Cita:
Originalmente publicado por Sotaventop
Consultado con la gestoría dice que el plazo de 30 días es para el caso de que te denieguen el registro, por lo que pasado ese plazo sin notificación de desestimación de la solicitud se debe entender concedido el registro y por tanto esperar a la tarjeta pero se puede navegar con el certificado provisional, ya que es un documento oficial y firmado electrónicamente
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Exactamente lo que las autoridades polacas dicen es:
De conformidad con el artículo 9, apartado 2, de la Ley de 12 de abril de 2018 sobre el Registro de Yates y Otras Embarcaciones de eslora inferior a 24 m (texto refundido: Diario Oficial de 2020, artículo 1500), el propietario podrá utilizar el certificado hasta el se emite el Certificado de Registro de la Embarcación o se entrega una resolución de negativa de inscripción de la embarcación en el registro, lo que debe ocurrir dentro de los 30 días siguientes a la fecha de presentación de la solicitud.
Y que cada uno interprete como buenamiente quiera...