![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
#11
|
||||
|
||||
|
Hola a todos:
La documentación necesaria para navegar “legalmente” con embarcaciones en lista 7ª, de entre 2,5 y 24 metros de eslora, se puede concretar en 3 grupos: 1º.- Relativo a la Titulación: La que acredite el Título que habilita al patrón, que debe ser suficiente para gobernar el barco de que se trate. 2º.- Relativo a la embarcación: a) Certificado de Registro Español-Permiso de Navegación, que sustituye al Rol o Licencia de Navegación. b) Certificado de Navegabilidad. c) Seguro. 3º.- Relativo al equipamiento de la embarcación: Hay que llevar “simplemente” todo el equipo obligatorio para el barco, que debe estar homologado y en caso de que algún elemento deba ser revisado o renovado, que no haya nada “caducado”. Así, si llevas balsa, que sea una homologada y con la revisión en vigor. El extintor homologado y revisado, Las bengalas sin caducar, La radio, con su LEB. MMSI. GPS, etc, etc. etc. La casuística en este grupo es tan variada que no merece la pena entrar a detallarla, cada uno sabe lo que lleva en su barco y si lo lleva en condiciones. Saludos. |
|
|