La Taberna del Puerto Freedom sea
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." Altair
VHF: Canal 77   
Regresar   La Taberna del Puerto > Foro > Foros Náuticos > Cuestiones legales y Asociaciones

Avisos

Responder
 
Herramientas Estilo
  #26  
Antiguo 19-11-2018, 18:55
Avatar de ddelgrac
ddelgrac ddelgrac esta desconectado
Capitán pirata
 
Registrado: 21-10-2008
Localización: Catalunya
Edad: 53
Mensajes: 681
Agradecimientos que ha otorgado: 472
Recibió 282 Agradecimientos en 136 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Ya empieza a quedar claro.

Cita:
Originalmente publicado por fende_testas Ver mensaje
Yo, no puse ningún link, supongo que me has confundido con otro. No problem.

Cuando navegas con una bandera, tienes el derecho y "privilegio" de cumplir solo la legislación de tu bandera, como se recoge en la legislación internacional.
Pero si no tienes bandera todo queda a criterio de la autoridad competente en las aguas que te encuentres. Y ahí está el problema...



Eso es lo que decía, que no hay ventaja y si mucho riesgo.

Un saludo.
Tienes toda la razón, creo que contestaste un comentario de otro Cofrade y no me fijé que estaba en azul y pensé que era tuyo.
Te debo una birra.
Citar y responder
  #27  
Antiguo 19-11-2018, 19:17
Avatar de kuovadix
kuovadix kuovadix esta desconectado
Corsario
 
Registrado: 01-02-2010
Mensajes: 1,619
Agradecimientos que ha otorgado: 289
Recibió 1,432 Agradecimientos en 486 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Ya empieza a quedar claro.

Cita:
Originalmente publicado por Erikblade Ver mensaje
Con la info facilitada por el cofrade he sacado esto de Holanda
Embarcaciones de recreo en el mar
Para navegar con una embarcación de recreo en el mar, el patrón debe tener los conocimientos y habilidades suficientes para poder emprender con seguridad el viaje previsto.

Definición de embarcaciones de recreo.
Las embarcaciones de recreo son embarcaciones que se utilizan exclusivamente como tales y no transportan pasajeros por una tarifa. Los barcos charter no son barcos de recreo. Esta es la definición según la Ley de Naves.

La carta del mar no siempre es obligatoria
No es obligatorio que las embarcaciones de recreo que navegan en el mar tengan una carta marítima (para los barcos que operan en condiciones comerciales). Para embarcaciones de recreo que realicen viajes marítimos internacionales, es recomendable solicitar una carta marítima.

La razón de este consejo es la siguiente. Antes de la emisión del certificado de registro, la propiedad está registrada en el Registro de la Propiedad. La propiedad está legalmente asegurada, lo que ofrece seguridad. Además, debe haber una persona de contacto en los Países Bajos que sirva como punto de contacto para las autoridades holandesas. La letra del mar da derecho a utilizar la bandera holandesa. La navegación internacional con un barco marítimo sin nacionalidad puede causar problemas, por ejemplo, al visitar puertos extranjeros y en caso de calamidades. Un certificado marítimo es prueba de la nacionalidad del buque de navegación marítima y comparable a un pasaporte para un buque de navegación marítima. Poseer una carta de mar evita problemas en el extranjero.

Procedimiento de la carta de mar.
El ILT evalúa si la propiedad del barco cumple con el Artículo 311 del Código de Comercio. Esto da como resultado una declaración de nacionalidad con la cual el barco debe registrarse en el Registro de la Propiedad dentro de un mes . Después de colocar la marca en el barco y el registro final en el Registro de la Propiedad, se emite el certificado de registro.

Pues según esto que pones, todas las gestorías a las que se les ha contratado el abanderamiento en Holanda aparentemente han timado a sus contratantes. Porque por lo que dicen a ninguno de ellos se les ha dado la carta de mar del ILT. Me parece que estas gestorías o tienen que devolver el dinero o han realizado una estafa en toda regla. Diferente es si no existiera un registro oficial, pero existiendo el ILT y dando opción como da, a ondear la bandera, que es en definitiva lo que se les ha contratado y, es lo que tenían que haber realizado.
Si yo publicito " realizo abanderamiento en Holanda", me lo contratan y, me voy a la churrería de al lado que me emite un certificado, que no da derecho a abanderamiento...pues es una estafa.
Citar y responder
  #28  
Antiguo 19-11-2018, 19:49
Avatar de TripuBar
TripuBar TripuBar esta desconectado
Pirata
 
Registrado: 18-11-2011
Mensajes: 138
Agradecimientos que ha otorgado: 20
Recibió 72 Agradecimientos en 36 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Ya empieza a quedar claro.

