![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
|
|
#1
|
||||
|
||||
|
Quisiera saber si una vez en las islas, Menorca, la Guardia Civil te puede multar por tener categoria de navegación de doce millas. Y tener el puerto base en la peninsula.
No se si te multarian. ¿O solo te multan si te pillan fuera de las doce millas.? Muchas gracias de antemano. Editado por grumetillo en 17-09-2011 a las 23:48. |
|
#2
|
||||
|
||||
|
Antes de tener el PY alquile un Bavaria 40 y como solo podia navegar a 12 mn el propietario me lo llevo a Menorca. Alli estuve con total tranquilidad.
![]()
__________________
Disculpas al Mar, a quien he robado tanto tiempo para dedicarlo a mi trabajo
|
|
#3
|
||||
|
||||
|
La respuesta es NO. Si estas en tu zona de navegación con independencia de la base del barco, NO te pueden multar por nada, pues nada malo estas haciendo en ese momento.
Nunca se puede poner una sanción basandose en una suposición. Te tienen que pillar en el acto en la comisión de una falta. Saludos. ![]() ![]() ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a ignius | ||
Dibujito (24-10-2011) | ||
|
#4
|
||||
|
||||
|
Cita:
, porque tu título de PER, te autoriza a navegaciones entre islas, aunque te pases de las 12 millas del PER, pero sobre todo la tranquilidad te la daba que el barco alquilado seguro que estaba en zona 3 ó 2, con lo que podias moverte por las islas; no es el caso de Grumetillo, que con el el barco puesto en zona 4, independiente de cual es su puerto base ( que por cierto no viene en ningun documento oficial o legal ), no puede sobrepasar por barco (no por título) las 12 millas.Asi que Menorca sí, pero sin salirse del límite de la zona 4Cuidado con la "verdemerita" que estan ávidas de dinero, parece que les va la paga en ello ![]() Saludos y ![]() |
|
#5
|
||||
|
||||
|
Tenemos muuuuuuuuuuuchas ganas de volver a Menorca, pero tenemos miedo de esa escasa multa que ponen. Y tememos pues eso que una vez alli en cualquier puerto etc te pidan papeles y multen.
Ya para el año que viene lo pasaremos a sesenta millas. Pero esperar a Junio es una eternidad. |
|
#6
|
||||
|
||||
|
A ver, mi barco está habilitado a zona 4 tiene matrícula de Barcelona y mi puerto está en la zona norte de mallorca, según tus temores a mi cada vez que me paren me deberían multar.... No tiene sentido!, como bien te comentan antes no hay manera de probar de qué manera ha venido a parar el barco hasta ahí, de hecho podía haberse habilitado hace unos años a zona 3 y ahora bajarlo a 4.
De todas maneras no creo que te vayan a pedir donde está tu puerto base ni cómo has llegado hasta ahí, te tienen que pillar infraganti si no nada de nada.... pero bueno, también tengo que decir que por mi barrio los munipas se dedican a multar a los coches que están aparcados en sentido contrario... |
|
#7
|
||||
|
||||
|
Buenas:
Barco en zona 4, Per, estas a 12 millas de cualquier punto de la costa española, como si estas en Canarias, es todo correcto. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Flying Dutchman | ||
nadie (22-10-2011) | ||
|
#8
|
||||
|
||||
|
Cita:
ESE ES EL TRUCO!!!! ![]() Si te pillan por el camino les dices que en realidad estás pasando de Ibiza a Formentera, pero que te acercaste a Gandía para ganar un poco de barlovento ![]() ![]() |
|
#9
|
||||
|
||||
|
Cita:
Saludos. ![]()
__________________
Si Dios nos creó con dos orejas, dos ojos y una sola boca, es porque tenemos que escuchar y ver dos veces antes de hablar .. |
|
#10
|
||||
|
||||
|
Cita:
![]() El problema lo tendrás con el seguro si sufres algún percance en esa situación... Vaya, así lo tengo entendido yo...
