![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
#1
|
||||
|
||||
|
un saludo a todos unas birritas pal puerto
alguien me podria dar informacion sobre este impuesto. gracias de antemano. ![]() |
|
#2
|
||||
|
||||
|
Hablemos con propiedad. No se trata de un impuesto.
No es lo mismo un impuesto, que una tasa, o que una tarifa, por ejemplo. Pero eso sería objeto de otra discusión... A lo que vamos, la T-5 es una tarifa de la Autoridad Portuaria. Cita:
Saludos. Editado por Inspectorate en 17-02-2008 a las 16:46. |
|
#3
|
||||
|
||||
|
muy interesante
salut kiqu
__________________
kiqu
|
|
#4
|
||||
|
||||
muchas gracias por la informacion inspectorate un saludo a todos ![]() |
|
#5
|
||||
|
||||
Una vez mas gracias Inspectorate Dentro de la ley, esta nos permite hacer usos y costumbres del puerto. Realmente como nos acojamos todos los deportivos a la Ley y exijamos lo que la Ley contempla, podriamos hacer un verdadero descalabro a las arcas del estado. Saludos Miahpaih Virgen de Atocha, dame un trabuco, para matar xxxxses y mamelucos. ![]()
__________________
Empleé casi toda mi fortuna en mujeres y barcos.¿El resto? ............. El resto simplemente lo malgasté.
Editado por Miahpaih en 18-02-2008 a las 04:27. |
|
#6
|
||||
|
||||
|
Vaya, otro "escaldado" en Valencia (no sé en otros lugares) con las nuevas tasas, impuestos tarifas o lo que sea...
"pagamentos", vamos... http://foro.latabernadelpuerto.com/s...ghlight=yatazo |
|
#7
|
||||
|
||||
|
Cita:
¿se aplica el IVA a una tasa? ![]() |
|
#8
|
||||
|
||||
|
una máquina inspectorate
![]()
__________________
“Los mejores libros son aquellos que quienes los leen creen que también ellos pudieron haberlos escrito” |
|
#9
|
||||
|
||||
|
No
jeje |
|
#10
|
||||
|
||||
|
Que va, hombre, es mi trabajo... Pero
![]() |
|
#11
|
||||
|
||||
|
Hola a todos.
Ya he pagado varios años esta tasa, siempre atraves del C. nautico donde estoy amarrado (Villajiosa).El año pasado manifesté mi duda sobre la aplicacion del IVA a esta tasa y me respondieron que si procedia. ¿como podria documentar que no procede su aplicacion? |
|
#12
|
||||
|
||||
|
Cita:
no eres el único que ha pagado una tasa gravada además con el IVA ![]() |
|
#13
|
||||
|
||||
|
Otro "paganini"
Mafalda ¿como hacemos? |
|
#14
|
||||
|
||||
|
Perdón, donde dije "no", digo "sí".
Vaya lapsus... ![]() |
|
#15
|
||||
|
||||
|
Me quedan unos euritos para invitar antes de tener que pagar el X5.
Entonces ronda para todos que tengo una duda. En Moaña (frente a Vigo) el puerto deportivo nos cobra el X5 semestralmente, y me han dicho que si entra un barco durante un mes por ejemplo, pues tengo que pagar los meses restantes para completar el semestre. Por ejemplo hecho el barco al agua en septiembre solo pues me toca pagar tambien octubre, noviembre y diciembre. Alguién tiene más info al respecto? Porque según el articulo Artículo 53. Cuantía básica. 1. La cuantía básica en pesetas de esta tarifa por metro cuadrado y por períodos de veinticuatro horas o fracción, contados a partir de las doce horas del mediodía, para cada uno de los servicios independientes que se presten |
|
#16
|
||||
|
||||
|
Perdona Inspectorate, por fin se tiene que pagar IVA o no??
![]()
__________________
_____________________ Saludos, Viky -Solsil- |
|
#17
|
||||
|
||||
|
Sí, se le aplica el IVA.
|
|
#18
|
||||
|
||||
|
¿cómo hacemos?
sólo se me ocurre... eso, y llorar Pues yo no lo tengo tan claro... ¿podría especificar un poco más la respuesta? En principio el IVA es un impuesto indirecto al consumo, que grava los bienes y servicios. Concretamente, el "valor añadido" de los bienes y servicios. Una tasa no es un bien, ni un servicio, ni tiene valor añadido posible. La tasa la impone la autoridad portuaria y se paga a través de los clubes náuticos, que están encargados de cobrarla... pero no veo por ningún lado la justificación del IVA ![]() |
|
#19
|
||||
|
||||
|
Bueno, despues de leer un poco, bueno, bastante; he comprobado que aunque es una tasa, la misma está sujeta y no exenta del IVA, porque para algunos supuestos la misma si estaría exenta (servicios de salvamente, por ejemplo). Base legal, pues el Anexo I de la Directiva 2006/112/CE (entre otros "servicios portuarios y aeroportuarios") y algunas Resoluciones de la DGT. Esté contemplado que en algunos casos, aunque sean tasas o precios públicos cobrados por Entes Públicos, están sujetos al IVA (naútica de recreo o deportiva).
Ahora bien, una pregunta para Inspectorate: ¿porqué en estos casos en que los servicios no los presta ninguna Autoridad Portuaria, sino un club naútico, es exigible esta tasa junto con su IVA, porque es una concesión? ¿no paga ya el club la concesión a la Administración? ¿no pagamos ya nosotros una cuota al club por los servicios que nos prestan y que además lleva su IVA? Saludos y nada de beber que es tarde. |
|
#20
|
||||
|
||||
Esa Legislación ya no está en vigor. Consultar esta, la Ley 48/2003 de 26 de noviembre en su artículo 22. Enalace : http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CAST...eLey482003.htm Asimismo hay una modificación en la Disposición Final Sexta de la Ley 31/2007 de 30 de Octubre que entrará en vigor el 1 de mayo de 2008, nos rebajan en dos centimos la tasa diaria. Al final si estás en un Puerto Deportivo en Concesión, pagarás 0,05€ por metro cuadrado y día. Asimismo si la Instalación nautico Deportiva y el usuario se acoje a la modadlidad simplificada, tendrá una bonificación del 20%. Saludos. ![]() |
![]() |
Ver todos los foros en uno |
| Herramientas | |
| Estilo | |
|
|
Discusiones similares
|
||||
| Discusión | Iniciada por | Foro | Respuestas | Último mensaje |
| Reforma del Impuesto de Matriculación | Nonick | Foro Náutico Deportivo | 27 | 19-03-2008 16:50 |
| Impuesto de Matriculación | serno | Foro Náutico Deportivo | 1 | 09-01-2008 13:46 |
| duda impuesto transmisiones | norut | Foro Náutico Deportivo | 6 | 28-11-2007 20:09 |
| Dichoso impuesto g-5 | jfandos | Foro Náutico Deportivo | 9 | 12-06-2007 00:27 |
| Impuesto De Matriculacion | LP706 | Foro Náutico Deportivo | 1 | 15-11-2006 11:29 |