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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#251
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Editado: Spam
Editado por Atarip en 22-11-2013 a las 21:28. |
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#252
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Si el administrador del foro puede enviar alegaciones a la O.M. sugiero que para el PER se debería ampliar la distancia desde la costa al menos a 25-30 millas, está muy bien ir a Baleares pero desde donde, desde el lugar más próximo o desde cualquier punto?.
Quieren facilitar la navegación y lo que hacen es complicarla. Saludos |
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#253
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Pues si, parece ser que nos han facilitado la vida estudiantil a los que aspiramos al CY algun día, aunque no quiero saber cuanto van a costar las prácticas pertinentes... 48h... Yo voy contrareloj porque tengo que hacer las prácticas de PY (Motor y Radio) antes de que se publique, de lo contrario... estaré jodido. Mi pregunta es: Sabiendo que ahora es el turno de los "agentes sociales" (que yo no se quienes son) para formular alegaciones, podemos estimar un plazo más o menos concreto?? Es decir, tienen estos agentes sociales un plazo concreto para presentar sus alegaciones? Es previsible que las haya?? Podemos en base a esto establecer alguna previsión?? Gracias Editado por Mr_River_X en 22-11-2013 a las 23:09. Razón: Cambio de pregunta. |
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#254
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#255
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1.-2.2 La superación del curso de formación de radio-operador de largo alcance habilita para la
obtención de cualquiera de los títulos contemplados en esta orden así como el certificado de navegación. Una vez superado este curso y obtenido la titulación correspondiente no será necesario repetirlo nuevamente para la obtención de cualquier otra titulación de las contempladas en esta orden. 2.3 La superación del curso de formación de radio-operador habilita para la obtención de los títulos de patrón para navegación básica y la certificación de navegación. Una vez superado este curso y obtenida la certificación de navegación, no será necesario realizarlo de nuevo para obtener la titulación de patrón para navegación básica. ALEGACIONES: En el apartado 2.3. del curso de formación radio-operador, se debería incluir también el patron de embarcación de recreo, pues el instructor que tenga el certificado de especialidad de operador restringido cubre la zona a A1¡¡, que es precisamente donde va a navegar el patron de embarcacion de recreo, en la zona de baleares y canarias. Referencias: http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CAST...ridadMaritima/ 2.-Director de escuela náutica de recreo: Persona responsable de la dirección y desarrollo de la actividad de la escuela, así como responsable de la correcta y veraz emisión de los certificados de navegación que pueden emitir las escuelas, y del refrendo de los certificados que acreditan la realización de las prácticas y cursos de formación impartidos en la escuela. No he visto que esta figura se le exige ningún tipo de formación naútica y reglada¡¡ O sea que según el borrador, cualquier persona sin estudios reglados-naúticos, va a ser el responsable de validar los certificados de navegación¡¡¡ por el encima del instructor¡¡. 3.-Las prácticas y cursos de formación se realizarán por un instructor responsable de su impartición conforme a lo previsto en esta orden, sin que en ningún caso pueda corresponderse la persona del instructor o instructores con el director de la escuela. En este apartado el instructor podría también ejercer la figura de director de la escuela. |
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#256
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El dinero que mueve la nautica de recreo y que alimenta a instituciones, escuelas, puertos, etc, sale de nuestro bolsillo Por ello seria deseable que el administrador transmita la opinion de este foro al ministerio de fomento y si es necesario realice una encuesta en primera pagina. Personalmente no puedo estar de acuerdo con la eliminacion del examen practico, la abusiva subida de horas practicas, la capacidad de las escuelas de otorgar titulos, y algunas otras ![]()
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Ningun problema puede ser resuelto en el mismo nivel de conciencia en que ha sido creado. Albert Einstein |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a gerza | ||
navegante 2007 (25-11-2013) | ||
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#257
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Para ser director hay que ser como mínimo diplomado en navegación marítima o desde la entrada en vigor del plan bolonia ingeniero en náutica y transporte marítimo saludos |
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#258
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![]() ![]() Tienes toda la razón. Pero ya es tarde para reivindicar lo que dices (creo) Habría que haber actuado antes. Saludos |
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#259
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![]() ![]() La mayoría de escuelas y academias no respeta ni cumple este tipo de normas. También en la normativa actual se establece que deben tener un Jefe de Estudios con un título determinado y si se les pregunta quién es el Jefe de Estudios se ríen. Por otra parte, la homologación para escuelas y academias trata de impedir la enseñanza libre. A veces se dedican a denunciar a profesores particulares. Y la DGMM no es nadie para impedir que un marino profesional imparta clases particulares a los ciudadanos. Eso mantienen los marinos profesionales... |
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#260
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Para mi no hay ninguna duda.....el fin de todo esto era mejorar la venta de barcos y aumentar el balance en las academias nauticas, exactamente ocurrio con los carnet de vehiculos.....lo dice uno que se saco el carnet en su dia por libre con unas tasas de 750 pst a trafico y el coche lo ponia trafico, la historia se repite.
