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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenas,
no consigo tener claro qué restricciones aplican a los navegantes de recreo... Alguien puede aclararme como está la cosa? Sólo se pueden hacer salidas por nuestra zona? Me pueden impedir el fondeo ¿? o la entrada en puerto si vengo, por ejemplo de otra comunidad autónoma? Me pueden multar? Si alguien me brinde un poco de luz lo agradeceré ya que estoy buscando barco y me gustaría saber qué podré hacer y qué no, además de si podría hacer el traslado si consigo barco en una comunidad que no sea la mía... Pidan lo que gusten en la barra, que invito yo! ![]() ![]() ![]() |
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#2
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Cita:
En cuanto a horarios, aplica el toque de queda, y en cuanto a tripulantes, lo mismo que para las comidas que puedas organizar en una casa. Todo ésto suponiendo que no te refieres a marcharte a recorrer mundo ![]() ![]()
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Courage mieux que l'argent IG @asailorsoul |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a humpback | ||
Mr_River_X (30-12-2020) | ||
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#3
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Cita:
![]() Pero quien tiene lógica en este mundo actual? ![]() |
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#4
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Casi que lo que no tiene lógica es el mundo actual en sí, pero mejor no entrar en este tema que viene el tabenero y aporrea la mesa... y lo que es peor, nos deja sin bebidas....
![]() ![]() Pues nada... supongo que toca esperar a que vayan levantando restricciones... por algún motivo tenía la esperanza de que me dijeráis que si quiero ir a fondear a baleares, por ejemplo, siendo de catalunya, no pudieran decirme nada si no piso tierra... ![]() ![]() ![]() |
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