Cita:
Originalmente publicado por magopepo
Hola Robinson, hola amigos, muy buenas.
A vuelateclado, y sin profundizar, tómalo sólo como una aportación "express", sin darle una segunda pensada:
3.- Para ello disponías de un plazo de un año.
4.- Que tú tuvieses o dejases de tener un seguro de reclamación de daños, desde el punto de vista del causante del daño es irrelevante. Si en un año nadie le reclamó, fin de su problema.
Poco más puedo añadir que desearte suerte.
Saludos cordiales.
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Esto no es así:El Nick del cofrade Robinson señala Catalunya (o Cataluña) como localización.En la hipótesis de que el siniestro ocurriera en territorio foral Catalan el plazo de prescripción es de tres años del CCat no del año del CC.