Creo que usas de forma poco prudente las palabras "timar" y "estafa". Si crees que hay una estafa en algo, vas al juzgado y pones denuncia. Es lo que toca.

Por otro lado te recomendaria que usaras el buscador de LTP con la palabra "Kadaster". Verás que del registro oficial Holandés se ha hablado en bastantes ocasiones, diferenciandolo de las ICP. Vamos, que a estas alturas enterarse de que hay otro registro (más "serio" pero más caro) en Holanda es un poco raro....

Citar y responder
  #29  
Antiguo 19-11-2018, 19:57
Avatar de Erikblade
Erikblade Erikblade esta desconectado
Corsario
 
Registrado: 13-10-2014
Edad: 43
Mensajes: 1,086
Agradecimientos que ha otorgado: 162
Recibió 397 Agradecimientos en 278 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Ya empieza a quedar claro.

Cita:
Originalmente publicado por TripuBar Ver mensaje
Creo que usas de forma poco prudente las palabras "timar" y "estafa". Si crees que hay una estafa en algo, vas al juzgado y pones denuncia. Es lo que toca.

Por otro lado te recomendaria que usaras el buscador de LTP con la palabra "Kadaster". Verás que del registro oficial Holandés se ha hablado en bastantes ocasiones, diferenciandolo de las ICP. Vamos, que a estas alturas enterarse de que hay otro registro (más "serio" pero más caro) en Holanda es un poco raro....

Pues que quieres que te.diga pero bajo mi punto.de.vista como minimo es publicidad engañosa
Citar y responder
  #30  
Antiguo 19-11-2018, 20:00
Avatar de Parbat
Parbat Parbat Conectado
Capitán pirata
 
Registrado: 14-02-2011
Edad: 72
Mensajes: 590
Agradecimientos que ha otorgado: 539
Recibió 276 Agradecimientos en 160 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Ya empieza a quedar claro.

La pregunta es: precio aparte, ¿que requisitos se exigen para inscribirse en el Kadaster?

¿Piden residencia o representante?

La cuestión económica no es la única razón , quizá ni la más importante, para abanderar fuera.

Citar y responder
  #31  
Antiguo 19-11-2018, 20:05
Avatar de TripuBar
TripuBar TripuBar esta desconectado
Pirata
 
Registrado: 18-11-2011
Mensajes: 138
Agradecimientos que ha otorgado: 20
Recibió 72 Agradecimientos en 36 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Ya empieza a quedar claro.

Cita:
Originalmente publicado por Erikblade Ver mensaje
Pues que quieres que te.diga pero bajo mi punto.de.vista como minimo es publicidad engañosa
En 5 o 6 años del cambio de bandera, montón de gente ha estado navegando tranquilamente con su ICP. Ni la DGMM ni la GC han puesto denuncia alguna que sepamos por hacerlo. Si presupones que era ilegal, ¿parece raro no??

Ahora que Holanda cambia de criterio con las ICP, resulta que es una estafa por parte de quien hizo el trámite.

Con ese mismo argumento voy a devolver mi coche diesel al concesionario por estafa y que me dé uno electrico, puesto que no me avisó cuando lo compré que el Gobierno podría cambiar de idea...

Un poco de seriedad por favor....
Citar y responder
  #32  
Antiguo 19-11-2018, 20:30
Avatar de hma
hma hma esta desconectado
Capitán pirata
 
Registrado: 13-09-2018
Localización: Mediterráneo
Mensajes: 574
Agradecimientos que ha otorgado: 248
Recibió 160 Agradecimientos en 120 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Ya empieza a quedar claro.

Cita:
Originalmente publicado por TripuBar Ver mensaje
En 5 o 6 años del cambio de bandera, montón de gente ha estado navegando tranquilamente con su ICP. Ni la DGMM ni la GC han puesto denuncia alguna que sepamos por hacerlo. Si presupones que era ilegal, ¿parece raro no??

Ahora que Holanda cambia de criterio con las ICP, resulta que es una estafa por parte de quien hizo el trámite.

Con ese mismo argumento voy a devolver mi coche diesel al concesionario por estafa y que me dé uno electrico, puesto que no me avisó cuando lo compré que el Gobierno podría cambiar de idea...

Un poco de seriedad por favor....
No han habido denuncias porque los icp se aceptaban tácitamente como prueba de abanderamiento o matriculación que otorga la nacionalidad , de acuerdo con el artículo 91 del convenio cnudm 82 , ahora que los icp ponen claramente que no son prueba de nacionalidad está claro que se abre la posibilidad de considerar a dichos barcos como apátridas ,

bajo que jurisdicción se encuentran dichas embarcaciones en estos momentos ??

