda nuestros intereses.

A poco ruido que se meta y los políticos vean peligrar algún voto ya veríamos como se echan atrás.

Ahora tienen manga ancha. Pueden hacer lo que quieran. Nos imponen las leyes y reglamentos mas absurdos del mundo, que solo nos obligan a cumplir a nosotros, y solo protestamos en los foros. Luego, en el pantalán, todos como borregos (con perdón) a poner nuestros tankk, a comprar radios homologadas a millón, y a tragar y tragar.
Somos muchos, pero no pintamos nada.

Se ha comentado mil veces, pero nadie nos arrancamos, yo el primero.

Ni la federación, ni la RANC, ni nadie se preocupan de los navegantes. Si nosotros mismos pasamos del tema, qué podemos esperar!

Si tuviera algo mas de tiempo yo mismo me arrancaría, aunque lo desconozco todo de la administración y temas legales.
No se anima alguien?
Seguro que con una pequeña cuota da al menos da para un sueldo decente!
Y a poco que se consiga saldrá mas barato que la próxima revisión obligatoria de los bulones de los grilletes con rayos X, o la obligatoriedad de obtener un certificado de Salvamento maritimo de que el mar estará plano, o el doble casco para evitar vertidos.


Edu
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  #31  
Antiguo 12-02-2008, 11:52
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

Es pa ir a mear y no echar gota , al final hasta pa ir a ca**r necesitarás permiso de la autoridad competente y desde luego detector de gases, bengalas por si se atasca el tema, arnés de seguridad con luz y rabiza por si hay un apagón.........en fin ni calvo ni siete pelucas
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  #32  
Antiguo 12-02-2008, 12:02
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

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Originalmente publicado por Edu Ver mensaje
Yo lo tengo claro.

Ya estamos tardando en organizarnos en una sociación que defienda nuestros intereses.

A poco ruido que se meta y los políticos vean peligrar algún voto ya veríamos como se echan atrás.

Totalmente de acuerdo. Lo del asociacionismo tiene su explicación (ver interesantísino artículo adjunto) y eso se ve en los ultimos "movimientos" de diferentes grupos de presión que han conseguido cosas que a muchos nos parecen de poca importancia pero a ellos les reporta grandes beneficios y satisfacciones.

El problema es que somos incapaces de organizar un verdadero Lobby de cruceristas fuera del saca cuartos de la RANC:

http://www.libertaddigital.com/index...cpn=1276321675
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  #33  
Antiguo 12-02-2008, 12:18
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

Cita:
Originalmente publicado por krusky Ver mensaje
Totalmente de acuerdo. Lo del asociacionismo tiene su explicación (ver interesantísino artículo adjunto) y eso se ve en los ultimos "movimientos" de diferentes grupos de presión que han conseguido cosas que a muchos nos parecen de poca importancia pero a ellos les reporta grandes beneficios y satisfacciones.

El problema es que somos incapaces de organizar un verdadero Lobby de cruceristas fuera del saca cuartos de la RANC:

http://www.libertaddigital.com/index...cpn=1276321675

Aun estando de acuerdo con la necesidad de una asociación fuerte que defienda nuestro intereses. Creo que estos enlaces a panfletos de propaganda política a favor de una opción determinada, con un desprecio manifiesto a la objetividad de la información, y faltando sistematicamente a la verdad en numerosos casos, sobran en este foro naútico.





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No se trata de ver algo que nadie haya visto jamás, se trata de ver algo nuevo y diferente en lo que todo el mundo ve.
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  #34  
Antiguo 12-02-2008, 12:28
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

Proteccionismo, proteccionismo y más proteccionismo, llevo tiempo alzando la voz de que vivimos en un país gobernado por politicastros que nos tratan como a subnormales y perdón por la expresión, en todos los ámbitos de la vida cotidiana.
Está claro que están empeñados en cortar cualquier iniciativa que tenga el ciudadano y que no sea lo que ellos han dispuesto, para que todos estemos concentraditos donde nos puedan controlar con el ojo electrónico (campos de futbol, por ejemplo)
Y no sigo, por que me va a dar algo
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Las navegaciones del Bahia de las Islas en el canal Youtube bahialasislas1
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  #35  
Antiguo 12-02-2008, 12:36
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

Ya que estamos en el afán de que velen por nuestros peligros, pediría a la Administración que igual que es bueno llevar una embarcaciónpor cada 20 por si le pasa algo, en las concentraciones de gente (mítings políticos, partidos de fútbol, etc) debería de haber la obligación de amén de un responsable de seguridad y tal, una ambulancia para por lo menos cada 100 personas, por si pasa algo...

