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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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tengo un velero de 6 mts de eslora,y fb de 8 cv.mi prefgunta es si puedo llevarlo con el titulín,pues se lo pregunté un día a la G.C DEL MAR y eran tres y dudaban entre ellos,si voy a motor,sí pero si voy a vela?.
En principio no tengo problema pues suelo navegar con la patrona que es per,pero si voy yo solo? unas rondas para todos ![]() ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a ARROAS | ||
Chamo.68 (23-05-2014) | ||
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#2
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Para más complicaciones legales, según veo el titulín de vela autoriza embarcaciones de hasta 4 metros de eslora, (el de motor autoriza hasta 6 metros de eslora y 40 Kw de potencia); pero en cambio se pueden llevar sin ningún título las embarcaciones a Vela de hasta 5 metros de eslora (y las de motor de hasta 4 mts y 10 Kw).
Esta claro que no esta claro, no ? |
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#3
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Amigo casteser,como tu dices no está muy claro,como yo comentaba se lo planteé a tres guardia civiles que estaban tomando unas cervezas en el bar del club,previo atraque de su lancha y despues que los dejé debatir, entre ellos tenían dudas y me contestaron,creo que para sacarme del medio ,que no podía llevarlo con el titulín
gracias por tú comentario y por contestar a mí duda que creo que es importante para mí y que al resto de los cofrades le parecen más interesantes de contestar muchas mariconadas que preguntan algunos o "algunas" cofrades en éste foro- ![]() ![]() |
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#4
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Estimado cofrade, saludos y
![]() Sin ningún género de dudas SI, la Autorización Federativa de Vela, te autoriza a gobernar un barco de vela de hasta 6 mts. de eslora. Para barcos de vela inferiores a 4.5m de eslora, aunque un cofrade te dice en un post anterior que el titulin autoriza solo 4, no es necesario ningún permiso, autorización o título. Un saludo y más ![]()
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Si ves rodar al patrón por la escala, NO le eches una mano. Él es patrón y sabe por qué se cae. Si tengo que ser parte del rebaño, me pido ser el perro. |
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#5
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Graciñas mazarredo por tú comentario.
un saludo.y unas ![]() para todosfelíz 2009 |
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#6
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Buenos dias y
![]() ![]() Recupero este hilo para no abrir otro y porque el tema creo que viene al caso. Alguien puede ser tan amable de decirme que distancia puede alejarse un navegante con la dichosa licencia federativa "titulín" ![]() En la web de Fomento pone "zona delimitada por Capitanía", pero eso que es, un guá hecho de boyas al que hay que darle vueltas ![]() Pacharanes a quien me lo explique, que soy un poco torpe. ![]() ![]() ![]() ![]()
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La vida es aquello que te va sucediendo mientras tú te empeñas en hacer otros planes. |
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#7
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Cita:
![]() http://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_...nes_de_Recreo/ No se necesitará título de recreo Durante el día y en las zonas delimitadas por la Capitanía Marítima (sin poder superar nunca los límites del título de Patrón de Navegación Básica), se podrán gobernar las siguientes embarcaciones/ aparatos flotantes, sin necesidad de un título: * Embarcaciones a motor hasta 4 mts. de eslora y con una potencia máxima de 11,03 kW. * Embarcaciones a vela hasta 5 mts. de eslora. * Artefactos flotantes o de playa, piraguas, kayacs, canoas sin motor, patines con pedales o a motor de potencia inferior a 3,5 kW. * Tablas a vela o tablas deslizantes a motor, o instalaciones flotantes fondeadas. No se necesita título alguno de la DGMM para la realización de las actividades de preparación y participación en competiciones oficiales, tanto de vela como de motonáutica. Autorizaciones Federativas * Gobierno de embarcaciones de recreo, hasta 6 mts. de eslora y una potencia máxima de motor de 40 kW (54 CV), en navegaciones diurnas en zonas delimitadas por la Capitanía Marítima. |
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#8
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hola arroas, yo te sugiero que te pongas en contacto con la capitania maritima de tu zona sobre todo para saber tambien la distancia a la que puedes alejarte de un lugar de abrigo, que en el caso de Huelva (como en casi todas las capitanias) no se han sentado a dilucidar cual es la distancia maxima, por tanto, si el titulo superior que en este caso es el PNB tiene de tope 6 millas pues el titulin(en Huelva) te deja navegar hasta a 5 millas de distancia de un lugar de abrigo.
yo hable directamente con capitania maritima y esta fue la respuesta que me dieron. por eso para sacarte de dudas, acude a capitabia maritima y te daran mas seguridad que cualquier normativa. un saludo ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() |
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#9
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Cita:
![]() ![]() ![]() Este tema me lleva loco, porque me he hecho una barquita de 2.48 de eslora para no tener que sacarle matricula, tampoco tengo titulación y ahora me he cansado de vela y remos y le estoy preparando el espejo para colocarle un Yamaha 2.5. esto lo digo porque estoy recopilando toda la informacion FIABLE Y AUTENTICA que encuentro con el fin de que si me encuentro por el Mar Menor con la patrulla poder explicarles la situación. Con el PNB se puede hasta 5 millas (segun la pagina de fomento) que la tomaremos como fiable y si no tienes titulación dice asi de claro; No se necesitará título de recreo Durante el día y en las zonas delimitadas por la Capitanía Marítima (sin poder superar nunca los límites del título de Patrón de Navegación Básica) y sigue Patrón de Navegación Básica (PNB): Menos de ocho metros de eslora si son de vela, y 7,5 metros si son de motor, a menos de cinco millas, en cualquier dirección, de un abrigo o playa accesible. entonces entiendo que son 5 millas, capitania siempre quita, no creo que en segun que zonas de más millas. si es así, voy a cartagena ahora mismo. Saludos y buena mar !! ![]() |
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#10
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Para salir de dudas ver:
http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CAST...nes_de_Recreo/ El Titulin corresponde a la Autorizacion Federativa. Arroas, como veras, la respuesta a tu pregunta es SI. Pero solo de dia y cerca de la costa (preguntar en Capitania qué zona) Editado por marlow en 26-02-2009 a las 15:32. |
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#11
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Por todos/as.Zona de navegación 4 = P.E.R . 12 millas de la costa. Zona de navegación 5 = P.N.B . 5 millas de la costa. Zona de navegación 6 = Motos naúticas A,B Y C. Licencias federativas = Titulines. Tanto unos como otros máximo 2' de la costa,abrigo o playa accesible. Saludos. |
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#12
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Yo creo que hace unos años, antes de la penúltima modificación de títulos, se llamaba titulín a lo que ahora es el PNB. En la última modificación está claro que es la autorización federativa.
De todos modos , titulín no existe, es sólo la adaptación que se le ha querido dar a la nueva actualización de títulos con un lenguaje popular pero que en algunos casos ha dado a la confusión. No es así.. Escuchemos la voz de los supertacañones |
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#13
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Buenas a to2, yo me saqué el titulín en el año 95, se sacaba por la Federación de Motonautica y en aquel entonces, se podían llevar hasta embarcaciones de 8 mts y 45 c.v.
No confundirse con la licencia, que solo para embarcaciones de vela ligera. Un saludo |
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#14
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He vuelto a la vidaaaaaaaaaaaa
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