Creo que hay un vacío legal muy gordo con éste abanderamiento , los SSR ingleses , los alemanes de ADAC ( similar al RACE español) entiendo que esta es una de las razones que empujan a la dgmm en l dirección que está tomando, la falta de ejercicio de jurisdicción por parte de los registros extranjeros , que en muchos casos no son más que simples federaciones deportivas o clubs de conductores que no comprueban nada , ni se preocupan por cumplir las obligaciones derivadas del derecho internacional
Citar y responder
  #33  
Antiguo 19-11-2018, 20:36
Avatar de TripuBar
TripuBar TripuBar esta desconectado
Pirata
 
Registrado: 18-11-2011
Mensajes: 138
Agradecimientos que ha otorgado: 20
Recibió 72 Agradecimientos en 36 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Ya empieza a quedar claro.

Cita:
Originalmente publicado por hma Ver mensaje
No han habido denuncias porque los icp se aceptaban tácitamente como prueba de abanderamiento o matriculación que otorga la nacionalidad , de acuerdo con el artículo 91 del convenio cnudm 82 , ahora que los icp ponen claramente que no son prueba de nacionalidad está claro que se abre la posibilidad de considerar a dichos barcos como apátridas ,

bajo que jurisdicción se encuentran dichas embarcaciones en estos momentos ??

Creo que hay un vacío legal muy gordo con éste abanderamiento , los SSR ingleses , los alemanes de ADAC ( similar al RACE español) entiendo que esta es una de las razones que empujan a la dgmm en l dirección que está tomando, la falta de ejercicio de jurisdicción por parte de los registros extranjeros , que en muchos casos no son más que simples federaciones deportivas o clubs de conductores que no comprueban nada , ni se preocupan por cumplir las obligaciones derivadas del derecho internacional
Efectivamente el problema viene EN ESTOS MOMENTOS del cambio de criterio de Holanda, que crea inseguridad jurídica. Pero cuestionar la validez de las ICPs emitidas hasta el verano del 2018 me parece que no tiene base alguna, y menos hablar de estafa y de churrerias.
Citar y responder
  #34  
Antiguo 19-11-2018, 21:00
Avatar de fende_testas
fende_testas fende_testas esta desconectado
Capitán pirata
 
Registrado: 25-08-2014
Localización: Galicia
Edad: 61
Mensajes: 962
Agradecimientos que ha otorgado: 146
Recibió 458 Agradecimientos en 304 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Ya empieza a quedar claro.

Hasta ahora el ICP era perfectamente válido, pues Holanda lo reconocía como registro para el abanderamiento.

El cambio legislativo supone que los nuevos registros (y renovaciones) solo son una prueba de propiedad, no de abanderamiento. Los que no han caducado son (y han sido) perfectamente válidos y legales.

Un saludo.
Citar y responder
  #35  
Antiguo 19-11-2018, 23:41
Avatar de Erikblade
Erikblade Erikblade esta desconectado
Corsario
 
Registrado: 13-10-2014
Edad: 43
Mensajes: 1,086
Agradecimientos que ha otorgado: 162
Recibió 397 Agradecimientos en 278 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Ya empieza a quedar claro.

Yo en ningun momento he dicho que el ICP sea ilegal.
El que no haya habido sanciones no significa nada, por poner un ejemplo puedes ir a 130 por una carretera de 90 y en 10 años no multarte nadie simplemente porque no han puesto ni radar ni control (eso no quiere decir que hayas ido bien).

Por otro lado no creo que Holanda haya cambiado de criterio simplemente ha aclarado un aspecto que podria dar pie a que se "vendiese" el ICP como abanderamiento sin serlo realmente.

Y eso es publicidad engañosa en el momento en que te digo que te vendo el abanderamiento en Holanda y lo que se te da es un ICP. Ya que lo que el cliente quiere es el ABANDERAMIENTO como tal es decir un acto administrativo que otorgue dicha nacionalidad a la embarcación, no está buscando un certificado internacional de.propiedad de una embarcacion de recreo.
Es como si te digo que te abandero cualquier embarcacion es España por 200€ y lo que te doy es una escritura de propiedad de la misma
Citar y responder
  #36  
Antiguo 20-11-2018, 00:24
Avatar de LP706
LP706 LP706 Conectado
Corsario
 
Registrado: 27-10-2006
Edad: 70
Mensajes: 1,965
Agradecimientos que ha otorgado: 73
Recibió 372 Agradecimientos en 226 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Respuesta: Ya empieza a quedar claro.

Lo del ICP Holandés, no tiene ni pies ni cabeza.

El ICP no es más que un documento que acredita la propiedad de la embarcación de recreo, y tras las modificaciones, incorpora además otros datos el número de plazas o el equipo de radio que monta.

