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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#15
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Me parecen abusivos, pero nada nuevo. A mi en su dia tambien me hicieron una vez un presupuesto que daba susto
![]() El cambio de propietario es obligacion del comprador a no ser que llegues a un acuerdo, claro. El cambio es sencillo (hablando de barco de segunda mano). Primero tienes que pagar el ITP (Impuesto de transmisiones patrimoniales) que es un 4% del valor que hacienda le de al barco, a veces hacienda no tiene tablas para todos los modelos por lo que en ese caso pagarias un 4% de lo que hayas pagado tu por el barco (lo que ponga en el contrato compra-venta). Una vez pagado (a veces puedes hacerlo incluso por internet). Necesitas ir a capitania, alli te daran un impreso con el importe (tasas) que tienes que pagar por el cambio de titular (unos 20€). Y aprovechas para pedir el papel de solicitud de cambio de titular para rellenarlo y firmarlo tranquilamente en tu casa. Una vez que lo tengas pagado tanto el ITP como la tasa de capitania. Vuelves a capitania y entregas: 1- Contrato compra venta 2- Fotocopia DNI comprador (te la compulsaran alli) 3- Fotocopia DNI vendedor compulsada (o si vas junto al vendedor, te la compulsaran alli tambien) 4- Tasa del ITP pagada (con el sello del banco) 5- Tasa de cambio de titular de capitania pagada (con el sello del banco) 6-Solicitud de cambio de titular rellena y firmada. En el caso de tener que cambiar de lista, deberias de llamar a capitania y informarte de los pasos, si puedes hacerlo todo a la vez, si primero cambias de titular y luego de lista... Parece un poco enredoso pero en una mañana lo haces.
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"El pesimista se queja del viento, el optimista espera que cambie y el realista trima las velas" |
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