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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#26
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Lo que dice el RIPA sobre las luces de fondeo es:
REGLA 30. Barcos fondeados Los barcos fondeados exhibirán: a) Una luz blanca todo horizonte en el lugar más visible. b) Los barcos de eslora igual o superior a 50 m. llevarán una luz blanca todo horizonte en proa y otra en popa a menor altura que la primera. d) Las embarcaciones menores de 7 m. no tendrán obligación de exhibir las luces prescritas en esta Regla salvo que estén fondeadas en un canal angosto, fondeadero o zona de navegación concurridos. c) Los barcos fondeados podrán utilizar sus luces de trabajo o equivalentes para iluminar sus cubiertas. En los barcos de 100 m. o más de eslora, la utilización de las mencionadas luces será obligatoria. Lo que queramos añadir u opinar sobre el tema es 'cosecha propia'. Por cierto, ¿los barcos en boya o 'fondeo ecológico' se consideran fondeados?. saludos |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a enric rosello | ||
xplanero (31-08-2015) | ||
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