El ICP se establece como un documento estándar, reconocido por muchos países, destinado a garantizar la seguridad en la navegación, proteger el medio ambiente y facilitar el turismo náutico. Y más concretamente para la “navegación internacional de recreo”.

El ICP no se establece para sustituir a los registros nacionales, sino como un documento “extra” que al ser conocido y reconocido por muchos estados facilita los trámites cuando viajas al extranjero, de esa forma las autoridades del país que visitas se evitan tener que “entender” la documentación “nacional” del Estado de cada barco que les llega.

El ICP “ampara” la navegación internacional de recreo, pero no en todas las circunstancias, sino que deben darse tres requisitos, para que un barco que se encuentre en un determinado país, pueda considerarse que está en situación de navegación internacional de recreo:

1º.- Que la embarcación pertenezca a una persona que normalmente no reside en ese Estado.

2º.- Que no esté registrado en ese Estado.

3º.- Que esté importado temporalmente en ese Estado, de acuerdo con las normas del Estado receptor.

Por lo tanto si no se dan los tres requisitos, no se puede considerar que el barco se encuentre en navegación internacional y la validez del ICP, mientras la embarcación se encuentre en ese Estado, sería más que cuestionable.

Además, para estar amparado por el ICP la embarcación debe dedicarse a navegación de recreo, con lo que se excluye cualquier finalidad comercial o de otro tipo.

Si nos fijamos bien, los tres requisitos para considerar que el barco se encuentra en situación de navegación internacional de recreo y por lo tanto amparado por el ICP se dirigen a evitar que el ICP sustituya a los registros nacionales: (De ser así, muy pocos países hubieran reconocido validez al ICP)

1º.- Si el propietario reside de forma habitual en el Estado donde se encuentra la embarcación, no se encuentra en situación de navegación internacional.

2º.- Si el barco está registrado en el Estado en el que se encuentra, no está en situación de navegación internacional.

3º.- Si importamos el barco de manera definitiva al Estado en que se encuentra, no está en situación de navegación internacional.

Que está ocurriendo con la mayoría de españoles y Residentes en España que tienen ICP Holandés:

1º.- El barco se encuentra en el Estado donde normalmente reside su propietario, por lo que este requisito no se cumple.

2º.- La embarcación no está registrada en España, pero no está registrada en ningún otro país, se ha dado de Baja en el Registro Español para obtener un ICP Holandés por la “puerta de atrás”.

3º.- No se encuentran en España en situación de importación temporal, están en España de forma permanente, con puerto base en España. Tampoco se cumple este requisito.

Recordemos que es necesario cumplir los tres.

Además resulta:

1º.- Que Holanda es el único país que concede los ICP a personas que no son Holandesas ni residen en Holanda (No sé si es posible hacerlo o lo que ocurre es que no se hace ninguna comprobación, pero es una situación totalmente anormal). Que los emite, previo pago, un organismo que es una asociación de clubes deportivos y con los ICP de las ONG ha demostrado que la ha cagado, hasta el extremo de que el Estado Holandés ha tenido que salir para aclarar que el ICP no te autoriza a usar la bandera Holandesa.

2ª.- Que en el modelo de solicitud de ICP establecido por el organismo que lo ha creado te pide que consignes, entre otros datos, el número registro y la bandera de la embarcación, lo que pone de manifiesto que el ICP es un complemento y no un sustituto de los registros nacionales.

3º.- Que la legislación Española obliga a la matriculación, registro y abanderamiento a los titulares de las embarcaciones de recreo, salvo las que tengan marcado CE y solo naveguen por aguas territoriales y en ese caso también es obligatoria la inscripción en un registro y el abanderamiento.
Estas obligaciones se están incumpliendo, posiblemente para evitar que para el organismo Holandés que emite los ICP detecte que está concediendo ICP Holandeses a embarcaciones propiedad de personas no Holandesas y no residentes.
¿Para qué te piden la Baja en el Registro Español, si es compatible con el ICP? Tendría sentido si abanderaras en Holanda, pero para quedarte sin ninguna bandera no tiene sentido.

Editado por LP706 en 20-11-2018 a las 00:28. Razón: corrección
Citar y responder
2 Cofrades agradecieron a LP706 este mensaje:
celicagrn (20-11-2018), Jangada (30-11-2018)
  #37  
Antiguo 20-11-2018, 00:52
Avatar de Erikblade
Erikblade Erikblade esta desconectado
Corsario
 
Registrado: 13-10-2014
Edad: 43
Mensajes: 1,086
Agradecimientos que ha otorgado: 162
Recibió 397 Agradecimientos en 278 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Ya empieza a quedar claro.

