No puedo estar de acuerdo con tu argumentación de que si consiguieron pasar demuestra que la prohibición no estaba justificada.
Una prohibición de ese tipo trata de minimizar riesgos. Claro que se puede ir a 80 en una carretera en la que está prohibido ir a más de 50, pero estás aumentando significativamente los riesgos, e ir a esa velocidad no creo que demuestre que la prohibición no está justificada.
Los portugueses tienen larga experiencia con las barras de sus puertos, y entiendo que si cerraron el puerto ese día, en el que estaba claro que había una meteorología adversa y malas predicciones, lo hicieron para preservar la seguridad, no de una manera arbitraria.
Podría ser el caso de que la barra estuviese peligrosa con marea baja y con alta no, pero no parece justificable que una prohibición de entrada se establezca por la tarde y se levante de manera intermitente con las mareas.
Según la Autoridade Marítima Nacional, el barco atracó en puerto a las 23:49 horas de 30 de enero. La pleamar en Figueira ese día fue a las 23:37, por lo que parece que entraron en el mejor momento posible. Pero la prohibición estaba en vigor. Es posible que si se hubiesen comunicado por VHF con salvamento solicitando la entrada, tal vez las autoridades marítimas les hubieran permitido de modo excepcional hacerlo. Lo hicieron de facto, también podrían haber detenido el barco antes de la barra. En cualquier caso, la multa está perfectamente justificada y puede que ahí la actitud de la tripulación, que se supone con un VHF activo, cuente en la aplicación real de la multa o no..
Y la actitud posterior de victimismo, insultos y graves sospechas tampoco debió facilitar un posible levantamiento de la sanción, me parece que ya bastante suerte tuvieron logrando una rebaja..
Me parece una buena ocasión para que reflexionemos sobre seguridad, normas y actitud hacia quien está al cargo de la seguridad marítima.
https://www.amn.pt/Media/Paginas/Det...rF_XD-m6k3Q6h0
https://tablademareas.com/pt/coimbra/figueira-da-foz
Un saludo
