La Taberna del Puerto Svb
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." Altair
VHF: Canal 77   
Regresar   La Taberna del Puerto > Foro > Foros Náuticos > Cuestiones legales y Asociaciones

Avisos

 
 
Herramientas Estilo
  #15  
Antiguo 04-11-2017, 13:08
Avatar de whitecast
whitecast whitecast esta desconectado
Expulsado
 
Registrado: 21-11-2007
Localización: Balears
Edad: 46
Mensajes: 3,379
Agradecimientos que ha otorgado: 1,346
Recibió 1,311 Agradecimientos en 761 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Navegación a Baleares Bandera Belga PER sin habilitación.

La respuesta a tu pregunta la encuentras en el RDL 2/2011 artículo 8

Cita:
1. Son zonas en las que España ejerce soberanía, derechos soberanos o jurisdicción, además de las aguas interiores marítimas, el mar territorial, la zona contigua y la zona económica exclusiva.

Son aguas interiores marítimas españolas, a los efectos de esta ley, las situadas en el interior de las líneas de base del mar territorial. Las aguas interiores marítimas incluyen las de los puertos y cualesquiera otras comunicadas permanentemente con el mar hasta donde se haga sensible el efecto de las mareas, así como los tramos navegables de los ríos hasta donde existan puertos de interés general.

Es mar territorial aquél que se extiende hasta una distancia de doce millas náuticas contadas a partir de las líneas de base desde las que se mide su anchura.

Es zona contigua la que se extiende desde el límite exterior del mar territorial hasta las veinticuatro millas náuticas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial.

Es zona económica exclusiva la que se extiende desde el límite exterior del mar territorial hasta una distancia de doscientas millas náuticas contadas a partir de las líneas de base desde las que se mide la anchura de aquél.
Los creo que... me pareció oir que ... me dijeron que.... en derecho tienen muy poco valor cofrade, lo único que tiene validez jurídica es el derecho positivo en vigor y ojo con confundir a la gente, esto puede suponer multas de hasta 1500 euros
Citar y responder
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a whitecast
doctaton (04-11-2017)
 

Svb


Reglas del foro
No puedes crear discusiones
No puedes responder a mensajes
No puedes editar tus adjuntos
No puedes editar tus mensajes

BB code está activado
Emoticonos está activado
El código [IMG] está activado
El código HTML está desactivado
Ir a


Todas las horas son GMT +1. La hora es 21:11.


Powered by vBulletin® Version 3.7.0
Copyright ©2000 - 2025, Jelsoft Enterprises Ltd.
© La Taberna del Puerto