Bueno lo del ICP ya esta claro no otorga el abanderamiento no merece.la pena dar mas vueltas a lo mismo de.si es licito para un español o no de si los.wue han contratado eso lo han hecho a sabiendas o no eso cada uno tendra que revisar a ver que se contrató en su momento.

Ahora lo que procede es evaluar la posibilidad del ILT que ese SI OTORGA EL DERECHO DEL PABELLON HOLANDES

Si os parece.bien vamos
Citar y responder
  #38  
Antiguo 20-11-2018, 01:37
Avatar de El Temido II
El Temido II El Temido II esta desconectado
Capisol
 
Registrado: 17-10-2007
Localización: Atlántico
Edad: 67
Mensajes: 20,426
Agradecimientos que ha otorgado: 15
Recibió 6,238 Agradecimientos en 3,685 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Ya empieza a quedar claro.

Cita:
Originalmente publicado por Erikblade Ver mensaje
Bueno lo del ICP ya está claro no otorga el abanderamiento ....
Voy a utilizar este último comentario, por no citar al resto. Tanto a favor,
como en contra.

Es evidente, que el ICP hasta hace unos meses, permitía enarbolar
la bandera de los Países Bajos. De hecho, mientras no caduque, aún se puede
llevar, por parte de aquellos que lo tengan en vigor, con la indicación de "Dutch".
Los emitidos con la leyenda "NOT APPLICABLE", no permite izar la bandera,
ni tutelarte por las leyes de ese país, pero eso para los nuevos.

Si se "han vendido" los ICP, como abanderamiento "holandés", es porque lo
era. A partir del momento que decidieron que no diese la opción de enarbolar
su pabellón, no debe venderse como "abanderamiento", pero sigue siendo
válido para venderse como "certificado de propiedad". Aunque pueda carecer
de interés.


Salud y
__________________


El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184
Citar y responder
  #39  
Antiguo 20-11-2018, 08:12
Avatar de LP706
LP706 LP706 Conectado
Corsario
 
Registrado: 27-10-2006
Edad: 70
Mensajes: 1,965
Agradecimientos que ha otorgado: 73
Recibió 372 Agradecimientos en 226 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Respuesta: Ya empieza a quedar claro.

El ICP al ser un instrumento creado por un organismo "supranacional" y con una finalidad muy concreta y regulada de forma muy clara en la norma que lo crea y nunca ha podido otorgar el abanderamiento "nacional" a una embarcación.

Si en algunos ICP Holandese aparece "Dutch" será porque al rellenar la solicitud se ha indicado es bandera, aunque no fuera cierto.

Holanda tiene su propio sistema de abaderamiento y registro y en ninguna parte se dice de modo expreso que el ICP te permita abanderar.

No ha habido un cambio de legislación, sino una aclaración de la administración Holadesa, dejando claro que el ICP no te otorga la bandera, de modo que si no hay cambio de legislación, ni te la otorga ahora, ni te a otorgaba antes.

Es posible que "gestores náuticos" hayan engañado a unas personas que estaban deseando que las engañaran y que como queda de manifiesto en multitud de hilos, no solo incumplen la normativa Española sino que pretenden aprovercharse de la normativa de otros países incumpliendo su normativa, simulando domicilios donde no existen, intentando crear sociedades que parezcan ser propietarios de un porcentaje de sus barco, o buscando un pardillo que les haga de representante.
Citar y responder
  #40  
Antiguo 20-11-2018, 11:48
Avatar de Jadarvi
Jadarvi Jadarvi esta desconectado
Expulsado
 
Registrado: 25-11-2008
Localización: Baleares y alrededores... pero en realidad por donde puedo.
Edad: 58
Mensajes: 8,752
Agradecimientos que ha otorgado: 3,052
Recibió 5,564 Agradecimientos en 1,700 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Ya empieza a quedar claro.

El tema de la ICP es curioso, puesto que lo cierto es que en la solicitud no se indicaba la bandera, no podía indicarse, y la ICP indicaba que el pabellón era holandés.


Yo, navegando por ahí, he visto barcos con ICP holandesa cuyos armadores eran de diversos países y no he sabido jamás de nadie que tuviese un problema. Ahora lo que ocurre es que, dado el mal uso, las autoridades holandesas han realizado una serie de puntualizaciones y han definido el pabellón como "not applicable". Las consecuencias de esto son que, de acuerdo con lo que se ha expuesto últimamente, comunicaciones que yo he tenido con la Watersportverbond, el propio Kadster y otros abogados, la ICP no supone que el barco sea holandés por lo que no goza de la protección de convemar y, además, sólo puede navegar en aguas interiores europeas, el equivalente a Zona 4. Hay quien entiende que sí se puede enarbolar el pabellón holandés, yo no lo tengo claro, y más de una vez he expresado mi preferencia por el pabellón belga que sí se obtenía mediante la inscripción en un registro marítimo estatal.