(me voy a comprar una flota de ambulancias por si cunde la idea)...
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  #36  
Antiguo 12-02-2008, 12:46
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

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Originalmente publicado por madrugon Ver mensaje
Aun estando de acuerdo con la necesidad de una asociación fuerte que defienda nuestro intereses. Creo que estos enlaces a panfletos de propaganda política a favor de una opción determinada, con un desprecio manifiesto a la objetividad de la información, y faltando sistematicamente a la verdad en numerosos casos, sobran en este foro naútico.
Independientemente de que pueda gustar o no el modelo elegido, está claro que esto va de asociacionismo. Pues, asociemosnos
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  #37  
Antiguo 12-02-2008, 14:00
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

Meca*****en

Me estoy metiendo en un emergente club náutico comO vocal de vela, y mi función en teoría será la de organizar eventos tipo regatas sociales de cruceros, vela ligera, piragua... incluso una pequeña escuela de vela.

Me pone de tan mal humor intentar promocionar las actividades marítimas, y encontrarme de cada dia más problemas y responsabilidades (como me meteré a comité???? )

¿Me podeis decir como puedo bajarme el dichoso decreto completo? He estado intentado buscar con el Google, pero no me sale el dichoso BOE concreto, sinó sólo la portada.

No hay cervezas!! A la MIER**!!
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  #38  
Antiguo 12-02-2008, 14:13
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

Cita:
Originalmente publicado por ferreret Ver mensaje
...Me estoy metiendo en un emergente club náutico comO vocal de vela, y mi función en teoría será la de organizar eventos tipo regatas sociales de cruceros, vela ligera, piragua... incluso una pequeña escuela de vela.
...
¿Me podeis decir como puedo bajarme el dichoso decreto completo? He estado intentado buscar con el Google, pero no me sale el dichoso BOE concreto, sinó sólo la portada.
...
A lo primero: date por jo**do!. Van a haber plazas vacantes en eso.

A lo segundo: pincha en http://www.boe.es/g/es/boe/dias/2008...ion1.php#00002 y luego en Ministerio de Fomento (pdf). Si no te sale, me envías un privado con un mail y te lo envío
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  #39  
Antiguo 12-02-2008, 14:30
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

Muchas gracias Atnem!! Ahora ya tengo una razón más para desanimarme...

Al final lo tengo muy claro: me las piraré hacia Mahón, i luego disimuladamente viro a estribor y después de 40 horas... Ahí quedan Corcega, Cerdeña, Isla de Sant Pietro, Elba, la Toscana, Islas Griegas... sin estados paternalistas, ni normas tan restrictivas, mucho menos cemento y parajes preciosos por descubrir. Y para normas, allí sólo quieren que tengas seguro, y los papeles que demuestren que el barco es tuyo.

Basta salir de las aguas jurisdiccionales españolas, con los medios de seguridad que sean pertinentes BAJO MI PUNTO DE VISTA, y punto.
chalecos, cohetes, radiobaliza, VHF y balsa no homologada francesa.

Ala! que les den
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  #40  
Antiguo 12-02-2008, 19:03
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

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Lo de los requisitos de avisar y tal está claro. Eso también se hace "por aquí" y también "no problem".

Pero lo de las embarcaciones de seguimiento, ¿ya lo hacíais?... Esputrefacto me quedo!

A lo mejor es que resido en una zona "ácrata"...
Todavía no tenemos la suerte de organizar para 40 embarcaciones, nos quedamos cuando más en 20.

