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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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En esta caso, no solamente por normativa sino por evidente necesidad, llevo un extintor manual 34 B comprado hace un ańo.
1. No he encontrado fecha de caducidad. Solamente lote y fecha de fabricación. ¿Caducan? Supongo que sí, pero ¿cuándo? 2. Respecto a su revisión. El flamante RD https://www.boe.es/boe/dias/2021/05/...-2021-8268.pdf dicta Cita:
Cita:
Dice que cada tres meses !!!! Cita:
Decidme dónde me he perdido porque no creo que esto pueda ser así, y que es lo que hay hacer 1/ por prudencia y 2/ para no ser multado. Gracias. |
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#2
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"""" Y el anexo II
Dice que cada tres meses !!!! Eso lo haces tu mismo visualmente. Por el contrario donde dice que tenga que ser4 un "revisor homologado" ![]() ![]() :confused :
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BARRILES DE RON JAMAICANO PARA TODOS
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#3
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Cuando pase un año de su compra tienes que revisarlo en un establecimiento autorizado. A los cuatro retimbrado, cosa que muchas veces no compensa.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Vicalofaro | ||
Garbinet (11-08-2021) | ||
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#4
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Cita:
A los 5 el retimbrado, y a los 20 ya se desechan (si llegan a vivir tanto) Hombre, yo, si tuviera un fuego a bordo (Dios no lo quiera) me gustaría que el extintor funcionase para al menos intentar apagarlo o aguantar mientras me pongo a salvo. Si la revisión anual por un profesional fueran 6 EUR pues no me importaría nada que me dijeran si está bien o no. Sin embargo y en muchos casos, el coste que se nos ofrece es muy elevado, sobre todo por parte de las náuticas, ya que sacan más con su margen comercial (vendo y me quedo con el margen) que liándose a contactar con la empresa de extintores,, que pasen, que los devuelvan que llame al cliente para avisar, y sacarse algo. También diría que lo entiendo. |
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#5
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Cita:
Pero estos plazos y operaciones ¿que decreto lo exige? El que yo enlazo dice 5 ańos en la Pág. 48384 ![]() Editado por Garbinet en 11-08-2021 a las 22:17. |
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#6
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Pues estaré equivocado con la fecha. Serán 5 años para el retimbrado.
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#7
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¿Hay alguna conclusión sobre este tema? Parece que (para variar) la normativa es confusa. Me acabo de comprar un extintor y efectivamente lo único que figura es el año de fabricación. Entiendo que recién comprado no hará falta revisarlo. Pero he visto a gente que lo tiene además con una pegatina de revisión en la que consta el año y el mes.
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos. |
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