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Predeterminado Re: Despues dela bandera belga.... cual?

Los aviones de compañías españolas con matrícula extranjera (normalmente irlandesa) es porque la compañía aérea no es la propietaria de los aviones, son de alquiler sin teipulación, o para más precisión “dry leasing”, no es aplicable a la cuestión que aquí se trata.

En cuanto a lo de la bandera...
Tengo un amigo con propiedades en Costa Rica, él no podía comprar las propiedades por ser español, su situación requirió formar una sociedad de nacionalidad costarricense con actividad económica 0, ser él el títular de la sociedad y tener un gestor (abogado) en Costa Rica. Lo mismo es aplicable a la bandera belga; formar una sociedad belga, poner el barco a nombre de la sociedad y la sociedad a tu nombre et voilà...tu barco es belga de propiedad belga, eso sí, desconozco las tarifas para que te administren esa sociedad en Bélgica. Si además tu barco tiene pagado el IVA en Europa, podrías tenerlo en Europa sin las restricción de los 183 días haciendo el mismo proceso de sociedad en el extranjero propietaria del barco, en este caso extracomunitaria, y no tendrías que pagar el IEDMT pues el propietario (la sociedad extracomunitaria) no es residente fiscal español. Y que quede bien claro, NO ES EVASION. Es acogerte a unos terminos y condiciones completamente legales pero más ventajosos, igual que no es evasión deducirte la compra de una casa antes de 2014...

Ojo, hay paises en los que para tener una sociedad nacional con plenos derechos exigen que más del 50% del capital sea nacional, como por ejemplo para comprar una propiedad en Filipinas, los no nacionales no pueden y si lo haces a través de una sociedad filipina, más del 50% del capital de esa sociedad debe ser filipino.
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Cuando cruzo una calle de un solo sentido, miro a ambos lados. Esa es la fé que tengo en la sociedad.
sdk.

Editado por sundancekid en 10-03-2019 a las 14:21.
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