Por otra parte, como se ha indicado más arriba, existe la posibilidad de que un no residente pueda registrar su barco en Holanda recurriendo al Kadaster, para ello necesita, entre otras cosas, un certificado de arqueo que es expedido por un inspector reconocido por el Reino de Holanda, lo que encarece bastante el proceso por cuanto hay que pagar los gastos de desplazamiento, etc...


En cuanto al registro británico, se ha dicho que el SSR es una ICP, y no estoy del todo de acuerdo, puesto que el SSR es un registro simplificado que está incluido en el Registro Marítimo británico, sólo accesible a personas físicas residentes en su territorio, y que es válido internacionalmente, sea donde sea. Lo curioso es que el mismo documento dice normalmente que no es prueba de propiedad, por lo que no puede ser una ICP. Además, el propio certificado define el SSR como "Part Three" del "Registry of British Ships", por lo que sí le otorga al barco la nacionalidad británica de acuerdo con lo dispuesto en la "Merchant Shipping Act" de 1995.


Los no residentes pueden acceder al "Part One" del registro, siempre y cuando dispongan de un representante con una dirección válida en el Reino Unido. Y ese registro, más completo, mucho más, sí es prueba de propiedad y, al igual que el nuestro, también permite la inscripción de cargas, contratos de fletamento, etc..."


Creo, sinceramente, que en el tema de la ICP nadie ha estafado a nadie, ni nadie ha engañado a nadie, y lo que ha ocurrido no puede ser achacado a los profesionales españoles, sino al mal uso que algunas entidades han hecho de este tipo de documentos.


En cuanto a Bélgica, simplemente creo que se han asustado ante el aluvión de registros de barcos pertenecientes a no residentes y han optado por restringir el acceso a su registro marítimo, y entre otros motivos está la seguridad.


salud!!!
Citar y responder
9 Cofrades agradecieron a Jadarvi este mensaje:
Apagapenol (20-11-2018), atria (20-11-2018), enric rosello (20-11-2018), Javi-Miss Regina (20-11-2018), Juan de Nova (21-11-2018), markuay (21-11-2018), miguel ibiza alm (20-11-2018), port bo (20-11-2018), Sagitari (21-11-2018)
  #41  
Antiguo 20-11-2018, 16:42
Avatar de Apagapenol
Apagapenol Apagapenol esta desconectado
Obersteuermann
 
Registrado: 01-03-2009
Localización: Donde sea que haya calado
Mensajes: 6,749
Agradecimientos que ha otorgado: 1,640
Recibió 6,405 Agradecimientos en 2,916 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Ya empieza a quedar claro.

Impecable explicación, cofrade Jadarvi. Como de costumbre.

Saludos y
__________________
Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)
Citar y responder
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Apagapenol
Jadarvi (20-11-2018)
  #42  
Antiguo 20-11-2018, 20:56
Avatar de fende_testas
fende_testas fende_testas esta desconectado
Capitán pirata
 
Registrado: 25-08-2014
Localización: Galicia
Edad: 61
Mensajes: 962
Agradecimientos que ha otorgado: 146
Recibió 458 Agradecimientos en 304 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Ya empieza a quedar claro.

Cita:
Originalmente publicado por Jadarvi Ver mensaje
.... la ICP .... Hay quien entiende que sí se puede enarbolar el pabellón holandés, yo no lo tengo claro...
A día de hoy el ministerio holandés correspondiente indica explícitamente que no da derecho a la bandera holandesa.

"An ICP is expressly not a proof of nationality and registration such as the Certificate of Registry is, and it does not give the right to fly the flag of the Netherlands."

https://english.ilent.nl/themes/pleasure-crafts

Antes si, aunque el certificado, al no ser expedido por el estado, podía no ser reconocido en algunos países fuera de Europa.

Un saludo.
Citar y responder
  #43  
Antiguo 20-11-2018, 21:53
Avatar de LP706
LP706 LP706 Conectado
Corsario
 
Registrado: 27-10-2006
Edad: 70
Mensajes: 1,965
Agradecimientos que ha otorgado: 73
Recibió 372 Agradecimientos en 226 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Respuesta: Re: Ya empieza a quedar claro.

Cita:
Originalmente publicado por fende_testas Ver mensaje
A día de hoy el ministerio holandés correspondiente indica explícitamente que no da derecho a la bandera holandesa.

"An ICP is expressly not a proof of nationality and registration such as the Certificate of Registry is, and it does not give the right to fly the flag of the Netherlands."

https://english.ilent.nl/themes/pleasure-crafts

Antes si, aunque el certificado, al no ser expedido por el estado, podía no ser reconocido en algunos países fuera de Europa.