Llebamos dos embarcaciones de apoyo, además solicitamos a protección civil, aunque no siempre.
Otra cosa que solemos hacer es pedir una ambulancia, que estará en el club mientras dura la regata.

Aparte todo el rollo de "coordinador de seguridad", llamadas a capitania y control de tráfico, antes y después de la regata.

Otra cosa que no hacemos, por que no oraganizamos regatas de altura, es revisar el tema de seguridad de los barcos. Pero eso se hace en un montón de regatas, al menos yo que no soy asiduo, en alguna lo vi hacer.

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Santo Cristo de Fisterra,
Santo da barba dourada,
danos o vento de popa
pra pasal-a Touriñana!


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  #41  
Antiguo 12-02-2008, 19:52
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Originalmente publicado por nordesio Ver mensaje
Todavía no tenemos la suerte de organizar para 40 embarcaciones, nos quedamos cuando más en 20.

Llebamos dos embarcaciones de apoyo, además solicitamos a protección civil, aunque no siempre.
Otra cosa que solemos hacer es pedir una ambulancia, que estará en el club mientras dura la regata.

Aparte todo el rollo de "coordinador de seguridad", llamadas a capitania y control de tráfico, antes y después de la regata.

Otra cosa que no hacemos, por que no oraganizamos regatas de altura, es revisar el tema de seguridad de los barcos. Pero eso se hace en un montón de regatas, al menos yo que no soy asiduo, en alguna lo vi hacer.

Me tienes absolutamente despistado...

No sé si nos estás levantando la camisa, o eres de un Club modélico (en el cual se habrán inspirado los legisladores) o es que los que nos cab**amos con el Real Decreto de marras es que somos unos chapuzas de cuidado.

Claro que eso último me parece que es más que extensible a muchos otros de dentro y fuera de la piel de toro...

Pero lo de tener 2 embarcaciones de apoyo para 20 barquitos y encima una ambulancia esperando en el Club, es de nota.

A menos que seais muy brutos y hayan accidentes en cada salida...

Sin acritud, eh?, pero...
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  #42  
Antiguo 12-02-2008, 20:52
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Me gustaria introducir dos cuestiones:

1. Me gustaria que los que llevais años en el mundillo de la nautica en general, y de las regatas en particular, hicierais memoria de los siniestros que recordais y si estos se produjeron:

a. En la entrada o salida de los puertos hacia el campo de regatas o durante una regata. (es decir, en momentos que segun el nuevo RD los barcos estarian protegidos por los medios de seguridad). O

b. Sin tener nada que ver con regatas, o yendo o volviendo del puerto base (es decir, en situaciones en que tampoco afectarian esas medidas de seguridad que requiere el RD).

Lo digo porque, a pesar de que soy relativamente nuevo y que no presto atencion a la prensa nautica, me da que en realidad los siniestros que se producen en los casos "a" son minimos o casi inexistentes. O sea, que el RD establece inconvenientes, costes, prohibiciones, control, etc. a cambio de solucionar un problema inexistente. Pero, insisto, como no lo se me gustaria la opinion de otros con experiencia de años en esto.

2. El otro tema que apunto es que me da la impresion (no confirmada) que la obligacion de pedir autorizacion al capitan maritimo es ilegal. Porque la organizacion de regatas es una actividad libre, que solo la puede prohibir ni someter a autorizacion previa una ley o una disposicion reglamentaria habilitada por una ley (incluso esto me parece que seria discutible). Y no me suena que la Ley de Puertos (ni ninguna otra norma) sujete la organizacion de actividades nautico-deportivas a autorizacion previa, ni que habilite a que una norma reglamentaria (como es un RD) la someta a autorizacion.

El articulo 57 de la ley de puertos establece que "Las actividades que se desarrollen en el espacio portuario que no requieran
obras o instalaciones de ningún tipo y la ocupación del dominio público
portuario con instalaciones desmontables o con bienes muebles, estarán sujetas a previa autorización de la Autoridad Portuaria." Pero ¿donde esta la norma de rango legal que someta a autorizacion la organizacion de regatas? Que yo sepa no existe. Al contrario, el articulo 88 de la misma Ley de Puertos establece las funciones del capitan maritimo, y no dice nada de autorizar las regatas.