__________________
"My boat is my island" |
|
#11
|
||||
|
||||
|
Cita:
Si la embarcacion es tuya, tu mismo. Pero como lo hagas con un 6ª tienes muchas posibilidades de que te pillen, tanto la GC que los para ultimamente a todos, como que el armador reciba una llamada de un amiguete diciendole que ha visto al "TAL" entrando en la bocana del nautico de Ibiza, y a eso casi que le tendria mas miedo ![]() ![]() ![]() Saludos |
|
#12
|
||||
|
||||
|
Cita:
![]() Las veces que me han parado, fuera de las 12 millas , de madrugada, con un monstruo ensordecedor a nuestra popa y con mas luces que las Fallas , lo último que se me ha ocurrido es pedirles explicaciones de lo inadecuado de la hora y su proceder, y si agradecer que estén controlando nuestra seguridad en cualquier distancia a costa y hora, la lástima es que se van tan rápido que no puedes ofrecerles ni café o tabaco.. .Piensalo cuando algun dia/noche te suceda, me lo agradecerás ![]() Saludos y ![]() |
|
#13
|
||||
|
||||
|
Cita:
- Zonas de Navegación: ![]() - Zona económica exclusiva.- Cita:
Saludos. ![]()
__________________
Si Dios nos creó con dos orejas, dos ojos y una sola boca, es porque tenemos que escuchar y ver dos veces antes de hablar .. |
|
#14
|
||||
|
||||
|
Cita:
Las autoridades pueden controlar unas cosas hasta las 12 millas, y otras más allá de esa distancia. Repito que no pueden decirte nada si estás a 15, 20 o 50 millas con un barco despachado a 12. Pero si te pueden inspeccionar si tienen sospechas de actividad ilícita. A ver que nos ilustre alguien que conozca el tema a fondo
__________________
"My boat is my island" |
|
#15
|
||||
|
||||
|
Buenas cofrades. Veo un error cuando algunos denomináis aguas internacionales a todas aquellas que pasan de las 12 millas. No es así. Tampoco sé de donde habéis aprendido esas "aguas internacionales".
El mar está dividido en zonas, aguas interiores, mar territorial, zona contigua, zona económica exclusiva y esas famosas aguas internacionales. en aguas interiores (sería bahías pequeñas, radas, puertos, etc) la ley es la misma que la del país. En el mar territorial se deben cumplir con las leyes del pais ribereño. Este deberá permitir a los buques y aeronaves hacer un paso sobre estas aguas siempre y cuando se considere inocente. En la zona contigua, Conforme a la Convención de 1982, es el espacio marítimo contiguo al mar territorial de un Estado donde éste puede tomar las medidas necesarias para prevenir y sancionar las infracciones de sus leyes y reglamentos aduaneros, fiscales, de inmigración o sanitarios que se cometan en su territorio o en su mar territorial (art. 33.1, 1 y b). La zona contigua no podrá extenderse más allá de 24 millas marinas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial (art. 33.2). Eso por el régimen jurídico de las aguas (quedaría describir la Zona económica exclusiva y aguas internacionales que no vienen al cuento). Falta observar, que al tener el pabellón español, se considera territorio español y se deberá cumplir la reglamentación de dicho pabellón (es decir de españa). Ademas, el estado ribereño puede iniciar una persecucion en caliente aunque esto solo sea para banderas no españolas (en nuestro caso me reifiero). Aclarado esto, está claro que la "verdemerita" no puede multar con supuestos y se deberá basar en hechos probados. Tu siempre puedes decir que el barco lo han llevado remolcando, en un remolque o como quieras inventarte la historia. Que suerte que no tengo velero. Si (por suerte) me compro uno, creo que mirare la opcion de abanderarlo fuera!! Buena proa Editado por lupillas en 19-09-2011 a las 03:58. |
|
#16
|
||||
|
||||
|
Como siempre en este pais, veo que el problema es si te pillan o no cometiendo la infraccion y no el cometerla, como en la carretera, lo peligroso no es si te paran a 200 km/h, es si te la das a 200 km/h. Pues en el mar lo mismo, no me gustaria verme en la tesitura de tener que hacer un abandono con pasaje en mitad del canal sin balsa y radiobaliza o transpondedor.
Imagina un incendio con un velerito despachado zona 4, salta un cortocircuito y atomarporculo el electrico, algo prende...incendio, la radio no va porque no tenemos electrico y ademas hay humo en la cabina...y quien baja a por el extintor? Y los chalecos donde estan? JOERJOERJOER! Que alguien llame por telefono! ¿Que aqui no hay covertura?...imagina el resto... Que no tiene porque pasar, pero por desgracia hay veces que pasa, por eso se crearon las normas de seguridad, no para sacarnos la pasta sino para salvarnos la vida, sin entrar en consideraciones sobre que cojones pinta la ruedecita de timon en la homologacion, si el aro que compre en inglaterra es SOLAS y igualito al que me obligan a comprar por el doble en este pais. Despues cada uno que haga lo que quiera, si va uno solo en la embarcacion pues como si se la pega a 200 km/h solo en una carretera abandonada, es su problema. Pero no pongamos la vida de los demas en peligro, la multa sigo pensando que es lo de menos. |
|
#17
|
||||
|
||||
|
Cita:
![]() |
|
#18
|
||||
|
||||
|
Mírate este hilo
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...ad.php?t=80451 y comprueba la categoría de diseño CE de tu barco Encontrarás respuestas a tu duda. Puede que con solo un cambio de documentación y que alguien te deje una balsa homologada y al día, ya tengas suficiente para un uso ocasional
__________________
![]() !!! YO TAMBIEN TENGO ROTO EL SENSOR DEL TRIM DE VOLVO !!!
|
|
#19
|
||||
|
||||
|
La ley española solo indica la falta de comprension de lo que significa la navegacion deportiva. Basta compararla con la legislacion de UK u otros paises que si tienen tradicion.
|
![]() |
Ver todos los foros en uno |
|
|