La Taberna del Puerto Osmosis
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  #1  
Antiguo 27-03-2007, 12:43
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Predeterminado a cuanto la multa?

saludos cofrades
un cafe para todos, o vermouth pago yo.
una pregunta tonta
a cuanto asciende una multa, por navegar fuera de
los limites de una determinada categoria???
si te pillan claro je je
cuidaros
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  #2  
Antiguo 27-03-2007, 12:50
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Predeterminado Re: a cuanto la multa?

Depende, si es la de 12 millas, estas obligado a ir a mas de 12 millas para vaciar el tanque del wc.
__________________
Cofrades de Tarragona
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  #3  
Antiguo 27-03-2007, 13:03
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Predeterminado Re: a cuanto la multa?

estoy exento de portar wc...
je je
tratase de un 6m casi casi vela ligera
y tengo ganas de desafiar la ley.....
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  #4  
Antiguo 27-03-2007, 13:50
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Predeterminado Re: a cuanto la multa?

Todo el mundo está exento de portar WC, no es obligatorio.

La normativa hace referencia a las embarcaciones que lleven WC, pero en ningún momento te obligan a llevarlo.

Como si quieres ir estreñío

Ninguna embarcación está obligada a llevar WC
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  #5  
Antiguo 27-03-2007, 14:29
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Predeterminado Re: a cuanto la multa?

ok, lo se era una forma de hablar
y hacer broma sobre el wc

en serio, alguno a recibido multa alguna vez?
importe? ma o meno
por pasar de las 3 millas para una categoria D-2
construccion categoria c
gracias
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  #6  
Antiguo 27-03-2007, 15:50
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Predeterminado Re: a cuanto la multa?

pues mira lo mejor es preguntarselo directamente a ellos... son muy amables, incluso te pueden escoltar, pero bueno... si te interesa el tema en este otro foro,
http://www.marviva.org/chs-bin/msboa...sg=46636#47061
también preguntaron por lo mismo y esto es lo que contestaron ...
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  #7  
Antiguo 27-03-2007, 16:23
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Predeterminado Re: a cuanto la multa?

Cita:
Originalmente publicado por MAGOO Ver mensaje
Todo el mundo está exento de portar WC, no es obligatorio.

La normativa hace referencia a las embarcaciones que lleven WC, pero en ningún momento te obligan a llevarlo.

Como si quieres ir estreñío

Ninguna embarcación está obligada a llevar WC
Ostia me has dao una idea!

Pondré unos platos viejos en la taza del Water y dire al inspector que eso no es un WC, que es un fregadero de platos con agua de mar.

"Nuestro barco, señor inspector, no tiene WC."

Al fin y al cabo, entonces lo sancionable deberia ser "cagar" en el agua, y no tener un objeto en el barco susceptible de ser cagado.

¿Creeis que va a colar y me evito poner el tanke KK?

¿Que es "legalmente" un WC?

¿se puede cagar en el fregadero dentro de las 12 millas?

En la anterior inspección figura que el WC estaba inutilizable y que hay uno quimico, igual el inspector no se percató de que lo que tenia era la tapa cerrada, una vez abierta se puede usar perfectamente.

Aunque ya se sabe que por allí el norte son muy brutos y si el inspector lo intento usar con la tapa puesta es normal que concluyera que estaba inutilizado. El químico también lo tenemos y esta límpio como "una patena" que decimos por aquí.

Bueno Biziberri, no tengo ni idea de la multa si te pasas de las 12 millas, si ves a la benemerita te vas a "cagar", pero por lo menos tu "cagada" estara dentro de la legalidad.

Es que no entiendo como se puede ir sin WC, pero con un cubo, y no se puede tener un fregaplatos bajo que no usas!

SAMUDRA
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  #8  
Antiguo 27-03-2007, 16:30
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Predeterminado Re: a cuanto la multa?

C**ñ*!!!!!

No me poner esas cosas chiquillos que acabo de comer.

A ver si encuentro el anti acidos

Editado por Nick en 14-12-2008 a las 02:51.
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  #9  
Antiguo 27-03-2007, 20:33
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Predeterminado Re: a cuanto la multa?

Cita:
Originalmente publicado por SAMUDRA Ver mensaje
Ostia me has dao una idea!

Pondré unos platos viejos en la taza del Water y dire al inspector que eso no es un WC, que es un fregadero de platos con agua de mar.

"Nuestro barco, señor inspector, no tiene WC."

Al fin y al cabo, entonces lo sancionable deberia ser "cagar" en el agua, y no tener un objeto en el barco susceptible de ser cagado.

¿Creeis que va a colar y me evito poner el tanke KK?

¿Que es "legalmente" un WC?

¿se puede cagar en el fregadero dentro de las 12 millas?

En la anterior inspección figura que el WC estaba inutilizable y que hay uno quimico, igual el inspector no se percató de que lo que tenia era la tapa cerrada, una vez abierta se puede usar perfectamente.

Aunque ya se sabe que por allí el norte son muy brutos y si el inspector lo intento usar con la tapa puesta es normal que concluyera que estaba inutilizado. El químico también lo tenemos y esta límpio como "una patena" que decimos por aquí.

