Cita:
Originalmente publicado por bote-gin
Hola melillano, lo que me llevaría a mi primera cuestión 
Necesitaría pagar el impuesto de matriculación, y de acuerdo a respuestas anteriores, es necesario matricular,registrar y abanderar.
Si resumo lo que se ha manifestado:
Cualquier barco de pabellón extranjero, debe pagar matricula para circular libremente por aguas españolas mas de seis meses al año. Además, el hecho de pagar la matricula, implica abanderar.
No pagar matricula, y que la gc te precinte 6 meses la embarcación.
Es correcto?
Joer, el que reguló esto se fumo un puro y se quedó tan pancho 
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Hola
El hecho de pagar el impuesto no implica abanderar. No tiene nada que ver la bandera. Si es andorrana o la que sea. Si vas a estar más de 6 meses por aguas españolas te pueden exigir el pago del impuesto (si tu barco tiene 7 ó 7,5m de eslora, no recuerdo)
saludos
