Re: Trámites cambio a bandera belga/holandesa
Pues a vote pronto creo que capitanía tiene razón. En principio las autoridades marítimas pueden impedir por razones administrativas el derecho de paso inocente. En nuestro caso no hay derecho de paso pues el barco está en un puerto de España y así ha sido declarado en su exportación. En aguas españolas regirían las normas españolas, a no ser que el barco salga de ellas, en ese caso rigen las de la bandera. Es más con la nueva reglamentación la náutica deportiva no se regirá por la legislación de la marina mercante (como tiene que ser) y por lo tanto toma más cuerpo esta interpretación de capitanía.
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