Re: Valoración de amarre
Cita:
Originalmente publicado por markuay
Hasta donde yo se, al menos en mi comunidad autonoma, en el alquiler de pisos como vivienda habitual no se paga ITP, ni siquiera se paga IVA. Es mas, no solo no se paga ningun tipo de tasa o impuesto, sino que ademas desgraba entre un 40 y un 100% a las dos partes, arrendador y arrendatario.
Otra cosa puede ser en el caso de pisos turisticos.
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http://atv.gva.es/es/arrendamientos
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"With repetition come good habits, with good habits comes good seamanship, with good seamanship comes security, and with security comes enjoyment".
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