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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenas a todos
![]() estoy pensando en la compra de un velero de segunda mano en Canarias, y traérmelo para la península, que es donde yo resido. Además del ITP, ¿hay que pagar algún impuesto más? Se por lo que he leido por aquí, que en sentido contrario, península-Canarias, hay que pagar otros impuestos (importación, etc...). En mi caso es compro de segunda mano en Canarias y vuelvo a la península. Muchas gracias ![]() ![]() ![]() |
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#2
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No creo que haya problemas. Si que tamabien he oído que aquí cascan determinados arbitrios sabe dios que es eso, mas el IGIC. pero será para determinados productos. Te lo digo porque yo compre un barco que vino de la península. se hizo un contrato de compraventa y se pagó el ITP. no he oído más. De todas maneras la legislación es muy enrevesada, y más la náutica. pero vamos a mi entender es así. Mientras el barco estuviera en regla.
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#3
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Me parece que de Canarias a la península, o sea, de territorio extracomunitario a territorio comunitario te va a tocar pasar por caja bastante
Ya dirán los expertos, pero me da que no va a se barato.... Una ronda para pasar el trago! ![]() |
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#4
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Quien ha dicho que Canarias es territorio extracomunitario ??!!
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#5
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A efectos fiscales, Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto de Valor Añadido.
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#6
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Cita:
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#7
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Gracias por la aclaración pero claro asi a palo seco no entendía.
tiene tela el tema ![]() |
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