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| 3 Cofrades agradecieron a Olatu este mensaje: | ||
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#261
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Una pequeña corrección, cuando dije director me refería al jefe de estudios, para el director no hay ningún requisito especial, aunque normalmente la figura del director y jefe de estudios suele ser la misma
Orden Fom 3200/2007 artículo 24 párrafo c) 3. El jefe de estudios deberá poseer un título profesional marítimo de nivel igual o superior al de piloto de segunda de la marina mercante o de una titulación de diplomado en náutica y transporte marítimo o licenciado en náutica y transporte marítimo, así como los homologados por el Real Decreto 1954/1994,de 30 de septiembre, sobre homologación de títulos a los del catálogo de títulos universitarios oficiales. Editado por whitecast en 25-11-2013 a las 11:17. |
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#262
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Hola, alguien ha logrado esclarecer si la habilitación a vela de los títulos ya sacados será respetada para los posteriores (con la reforma)?
Es decir, un PER habilitado a vela va a necesitar, con la nueva reforma, sacarse la habilitación a vela para sacarse el PY, por ejemplo? |
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#263
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Una consulta,a ver si alguien puede ayudarme.
Yo tengo pensado bajar a examen del PER en diciembre. Debo hacer las prácticas antes,o en caso de hacerlas y no aprobar el examen me afectaría ya está reforma y no serían válidas? Creo entender que decís que desde que salga en el boe, sigue habiendo unos tres meses hasta que sea efectiva? Saludos ![]() ![]() ![]() ![]() |
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#264
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Cita:
Por partes, de abajo a arriba. Disposición final cuarta. Entrada en vigor. Esta orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. osea YA! Las prácticas: Disposición adicional octava. Situaciones derivadas de la aplicación de la Orden FOM.3200/2007, de 26 de octubre. Las personas que hubiesen realizado en su totalidad alguna de las prácticas reguladas en la orden FOM/3200/2007, deberán completar aquellas que les falten de acuerdo a lo estipulado en esta orden para la expedición del título, disponiendo de un plazo máximo de 24 meses, contados desde la entrada en vigor de la presente orden para cumplir los requisitos de expedición del título exigidos en ésta y realizar su solicitud. De lo contrario y teniendo en cuenta el párrafo segundo del artículo 17, deberán someterse de nuevo a la totalidad de las pruebas según lo especificado en esta orden. A mi modo de ver significa: si ya has hecho las practicas de radio, de navegación o de vela, las que tengas completadas se te respetan y haces lo que te falte con la nueva normativa. En otras palabras, si ya tienes radio solo tienes que hacer navegación y vela (en su caso), si tienes todo, solo tienes que hacer el examen con la nueva normativa. Espero haberlo entendido bien... Mi recomendación es que hagas todas las practicas que puedas con máxima urgencia. Por ejemplo Radio de PER ahora son 2h pero serán 16h con la nueva normativa. Si puedes hacer todas las prácticas ya, mejor que mejor. Ya harás el teórico una vez publicada la reforma en el BOE, puesto que parece que será algo más fácil. Pero léetelo todo muy bien no vaya a ser que yo te haga meter la pata. Pongo de nuevo el link:http://www.naucher.com/es/actualidad...embre/_n:1374/ Por cierto, es un borrador, susceptible a modificaciones, así que aunque sea poco probable, existe la posibilidad de que en el redactado final pongan un par de líneas y ya no te sirvan las prácticas si, por ejemplo, no te has examinado (muy dificil, pero posible). Suerte! |
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#265
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Cita:
Intentaré hacer todas incluida vela,y el examen teórico en diciembre, aunque el nuevo sea más fácil, por intentar tenerlo todo antes de que cambie la normativa. Espero que no sea el cambio ya. Saludos. ![]() |
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#266
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Rondas, que espero no se nos atraganten con la nueva normativa!!!
Al obtener el PER y habilitarlo a vela, con esas practicas ya me valía para todos los títulos PY y CY, osea que imagino que eso lo mantendrán. Me imagino que las practicas de radio no valdrán para PY ni CY. Además quieren atajar el que el que navegue con bandera extranjera no navegue sin titulación, o con la española o la del pais de abanderamiento. La pregunta es la siguiente,yo con el PER y barco de bandera belga,¿cumplo la legalidad de esta norma, pues las aguas juridiccionales son doce millas, si voy a Baleares? Las doce del PER, más al tener bandera belga , puedo navegar a partir de esa distancia de la costa española hasta el infinito y más lejos aún??? ![]() ![]() |
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#267
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Cita:
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#268
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![]() ![]() Parece claro que no sobra estudiar Legislación. Asignatura de PY. Salud |
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#269
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![]() ![]() Era la pregunta de un ignorante. Gracias por la aclaracion. ![]() ![]() |
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#270
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Visto lo visto, esta semana y la próxima, voy a hacer todas las prácticas, incluido vela y radio. Más vale prevenir, que pagar....más.
Enviado desde mi GT-N7100 mediante Tapatalk |
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#271
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¿Dónde lo dice? Se me pasó desapercibido.
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#272
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lo primero lo tengo claro,hacer millas y coger experiencia,
![]() ![]() despues ya buscaré bandera |
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Cita:
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#274
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No es que importe mucho, pero el "titulin", desaparece?
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#275
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Buffff, por los pelos... o no.
Yo aprobé el teórico del PER el 16 de noviembre, tengo las prácticas de radio este jueves 28 y las prácticas de navegación el 14 y 15 de diciembre. Si es por mi que se esperen a enero del año que viene para publicar la orden , que con estas cosas luego siempre hay lío y no se aclaran. No quiero verme haciendo todo de nuevo ![]() ![]() |
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