Este RD responde a una administracion que se siente con derecho a prohibir actividades de los particulares por real decreto. Es una actitud y mentalidad propia de dictaduras fascistas y no de un estado democratico. Ojo: esto que digo no es una valoracion politica, sino tecnico-juridica: En un pais democratico hay ciudadanos, que son libres para realizar cualquier actividad salvo que una norma legal (emanada del parlamento, no del gobierno) establezca una limitacion por motivos justificados. En un estado fascista hay subditos, cuyos derechos y libertades los decide el gobierno por decreto y a los que, con caracter general, se les prohibe realizar determinadas actividades salvo que consigan las licencias, autorizaciones, etc. necesarias. La regulacion esapñola de la nautica (titulaciones, registros, abanderamientos, certificados, inspecciones, habilitaciones, etc.) esta claro a que mentalidad responde: los subditos tenemos prohibido navegar salvo que consigamos permiso. En cambio los italianos, alemanes, holandeses, belgas, ingleses, americanos, etc. si les da la gana se compran una bici y pedalean, y si les da la gana se compran un barco y navegan, y no necesitan "permiso de la autoridad". Este RD es un ejemplo mas de esta mentalidad fascistoide.

Desde luego, apetece largarse a un pais libre y democratico, en el que la democracia sea algo mas que una palabra que cacarean los politicos sin saber lo que significa.

CD (cabreado e indignado)

Editado por Capità Drake en 12-02-2008 a las 20:58.
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  #43  
Antiguo 12-02-2008, 21:12
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

Sin entrar en el debate doctrinal propio de la filosofía del Derecho que plantea el amigo Capitán Drake:

Parece evidente que los eventos náuticos donde se concentren una determinada cantidad de embarcaciones pueden provocar situaciones en los que la seguridad se vea comprometida.

La seguridad marítima y de la vida humana en la mar es un bien jurídico cuya custodia viene encomendada al Estado ya desde la propia Constitución Española.

La Ley 27/1992 antes aludida y EMANADA DEL PARLAMENTO (no del Gobierno) tiene un artículo en el que da "carta blanca" al Capitán Marítimo en el ámbito de la seguridad marítima, la navegación, el salvamento marítimo y la lucha contra la contaminación del medio marino, al encomendarle:

Cita:
Art. 88.3 g)
Y, en general, todas aquellas funciones relativas a la navegación, seguridad marítima, salvamento marítimo y lucha contra la contaminación del medio marino en aguas situadas en zonas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción
Saludos.
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  #44  
Antiguo 12-02-2008, 21:47
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Muchas gracias por tu análisis Capitan Drake. Se agradece que alguien ducho en leyes nos habra los ojos. Que lástima que no nos asociemos los cruceristas para defender nuestros propios intereses. Yo estaría dispuesto a pagar una cuota sólo para que el estado encontrarse una oposición a su libre albedrío legislativo.

Salut i bon vent!!
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  #45  
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

Una pregunta, mucho disponer leyes...

Pero, ¿hay medios para hacerlas cumplir?

Porque no quero pensarme que, por ejemplo en Cadíz, con el problemón que hay en el Estrecho a diario, van a quitar personal del estado de esta prioridad, para verificar (por ejemplo) que en las regatillas hay los medios de salvamento estipulados por ley...

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  #46  
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

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Originalmente publicado por Atnem Ver mensaje
Me tienes absolutamente despistado...

No sé si nos estás levantando la camisa, o eres de un Club modélico (en el cual se habrán inspirado los legisladores) o es que los que nos cab**amos con el Real Decreto de marras es que somos unos chapuzas de cuidado.

Claro que eso último me parece que es más que extensible a muchos otros de dentro y fuera de la piel de toro...

Pero lo de tener 2 embarcaciones de apoyo para 20 barquitos y encima una ambulancia esperando en el Club, es de nota.

