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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#9
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Buenas, ahora desde el punto de vista práctico os comento
Por esto no se puede poner "una denuncia" prque no es materia penal salvo que existieran pruebas evidentes de que alquien con nombre y apellidos actuo de mala fe... no me enrollo (vamos, sí se puede pero la archivarán "ipso facto"). Lo que sí se puede, y a lo mejor es un buen principio es promover un expediente de responsabilidad patrimonial de la Administración, y eso, no os engañeis, ni es tan caro - por lo menos en fase administrativa- ni tan complicado, ni tan falto de probabilidades de que prospere. Lo que sí hay que hacer es "dar las puntadas con hilo"; en primer lugar acreditar a-c-r-e-d-i-t-a-r que el acto administrativo por el que se deniega obedece a un error no se ajusta a reglamentos; a continuación determinar la existencia de un perjuicio y su relación causal con el acto, (lo que en este caso parece fáci)l. En tercer lugar cuantificar económicamente las pérdidas o perjuicios e identificar perfectamente a las personas o entidades que los han sufrido, que serán los que los tienen que reclamar Y algunas cosillas más, o más explicadas, pero no es momento ni lugar Vamos, como siempre.. tener razón, saber exponerla... y que te la den. Lo digo absolutamente en serio, muchas veces nos detenemos ante supuestas dificultades o gastamos la pólvora en salvas cuando disponemos de medios que pueden hacer mucha pupa en donde les duele a los políticos, léase en el bolsillo y en repercusión mediática. lo dejo, que me cabreo ![]() Salud |
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