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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Pregunta con fin ahorrador (de tiempo, y sobre todo de pasta):
Si los títulos no caducan, pero sí lo hacen las tarjetas, por que no llevar a bordo el título original (o copia autenticada), en vez del carnet? Nos ahorraríamos un montón de tiempo y dinero en certificados médicos, tasas, fotos carnet, etc. |
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#2
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Muy buenas!!! ![]() Esto es lo que dice la normativa en cuanto a las renovaciones. La verdad es que primero dice que los títulos no tienen caducidad, pero luego habla de renovación de títulos. Copio el texto: Articulo 21. Período de validez de la documentación. 1. Los titulos no tienen caducidad. anos.2. Las tarjetas tendran un periodo de validez de diez anos, transcurrido el cual deberan renovarse, acompanando a la correspondiente solicitud nuevo certificado medico y el justificante del pago previo de los correspondientes derechos. 3. Cumplidos los setenta anos de edad, los interesados deberan renovar sus tarjetas por periodos de dos Articulo 22. Renovación de títulos y tarjetas. 1. Ademas de los supuestos previstos en los apartados que figura en los epigrafes a), b) y d) del articulo 19.1, 2 y 3 del articulo anterior, procedera la renovacion de la tarjeta, en los siguientes casos: caducidad; deterioro manifiesto, perdida o robo. La solicitud de renovacion debera solicitarse ante la administracion que expidio la tarjeta. Tambien procedera la renovacion del titulo en los casos citados en el primer parrafo, con la excepcion de la caducidad. 2. En el caso de la renovacion de las tarjetas de recreo expedidas por la Direccion General de la Marina Mercante, la documentacion a aportar sera la misma que figura en los epigrafes a), b) y e) del articulo 19.1, debiendo abonar el importe de la tasa correspondiente al concepto de renovacion de tarjeta, de acuerdo con la tasa creada en el articulo 17 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social debidamente actualizada. 3. En el caso de la renovacion de los titulos de recreo expedidos por la Direccion General de la Marina Mercante, la documentacion a aportar sera la misma que la debiendo abonar el importe de la tasa correspondiente al social debidamente actualizada.concepto de renovacion de titulo, de acuerdo con la tasa creada en el articulo 17 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden En cualquier caso la tasa de la DGMM en el año 2010 para renovar una tarjeta es de 7,12 Euros, así que tampoco se puede decir que sea un gran ahorro. Lo que mas te va a costar es que te hagan el certificado médico. Saludos!
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#3
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La renovación de la tarjeta requiere, además de pagar las tasas, la presentación de un certificado médico. Tal vez por eso se requiere la renovación. Con el permiso de conducir ocurre algo similar.
Un saludo y buena mar ![]() |
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#4
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Cita:
Porque el título es un "ente" que no existe físicamente. Para acreditar el título, se requiere una tarjeta. Es como el carné de conducir (correctamente llamado "permiso de conducción"). El "permiso" (= título) se acredita con un "carné" (tarjeta). Saludos |
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#5
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Además de el carnet, se expide un título/diploma (por lo menos an algunas comunidades autónomos). Este no caduca.
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