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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#11
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Convocatoria Urgente De Usuarios De Motos De Agua Y Embarcaciones De Recreo Para Tratar Sobre La Suspension Cautelar De La Orden Apa/102/2019 Del Ministerio De Agricultura, Pesca Y Alimentación, Que Está En Vigor Desde Febrero De 2019, Que Prohibe El Acceso A Todo El Perimetro De La Isla De Tabarca (incluido El Puerto) Para Las Motos De Agua Y El Fondeo Para Las Embaraciones De Recreo
Lugar: Naútica Antonio (tortola), Muelle De Poniente S/n, Santa Pola (alicante). Día Y Hora: Sábado 9 De Marzo De 2019 A Las 10:00 Horas. Notas: 1.- En Fecha 7 De Febrero De 2019 Se Publicó La Menicionada Orden Del Citado Ministerio, Y Tras La Lectura Del Art. 5.1. Apartado F Y Art. 6.1. No Estaba Claro Si Se Prohibía La Navegación De Las Motos De Agua Y Fondeo De Las Embaraciones Por Todo El Perímitero De La Reserva, O Bien, Sólo Afectaba A La Zona De Protección Especial De Reserva Marina (la Llosa). Ello Dio Lugar A Diversas Interpretaciones De Los Usurarios Al Respecto. 2.- Ante La Duda Surgida En La Interpretación De La Norma, En Fecha 11 De Febrero De 2019 Se Efectuó Consulta Por Parte De D. Alberto Padilla Garcia De Arboleya A Capitanía Maritimia De Alicante, Servicio Marítimo De La Guardia Civil, La Inspección Pesquera De La Isla De Tabarca Y La Dirección General De Recursos Pesqueros. 3.- En Fecha 7 De Marzo De 2019 Se Ha Recibido Comunicación De La Directora General De Recursos Pesqueros De Fecha 4 De Marzo De 2019 (la Cual Se Adjunta), Contestando Al Usuario De Moto De Agua Y Embarcación D. Alberto Padilla Garcia De Arboleya, Que Ha Autorizado Su Divulgación Por Interés General De Todos Los Afectados En Cumplimiento De La L.o.p.d., Aclarando Que La Prohibición De Utilización De Motos De Agua Y Fondeo De Las Embarcaciones Afecta A Toda La Reserva Marina De La Isla De Tabarca, Debido Al Ruido Que Generan Y A La Columna De Agua, Que Perjudica A Los Recursos Pesqueros De La Zona Protegida. 3.- La Orden Está Actualmente En Vigor Y Puede Provocar Denuncias Con Sanciones Economicas De Carácter Adminsitrativo. 4.- Como Quiera Que La Orden Es Recurrible Ante La Audiencia Nacional Y El Plazo Finaliza El Día 6 De Abril De 2019, Al Haber Obtenido Integramente El Expediente Administrativo, Se Está Preparando El Recurso, Y Es Conveniente Que Se Adhiera El Mayor Número De Usuarios Para Pedir La Suspensión Cautelar De La Orden. En Elche, A 7 De Marzo De 2019. |
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