Cita:
Originalmente publicado por Pepota
Patron portuario
Atribuciones: Patrón de buques mercantes de arqueo bruto no superior a 100 GT que realicen navegaciones que no se alejen más de 3 millas de puerto y que transporten un máximo de 150 pasajeros. Puede ejercer simultáneamente las funciones de patrón y jefe de máquinas, siempre que el buque cuente con los automatismos adecuados y la potencia no rebase los 375 KW en un solo motor, o el doble en dos o más motores.
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de acuerdo. ese tipo de estudios por qué vía van??. Dónde se pueden realizar? son de marina mercante??
es que soy de secano y no tengo ni idea del asunto.
mushass gracias