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VHF: Canal 77 |
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Denegación de amarre publico con bandera extranjera.
Buenas!! He cambiado mi comunidad de residencia, y al ir a llevar mi barco me encuentro con que me deniegan la autorización de amarre en los puertos publicos de esa comunidad. He tenido que llevarlo a un puerto de gestión privada, lo cual es una faena porque lo tengo a ¾ de hora en coche cuando el puerto publico me queda a escasos 5 minutos. El precio tambien es mas caro.
Al ir a inscribirme para obtener plaza de atraque me dijo el jefe de puertos, de palabra, que no daban plazas a barcos extranjeros, aun asi mandé la solicitud y me fue denegada por “no poder acreditar la propiedad del barco” y a que en la hoja de asiento aparecia como dado de baja (normal, baja por exportación para el cambio de bandera). He de decir que en la hoja de asiento todavia aparece como propietario el anterior armador pues fue el el que dio de baja el barco al hacer la venta según mis requerimientos. Interpuse recurso, aportando el contrato de compraventa y la hoja de pabellon, que evidentemente acreditan que el barco es mio. Y alegué que la copia actualizada certificada de la Hoja de asiento de la embarcación (que piden aportar para la solicitud) y que yo había entregado, según la legislación de esta comunidad se pide solo para comprobar las medidas del barco. En ningun momento pone que se use para determinar la propiedad. Me han denegado el recurso alegando que solo admiten como prueba de propiedad de la embarcación la Hoja de asiento (donde conste que el propietario es el que figura en ella). Ya solo me queda la opción de ir a un contencioso administrativo. Y es lo que estoy estudiando. Por ello pregunto, alguien ha estado en la misma situación? Ha ganado a la administración? Que puede costar un proceso asi y que posibilidades hay de ganar? Gracias. Saludos Auskalo
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