Cita:
Originalmente publicado por Palo-Palo
Entiendo que te refieres únicamente al asunto de las titulaciones, no?
Si es así, yo también tengo mis dudas sobre la interpretación de la capitanía de Cádiz, puede que no vayan tan desencaminados...
 
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Sisisi claro. El barco es un "bien" en el pais de bandera y por lo tanto se rige por las normas de su bandera esto no tiene ningún resquicio. Tampoco si el barco está fuera de aguas jurisdiccionales que el patrón se rige por las normas de bandera. Ahora bien, en aguas jurisdiccionales españolas un español tiene que tener los requisitos que marca su pais, pero tambien tiene que cumplir las de la bandera que lleve. Peeeeero esto es una simple opinión, ya que escrito no hay nada pues la norma es novedosa y la administración aún no ha legislado. Por tanto será interpretación de capitanías tipo lo de la balsa en barcos zona 3 navegando zona 4.