Un saludo.
La "norma" que establece el ICP dispone expresamente que puede ser emitido por el Estado o por "Organismos autorizados por el Estado"
En Holanda se autorizan varios organismos para emitirlo.
Citar y responder
  #44  
Antiguo 21-11-2018, 08:12
Avatar de fende_testas
fende_testas fende_testas esta desconectado
Capitán pirata
 
Registrado: 25-08-2014
Localización: Galicia
Edad: 61
Mensajes: 962
Agradecimientos que ha otorgado: 146
Recibió 458 Agradecimientos en 304 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Respuesta: Re: Ya empieza a quedar claro.

Cita:
Originalmente publicado por LP706 Ver mensaje
La "norma" que establece el ICP dispone expresamente que puede ser emitido por el Estado o por "Organismos autorizados por el Estado"
En Holanda se autorizan varios organismos para emitirlo.
Sim pero "puede", no quiere decir que lo haga, en holanda (a día de hoy) hay 2 asociaciones "privadas" que emiten ICP. El estado registra ILT:

Un saludo.
Citar y responder
  #45  
Antiguo 21-11-2018, 11:05
Avatar de Jadarvi
Jadarvi Jadarvi esta desconectado
Expulsado
 
Registrado: 25-11-2008
Localización: Baleares y alrededores... pero en realidad por donde puedo.
Edad: 58
Mensajes: 8,752
Agradecimientos que ha otorgado: 3,052
Recibió 5,564 Agradecimientos en 1,700 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Ya empieza a quedar claro.

Cita:
Originalmente publicado por fende_testas Ver mensaje
A día de hoy el ministerio holandés correspondiente indica explícitamente que no da derecho a la bandera holandesa.

"An ICP is expressly not a proof of nationality and registration such as the Certificate of Registry is, and it does not give the right to fly the flag of the Netherlands."

https://english.ilent.nl/themes/pleasure-crafts

Antes si, aunque el certificado, al no ser expedido por el estado, podía no ser reconocido en algunos países fuera de Europa.

Un saludo.
Por eso digo que no lo tengo claro, he visto un estudio que dice que, al estar el registro emisor de la ICP emitido por una entidad autorizada por el Reino de Holanda, entiende que sí puede enarbolar el pabellón holandés, pero no quedaría cubierto por los derechos que Convemar atribuye a la bandera holandesa precisamente porque así lo dice el estado que autoriza a esas entidades.

En fin, que sigo sin tenerlo claro, por eso en mi despacho hemos hecho muy pocas ICP's y bastantes abanderamientos en Bélgica en estos años pasados.


salud!
Citar y responder
  #46  
Antiguo 21-11-2018, 13:03
Avatar de Bertie
Bertie Bertie esta desconectado
Corsario
 
Registrado: 13-05-2016
Localización: Cantábrico
Edad: 57
Mensajes: 1,749
Agradecimientos que ha otorgado: 214
Recibió 772 Agradecimientos en 530 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Ya empieza a quedar claro.

Lo que está claro (ya lo he leído por bastantes sitios) es que el derecho marítimo es mucho más complicado que el "terrestre", porque entran en confluencia muchas jurisdicciones: país ribereño, país de pabellón, convenios internacionales... y en muchos casos hay conflictos casi irresolubles. P.ej., si se produce un delito en un megacrucero, es bastante difícil saber quién tiene la potestad de investigarlo, y en su caso, de juzgar a los autores, ya que depende de por dónde estuviese navegando el "bicho", entre otras muchas cosas.
__________________
incerti quo fata ferant, ubi sistere detur
...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos.
Citar y responder
  #47  
Antiguo 21-11-2018, 13:05
Avatar de ddelgrac
ddelgrac ddelgrac esta desconectado
Capitán pirata
 
Registrado: 21-10-2008
Localización: Catalunya
Edad: 53
Mensajes: 681
Agradecimientos que ha otorgado: 472
Recibió 282 Agradecimientos en 136 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Ya empieza a quedar claro.

Buenas Cofrades,

Además del tema del ICP, que según la interpretación puedes o no enarbolar la bandera Holandesa y puedes o no navegar a menos/mas de 12 millas.

Si tienes el MMSI dado de alta por el ministerio de telecomunicaciones holandés, no es una muestra clara de que el ICP es totalmente legal como hasta ahora?

Por qué digo yo, si no fuera legal, porque no anulan o dejan de renovar todos los MMSI que tienen el ICP como Drug o not applicate?

Por que el MMSI ya no lo da una asociación de navegantes, si no que es el propio ministerio.

Si te vas a otra bandera de conveniencia o vuelves a españa, no te aceptaran un mmsi de otro país.

