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Originalmente publicado por partagas
veamos, yo entiendo, acabas de aprobar el teorico de PER donde te han hecho unas preguntas de radio, ahora haces unas practicas de navegacion a motor y vela, y unas practicas de radio de 4 o 6 horas, y solicitas el titulo y te lo expiden, de acuerdo a las normas vigentes, "Normativa 3200/2007"
el dia 11 de enero de 2015, entra en vigor una nueva normativa, y a partir de esa fecha, todas las actuaciones que se realicen sobre los examenes y sobre, las titulaciones, seran de acuerdo a la norma Vigente,
o sea en el mes de enero o febrero te presentas a examen para Patron de Yate, y en ese examen, "ya no te preguntan" absolutamente "nada" de radio, haces tus practicas de P Y y "OBLIGADO" tienes que hacer un curso de operador de corto alcance, y te daran tu titulo o certificado de operador de corto alcance, y entonces solicitas la expedicion del titulo de PY, "Si no haces el curso, de radio, pues No hay titulo de patron,
asi de facil
saludos
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Yo no lo tengo tan claro. El curso será un requisito también para el PER, por lo que se entiende que si tienes el PER 2014, tienes ya acreditado ese requisito. Y el PER 2014 lo vas a tener por canje del PER 2007 o anterior.
Si hubiesen mantenido el proyecto en el que se pedía el curso de operador de largo alcance para Patrón de yate y para Capitán de yate, entonces sí que te lo exigirían; pero al haber dejado un único requisito, e igual, el curso de operador de corto alcance para los tres títulos, con tener el primero de ellos, el PER 2014, ya se te tendría que dar por cumplido.
En esta primera etapa de transición serán menos alumnos para el curso de operador de corto alcance; pero a medida que haya más aspirantes al PER, las aulas se irán llenando.
También es posible que para conseguir las atribuciones profesionales que se desarrollen en el futuro el curso de operador de largo alcance sea obligatorio, y entonces se volverán a llenar las aulas.
En el fondo es todo una cuestión de equilibrio de intereses....quizás espúreos
