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Originalmente publicado por fefo
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Pues eso es lo que dice la regla 17. El "espíritu" del RIPA no es ver quien tiene la culpa o la razón, sino hacer todo lo posible para evitar abordajes. Es decir, la 1ª línea de defensa son las reglas 12 y ss. (que esas sí se las sabe todo el mundo) pero si eso falla, p.ej. si la embarcación que debe maniobrar no lo hace por avería, o tener obstáculos, sigue a rumbo, entonces le toca maniobrar al otro (de la forma que mejor estime para evitar la colisión). Y eso también es el RIPA.
Un caso práctico: Una embarcación a motor que debe maniobrar para evitar a un velero no lo hace. El velero tampoco maniobra, y se produce un abordaje. En ese caso, y suponiendo que en ambos casos no se haya maniobrado por negligencia, es posible que le tocasen 2/3 de la responsabilidad a la motora por la regla 18, y 1/3 al velero por la 17.