Citar y responder
  #48  
Antiguo 21-11-2018, 13:08
Avatar de hma
hma hma esta desconectado
Capitán pirata
 
Registrado: 13-09-2018
Localización: Mediterráneo
Mensajes: 574
Agradecimientos que ha otorgado: 248
Recibió 160 Agradecimientos en 120 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Ya empieza a quedar claro.

Cita:
Originalmente publicado por Bertie Ver mensaje
Lo que está claro (ya lo he leído por bastantes sitios) es que el derecho marítimo es mucho más complicado que el "terrestre", porque entran en confluencia muchas jurisdicciones: país ribereño, país de pabellón, convenios internacionales... y en muchos casos hay conflictos casi irresolubles. P.ej., si se produce un delito en un megacrucero, es bastante difícil saber quién tiene la potestad de investigarlo, y en su caso, de juzgar a los autores, ya que depende de por dónde estuviese navegando el "bicho", entre otras muchas cosas.
Pues precisamente eso el derecho internacional lo deja meridianamente claro , otra cosa es que desconozcas las reglas aplicables a la jurisdicción penal y por eso pienses que no está resuelto
Citar y responder
  #49  
Antiguo 21-11-2018, 13:57
Avatar de fende_testas
fende_testas fende_testas esta desconectado
Capitán pirata
 
Registrado: 25-08-2014
Localización: Galicia
Edad: 61
Mensajes: 962
Agradecimientos que ha otorgado: 146
Recibió 458 Agradecimientos en 304 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Ya empieza a quedar claro.

Cita:
Originalmente publicado por ddelgrac Ver mensaje
Buenas Cofrades,

Además del tema del ICP, que según la interpretación puedes o no enarbolar la bandera Holandesa y puedes o no navegar a menos/mas de 12 millas.

Si tienes el MMSI dado de alta por el ministerio de telecomunicaciones holandés, no es una muestra clara de que el ICP es totalmente legal como hasta ahora?

Por qué digo yo, si no fuera legal, porque no anulan o dejan de renovar todos los MMSI que tienen el ICP como Drug o not applicate?

Por que el MMSI ya no lo da una asociación de navegantes, si no que es el propio ministerio.

Si te vas a otra bandera de conveniencia o vuelves a españa, no te aceptaran un mmsi de otro país.

Porque el ICP, al quedar solo como registro de propiedad, válido 100% en aguas holandesas, no es incompatible con el MMSI holandés.

Por analogía, en el caso de "inscripción" de embarcaciones recreo <12 metros que se puede realizar en España, (que no permite salir al extranjero, ya que no da abanderamiento), pero si puedes tener un MMSI español.

El problema hoy es tener un ICP "nuevo" y navegar fuera de aguas holandesas.

Un saludo.
Citar y responder
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a fende_testas
ddelgrac (21-11-2018)
  #50  
Antiguo 21-11-2018, 17:30
Avatar de Al Idrisi
Al Idrisi Al Idrisi esta desconectado
Piratilla
 
Registrado: 31-01-2010
Localización: Por ahora litoral Catalán
Edad: 57
Mensajes: 79
Agradecimientos que ha otorgado: 1
Recibió 33 Agradecimientos en 15 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Ya empieza a quedar claro.

Cita:
Originalmente publicado por kakyka Ver mensaje

Lo primero mis agradecimientos por sus aclaraciones.
Pero "empieza a quedar claro" o ya está todo claro.
Mis pretensiones son muy sencillas, tengo echado el ojo a un KELT 707 en Francia (6.98 metros de eslora) y cuando ya lo tenia todo preparado, vendedor, transporte, varadero para descargarlo, etc. voy a la gestoria náutica... y zasca.
Holanda ya no abandera y Belgica va a cambiar. ¡Explicale esto al frances con quien he negociado!. No quiero pensar lo que pensará de mi.

¿Me aconseja que retome el tema con la gestoria, o aun no lo tendra claro? Suponiendo que alguna vez lo tuviera claro.

Qué casualidad! Yo acabo de comprar un Kelt 707 DL en Francia, le he puesto bandera belga (octubre), y lo estoy trayendo por mar
Citar y responder
Responder Ver todos los foros en uno

Freedom sea

Herramientas
Estilo

Reglas del foro
No puedes crear discusiones
No puedes responder a mensajes
No puedes editar tus adjuntos
No puedes editar tus mensajes

BB code está activado
Emoticonos está activado
El código [IMG] está activado
El código HTML está desactivado
Ir a


Todas las horas son GMT +1. La hora es 21:59.


Powered by vBulletin® Version 3.7.0
Copyright ©2000 - 2026, Jelsoft Enterprises Ltd.
© La Taberna del Puerto