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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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muy buenas a todos respecto a los cursos de operador de radio de corto y largo alcance que aparecen en el RD una pregunta. Si con hacer UNA ÚNICA vez el curso de operador de radio de corto alcance (12h) te vale para todos los títulos. ¿A quién le puede interesar hacer el de operador de largo alcance (16h) que será más caro y no es necesario para ninguna titulación? O es que hay trampa de por medio con lo que pone en este apartado: 4. El curso de radiooperador de largo alcance será de carácter opcional, siendo válido para la obtención de las titulaciones de este real decreto, sin que en dicho caso sea preciso realizar la formación específica obligatoria en radiocomunicaciones para cada título ¿O es que aparte del curso de corto alcance que se supone valido para todas las demas titulaciones PER PY y CY hay formación especifica para cada uno de ellos? gracias por vuestro tiempo |
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#2
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#3
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por lo tanto si haces el de corto alcance no es necesario hacer el de largo alcance en ningún caso no? ya que se supone que el de corto con hacerlo una vez vale
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#4
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saludos |
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#5
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muchas gracias pargatas me has aclarado el asunto
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#6
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Curso corto o largo alcance? esto no se lo acaban de sacar de la manga? antes eran practicas 2-4-8 horas creo recordar, ahora ya los denominan cursos? ENCARECIMIENTO....
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#7
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Ahora en el examen teorico han quitado la radio,es mejor asi.
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#8
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#9
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ok me ha quedado perfectamente claro muchas gracias
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#10
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En muchos paises fuera de España te piden el titulo de operador de radio
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#11
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Greo que la próxima será que si tienes vhf con dsc necesitarás el título de corto, pero si tienes onda larga en tu barquito necesitarás el de largo alcance para utilizarlo.
Pregunta: el operador de largo alcance lo reconoce el gobierno belga, pues solicita uno para el manejo de la rádio. |
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#12
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Tal como ha quedado, entiendo que el curso de operador solo lo realizarán los aspirantes a PER.
Doy por supuesto que los actuales PER y Patrones de yate, si canjean su título por el nuevo, no tendrían que hacerlo para obtener el título superior, ya que es un requisito del título que ya tienen, y, si les reconocen el título, les reconocen igualmente que han cumplido los requisitos para obtenerlo. Pero conociendo este país, y los intereses de las academias y instructores, puede pasar cualquier cosa. ![]() |
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#13
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Perdona, es equivalente a Operador Restringido de Radio GMDSS !?
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#14
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#15
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Me queda la esperanza que me lo convaliden con el de radiotelefonista naval restringido que me saqué hace años.
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#16
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Gracias Custodio!!! LA pregunta es, para CY ya no tendre que hacer dichoso curso de 12 horas , teniendo Operador Restringido de GMDSS!?
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#17
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Cita:
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a custodio | ||
VladiX (22-10-2014) | ||
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#18
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Cita:
![]() Me acabo de sacar el PER. Cuando me den el titulo "antiguo" solicito el "nuevo" y me presento a los nuevos examenes de PY... tengo que hacer las practicas de radio de corto alcance? o me convalida mi PER nuevo para no hacerlas?¿?¿? Ni en la academia me han sabido responder. ![]() |
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#19
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Cita:
el dia 11 de enero de 2015, entra en vigor una nueva normativa, y a partir de esa fecha, todas las actuaciones que se realicen sobre los examenes y sobre, las titulaciones, seran de acuerdo a la norma Vigente, o sea en el mes de enero o febrero te presentas a examen para Patron de Yate, y en ese examen, "ya no te preguntan" absolutamente "nada" de radio, haces tus practicas de P Y y "OBLIGADO" tienes que hacer un curso de operador de corto alcance, y te daran tu titulo o certificado de operador de corto alcance, y entonces solicitas la expedicion del titulo de PY, "Si no haces el curso, de radio, pues No hay titulo de patron, asi de facil saludos |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a partagas | ||
La Flecha Roja (21-10-2014) | ||
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#20
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Pues yo creo que habra que esperar a ver los requisitos para solicitar el titulo de Patro de Yate. Si en los mismos solicita el curso tocara hacerlo (ya que no dispondremos del certificado para entregar) y si solo solicitan el Titulo de PER suponiendo que ya debería tener el curso pues nos libraremos. En la norma anterior era distinto porque te exigian realizar unas practicas de radio, no te valian las del PER. Condiciones de obtención
Hasta que no pùbliquen los nuevos requisitos son todo suposiciones. Saludos. Editado por Conescom en 21-10-2014 a las 15:34. |
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#21
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Lo que me pregunto es si en el per nuevo vendra reflejado que has realizado las prácticas de radio o se da por supuesto, ya que ningún per puede ser expedido sin hacer las practicas de radio.....no se si me explico ![]() La pregunta sería: alguien con el per viejo si lo cambia por el nuevo, le obligaran a hacer las prácticas de radio de corto alcance para darselo? Y sino fuera asi y quisiera presentarse a PY le obligarian entonces aun teniendo el PER nuevo? casi lo he complicado mas con esta ultima reflexion |
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#22
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-Vale lo he encontrado (a medias)
Disposición adicional séptima. Canje de títulos Los títulos expedidos con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto, se podrán canjear, con arreglo a las siguientes equivalencias: . . . . k) Patrón de embarcaciones de recreo por patrón de embarcaciones de recreo, con las atribuciones previstas en este real decreto: atribuciones básicas. l) Patrón de embarcaciones de recreo (habilitado vela) por patrón de embarcaciones de recreo, con las atribuciones previstas en esta este real decreto: atribuciones básicas y complementaria de vela. . . . . - Asi que a mi por mi PER viejo me dan un PER nuevo con las atribuciones basicas y complementaria de vela. Entonces; que son las atribuciones basicas??¿??¿? Entra aqui la radio¿??¿? Por atribuciones basicas en el RD encuentro lo siguiente; c) Patrón de embarcaciones de recreo: 1.º Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 15 metros de eslora, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma, trazada a 12 millas de ésta. 2.º Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 15 metros de eslora, que faculta para la navegación entre islas dentro del archipiélago balear y canario. 3.º Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas - Y sumandole las atribuciones vela en caso de tenerla. Yo sigo "maquinando" , al pedir el per nuevo por el viejo me dan un carnet exactamente igual al que pueda sacarse un per con la nueva normativa, por lo que al examinarme para PY con mi per nuevo canjeado previamente por el viejo, no deberia necesitar hacer las practicas de radio puesto que ningun per nuevo puede existir sin haber hecho las practicas de radio de corto alcance... yo aqui veo un "vacio legal" del que espero beneficiarme... ![]() No se como lo veis vosotros ![]() Perdon por el ladrillo ![]() |
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#23
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Cita:
Si hubiesen mantenido el proyecto en el que se pedía el curso de operador de largo alcance para Patrón de yate y para Capitán de yate, entonces sí que te lo exigirían; pero al haber dejado un único requisito, e igual, el curso de operador de corto alcance para los tres títulos, con tener el primero de ellos, el PER 2014, ya se te tendría que dar por cumplido. En esta primera etapa de transición serán menos alumnos para el curso de operador de corto alcance; pero a medida que haya más aspirantes al PER, las aulas se irán llenando. También es posible que para conseguir las atribuciones profesionales que se desarrollen en el futuro el curso de operador de largo alcance sea obligatorio, y entonces se volverán a llenar las aulas. En el fondo es todo una cuestión de equilibrio de intereses....quizás espúreos ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Mateando | ||
VladiX (22-10-2014) | ||
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