Bueno Biziberri, no tengo ni idea de la multa si te pasas de las 12 millas, si ves a la benemerita te vas a "cagar", pero por lo menos tu "cagada" estara dentro de la legalidad.

Es que no entiendo como se puede ir sin WC, pero con un cubo, y no se puede tener un fregaplatos bajo que no usas!

SAMUDRA
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  #10  
Antiguo 27-03-2007, 22:55
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Predeterminado Re: a cuanto la multa?

Cita:
Originalmente publicado por biziberri Ver mensaje
a cuanto asciende una multa, por navegar fuera de
los limites de una determinada categoria???

Traspasar los Capitanes, patrones u otro personal marítimo los límites de atribuciones que correspondan a la titulación profesional o de recreo que posean, está tipificada como una infracción grave contra la seguridad marítima que, teóricamente, podría ser sancionada con una multa de hasta 30.000.000 de pesetas. (ahora en euros)

Criterios de graduación: (hasta 30 kilos de las antiguas cabe mucha graduación):

La cuantía de las multas y la aplicación de las sanciones accesorias se determinará en función del beneficio obtenido por la comisión de la infracción, la relevancia externa de la conducta infractora, la negligencia o intencionalidad del sujeto infractor, el daño causado, el número de infracciones cometidas, así como por cualquier otra circunstancia que pueda incidir en el grado de reprochabilidad de la infracción, en un sentido atenuante o agravante.
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  #11  
Antiguo 27-03-2007, 23:06
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Predeterminado Re: a cuanto la multa?

Cita:
Originalmente publicado por papaventos Ver mensaje
Traspasar los Capitanes, patrones u otro personal marítimo los límites de atribuciones que correspondan a la titulación profesional o de recreo que posean, está tipificada como una infracción grave contra la seguridad marítima que, teóricamente, podría ser sancionada con una multa de hasta 30.000.000 de pesetas. (ahora en euros)

Criterios de graduación: (hasta 30 kilos de las antiguas cabe mucha graduación):

La cuantía de las multas y la aplicación de las sanciones accesorias se determinará en función del beneficio obtenido por la comisión de la infracción, la relevancia externa de la conducta infractora, la negligencia o intencionalidad del sujeto infractor, el daño causado, el número de infracciones cometidas, así como por cualquier otra circunstancia que pueda incidir en el grado de reprochabilidad de la infracción, en un sentido atenuante o agravante.
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  #12  
Antiguo 27-03-2007, 23:55
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Predeterminado Re: a cuanto la multa?

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Originalmente publicado por barbagris Ver mensaje
tuyu: me he quedado sin saber lo que hay que hacer al entrar en puerto.

(Tengo una guerra hoy con la cibernáutica, que me deja los mensajes a medias. Continuo mi respuesta anterior...)

Leyenda urbana (o portuaria) sobre lo mejor para entrar en el puerto:

1) No enredar con el 9, para no alertar a la autoridad portuaria recaudadora
2) entrar y atracar en el primer hueco que se vea
3) irse a comer. Si viene un marinero, le dices que ahora vuelves, y te vas a comer. Si se pone muy pesado, le dices que hasta que no te busque un hueco, que no piensas mover de ahí el barco, y te vas a comer.
4) vuelves de comer y te vas.

Yo estoy empezando a considerar aplicarlo desde que he comprobado que en algún puerto, pretenden cobrarte la estadía completa si dices que vas a parar a comer. Lo mejor en ese caso, meterte en la gasolinera, y aplicar el procedimiento.

También lo he considerado viendo en un hilo anterior que en algún club nautico te niegan el suministro de combustible, por ser "solo para socios"

Siguiendo en plan trascendente, más lecciones aprendidas:

- Si vas a una cala que pudiera ser zona protegida, te vas para allá y esperas a que aparezca alguien que te informe, y le aplicas el procedimiento de entrada a puerto. (Vease los comentarios en el hilo de la quedada de tabarca sobre cómo se solicita permiso para ir allí, a partir de que supuestamente la han calificado como zona protegida)

- No pagar. Pagar lo último. Esto es recomendación de un amigo mio. Primero a los tribunales. Claro que como yo no tengo abogado de plantilla, igual esto me sale más caro.

En resumen: la seguridad y bienestar de mis hijos (son pequeños) no depende tanto de mi inutilidad como patrón, como de las dificultades que pueden depender de poder parar en un puerto a descansar un rato, o a repostar.

La aventura de navegar se complica de verdad cuando intentas repostar, o cuando te cruzas con la autoridad.

Me voy a hacer pirata.

(esto sin entrar a contar mi última aventura de "papeleos", en la que se disparó el presupuesto y hemos tenido que vaciar la hucha de los niños. No me atrevo a mirar si mi radio es lo sufiencientemente DSC para la zona de navegación que tengo, y si mi espejito de señales está homologado por la DGMM. ¡J.der, y el cono negro! (esto es de otro hilo) No tengo. No venía en la lista de material obligatorio. A partir de ahora, arriaré las velas sin arrancar el motor..)
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