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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Un conocido mío me ha comunicado que acaba de ser multado por fondear en el puerto de Ibiza, no dentro del puerto, sino en la zona exterior.
El es inglés, sus cartas señalan esa zona como de fondeo, pero yo tengo entendido que no se puede fondear en toda el área del puerto. Esta era la situación de su fondeo: Adjuntos 16351 Lo curioso es que la carta es una Imray y sólo tiene dos años, me podéis confirmar si en esa zona se puede o no fondear? Gracias. La multa, inicialmente era de 3.000 lereles, aunque al final le han cobrado 500 y le han dejado ir. Por eso creo que es importante que tengamos esto claro, no sea que a algún cofrade le caiga un multazo. ![]() ![]() salud y gracias por anticipado!!! |
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