A menos que seais muy brutos y hayan accidentes en cada salida...

Sin acritud, eh?, pero...
De club modelico nada de nada. Sino mas bien todo lo contrario. lo de la ambulancia no se hizo en todas las regatas, pero te puedo decir que lo hicieron altruistamente y es verdad que en una ocasión hicieron un traslado de un tripulante con una costilla rota.

Lo de dos embarcaciones de apoyo pues mas de lo mismo. Ten en cuenta que las regatas hasta ahora las hacemos dentro de la ría, por lo que los permisos no es que sean legales, es que son necesarios. Te puedo decir que es la capitania quien nos dice, que canal de radio debemos utilizar, no lo elegimos nosotros.

Lo que me extraña a mí es que los que llebais tiempo organizando regatas todo esto, os suene a chino.

Como anecdota. Hace muchos años cuando la capitania era militar, se nos ocurrió echar una boya para entrenar con los snipes. Nos cruzamos un remolcador a mucha distancia, pero el tío dio parte a la comandancia de marina, nos llevaron la boya y la zodiac que teniamos, con el consiguiente problema para recuperarlo todo.

Hay que pedir permiso a la autoridad portuaria y a la capitania del puerto. Ignoro en que ley está escrito esto.
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  #47  
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

A este paso a algún iluminado se le ocurrirá obligarnos a llevar airbag en la bitacora.... si no ..tiempo al tiempo...
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  #48  
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

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Originalmente publicado por Inspectorate Ver mensaje
Sin entrar en el debate doctrinal propio de la filosofía del Derecho que plantea el amigo Capitán Drake:

Parece evidente que los eventos náuticos donde se concentren una determinada cantidad de embarcaciones pueden provocar situaciones en los que la seguridad se vea comprometida.

La seguridad marítima y de la vida humana en la mar es un bien jurídico cuya custodia viene encomendada al Estado ya desde la propia Constitución Española.

La Ley 27/1992 antes aludida y EMANADA DEL PARLAMENTO (no del Gobierno) tiene un artículo en el que da "carta blanca" al Capitán Marítimo en el ámbito de la seguridad marítima, la navegación, el salvamento marítimo y la lucha contra la contaminación del medio marino, al encomendarle:



Saludos.
Hola Inspectorate. Me encanta intercambiar opiniones contigo porque sabes y muchas veces aportas datos y conocimientos que nos faltan.

Creo que estamos hablando de tres cuestiones diferentes:

Por un lado, yo planteo la necesidad o no de regular medidas de seguridad de las regatas en funcion de si es realmente una actividad peligrosa o no (y por eso recurro a la memoria de los que tienen experiencia de largos años porque si en mas de 50 años que llevamos de practica nautico-deportiva en nuestras costas no ha habido muchos siniestros por falta de medidas de seguridad de la organizacion de regatas el RD estaria estableciendo unas obligaciones desproporcionadas con poca justificacion). En cambio, si los siniestros en regata son algo recurrente, estaria mas justificado establecer las medidas de seguridad.

Segunda: una cosa es establecer medidas de seguridad y otra "prohibir salvo permiso de la autoridad". Esto ultimo es antidemocratico y denota una mentalidad fascistoide por parte del que prohibe (aunque sea el parlamento, porque de hecho tambien hay leyes poco democraticas: ejemplo: la Patriot Act americana, la Ley Corcuera fue muy discutida en su momento, etc.). Si hay que establecer medidas de seguridad, se establecen y al que las incumpla que le caiga un palo, pero sin prohibir actividades licitas ni someterlas a la autorizacion de un funcionario. Esta es la cuestion que mas me cabrea, por la mentalidad fascistoide que denota.

Y una tercera cuestion es si el RD es legal, o no por estar habilitado o no por una ley para prohibir una actividad licita. Y yo creo que el articulo 88.3.g que citas de la ley de puertos no tiene ese contenido habilitador porque:
- ni prohibe la organizacion de regatas salvo autorizacion del capitan maritimo, atribuyendo a este la competencia para las autorizaciones (y por tanto las regatas siguen siendo una actividad libre). (Por el contrario, el articulo 57 si somete a autorizacion actividades dentro del puerto);
- ni establece la habilitacion para que un decreto pueda prohibirla.

