La Taberna del Puerto Sergio Ponce
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Predeterminado Re: Bandera extranjera y declaración de bienes en el extranjero Modelo 720

Se tienen que declarar cuentas corrientes, valores de acciones y bienes inmuebles. Un barco es un bien mueble, no inmueble por lo tanto entiendo que no se declara.

Si creas una sociedad en el extranjero e incluyes el barco con bandera extranjera tendría que declarar el valor de las acciones no del barco, si la sociedad es española e incluyes un barco o una vivienda en el extranjero no lo declaras ya que forma parte de la contabilidad de la empresa.

De todas maneras el 720 es una declaración informativa, no implica el pago de ningún impuesto más allá que el control que pretende tener la AEAT sobre el patrimonio que pueda tener uno de cara al impuesto de patrimonio o la declaración de la renta.

Editado por fluxa en 21-10-2020 a las 12:42.
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Sergio Ponce

Etiquetas
bandera extranjera, modelo 720


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