Re: 10% adicional en amarre
Todo esto que comentáis está muy bien y es lo que todos, más o menos, tenemos entendido, pero:
¿puedo decirle yo al director de mi puerto que en un amarre de 10 metros puedo colocar un barco de 10,90 metros y que además estoy en mi derecho, por que lo dice el real decreto tal, o lo ampara la sentencia del tribunal cual, o el derecho maritimo me ampara en el capitulo X?
Esa es la questión, por que si no, todo el mundo lo puede tener medio asumido que sí se puede hacer, pero en un momento dado te pueden hasta hacer sacar el barco, y ya ves la gracia que te puede hacer.
Saludos
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