En mi opinion, que el capitan maritimo ejerza las funciones de seguridad maritima no implica que este prohibido organizar una regata sin su permiso. De la misma manera que la Direccion General de Bosques (o como se llame) ejerce la funcion de seguridad de los bosques y una asociacion de scouts no necesita pedirle permiso para organizar una gimkana en el bosque. Por ejemplo, desde que el Ayuntamiento de Barcelona dio la concesion a www.bicing.com (una red de alquiler de bicis que puedes recoger en cualquier puesto de la ciudad y dejarla en cualquier otro, por lo que muchos la utilizamos a modo de transporte publico) han aumentado los accidentes causados por bicis. Y se ha regulado la circulacion, imponiendo restricciones, limites de velocidad, etc. Pero el alcalde (que ejerce la funcion de seguridad del trafico en la ciudad) no es quien para prohibir ir en bicicleta salvo que se obtenga una autorizacion.

En definitiva, pues, si tengo razon, lo que es ilegal del RD no son las medidas de seguridad (que, en su caso, podran ser desproporcionadas al peligro que pretenden evitar), sino unicamente el hecho de que haya que pedir permiso para hacer la regata. Por eso, mas que un tema legal es un tema de principios, y por eso me ha cabreado tanto y me ha salido ese rebrinco del post anterior.

Queria hacerte una pregunta sobre si crees que la normativa sobre certificados, registros, licencias, despachos, etc. es sensata o si responde a un afan de control desmesurado y desproporcionado, a remoras de normativa militar del regimen anterior, etc. (sin entrar en que, por supuesto, como buen funcionario, tengas que aplicarla con independencia de que te parezca bien o mal), pero mejor lo dejamos para otro dia y ahora te invito a unas rondas, agradecido por tus multiples posts tan instructivos (como en el hilo de los deshechos)
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  #49  
Antiguo 12-02-2008, 22:15
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Cita:
Originalmente publicado por Questionsailing Ver mensaje
Una pregunta, mucho disponer leyes...

Pero, ¿hay medios para hacerlas cumplir?

Porque no quero pensarme que, por ejemplo en Cadíz, con el problemón que hay en el Estrecho a diario, van a quitar personal del estado de esta prioridad, para verificar (por ejemplo) que en las regatillas hay los medios de salvamento estipulados por ley...

Question, el problema no es tanto que haya controles en todas las regatas, sino que una vez se establecen esas medidas y la responsabilidad de los organizadores, y teniendo en cuenta lo descomunales que son las sanciones en la ley de puertos, a ver quien es el guapo que monta una regata de vauriens sin esas medidas, porque como lo pillen casi mejor que le coja el barquito a uno de los regatistas y salga pitando para Brasil...

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  #50  
Antiguo 12-02-2008, 22:16
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Predeterminado Re: Nuevo «Decreto Ley»

Esto es delirante... lo más parecido que he visto a poner puertas al mar
Mismamente parece que el objeto de este decreto es que la administración NUNCA sea responsable de ningún siniestro ni por falta de vigilancia o por dilación en prestar ayuda o por falta de medios.

¿Quien se arriesgará a organizar nada a partir de ahora sabiendo que puede ser declarado responsable de un siniestro?
Sin cobrar yo no lo haría
Y si el comité debe ser profesional, por qué los balizadores y el "jury" deberian trabajar "por amor al arte".
No se si se han dado cuenta de lo que nos perjudica.

Por otra parte estoy con Capitan Drake en que tiene un tufillo a antiguo:
¿Cuantos barcos son el límite para que sea "reunión ilegal"?


Y por cierto Inspectorate: ¿desde cuando es un problema de seguridad que navegue un barco debidamente despachado... y dos... y cinco... y cincuenta?

Saludos
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Sergio Ponce


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