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Hermano de la costa
 
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Predeterminado Sintesis:Proceso Judicial.Astillero-Cliente. Juzgados de Ferrol. Sin concluir

Lo que seguidamente se sintetiza esta basado y respaldado por un amplio sumario que se encuentra todavía sin concluir en los juzgados de Ferrol.

Resume lo ocurrido entre un astillero y un cliente, en lo que debiera ser la construcción y adquisición de un velero.

Dado que ha habido, a juicio del autor, alguna que otra precipitación en los comentarios y conclusiones anteriores, relacionados con este tema, desconociendo el fundamento e intención de las mismas, la exposición esta bastante sintetizada.

Para intentar que lo escrito sea lo más imparcial posible, no se hace ningún tipo de comentario.

La interpretación queda a juicio de quien lo lea y a su entera libertad de hacerlo.
No es necesario enfadarse. Capacidad de reflexión y análisis es lo que se necesita.


En el año 2001 un cliente acude a un Astillero de Ferrol con la intención de adquirir un nuevo modelo que van a producir. Un velero de 9.40m de eslora. Realiza un primer pago y firma un contrato. Transcurridos dos meses efectúa un segundo pago, pasados ocho meses se le solicita más dinero. El cliente manifiesta su negativa a entregar más mientras no se inicie su velero. El representante del Astillero y el cliente tras algunas y espaciadas conversaciones no llegan a un entendimiento. El cliente solicita la devolución de las cantidades entregadas. El representante del Astillero no accede a su solicitud. Ante la negativa el cliente recurre a los Juzgados de Ferrol.

Año 2002. Acta de conciliación presentada en el juzgado. Se intenta avenir a las partes, sin acuerdo, se da por; Terminado sin Efecto.

Año 2003.Se presenta demanda de conciliación, se solicita la devolución de las cantidades entregadas, al no haberse iniciado el velero. El astillero argumenta que el cliente es un insolvente, que ha iniciado la construcción y que es el cliente el que ha ordenado la paralización al no disponer de dinero para afrontar los pagos, ocasionándole graves perjuicios. No hay acuerdo entre las partes.
Con posterioridad el cliente presenta demanda de juicio (Son aportados certificados de solvencia, saldos y movimientos de cuenta bancaria). El día en que debería celebrarse, el astillero solicita un aplazamiento al no poder comparecer su representante legal.

Año 2004. Fijada una nueva fecha y llegado el día, previo a la vista se practica un reconocimiento judicial y pericial, en las ahora nuevas instalaciones del astillero.
Se levanta acta, conforme la construcción del velero, no se ha iniciado. Celebrado el juicio, la sentencia desestima las reclamaciones contra el astillero y condena al cliente a pagar la totalidad del contrato cuando el astillero proceda a entregar el velero. La sentencia es recurrida por ambas partes. El cliente pide la devolución del dinero, el astillero manifiesta alegaciones referentes al pago de impuestos.

Año 2005. La Audiencia Provincial de A Coruña desestima el recurso de apelación, confirmando la sentencia del Juzgado en primera instancia. Al día siguiente de la notificación de la sentencia, la página de Internet del astillero es actualizada, no figuran las especificaciones ni el equipamiento que anteriormente sí constaban. La sentencia es firme, el cliente deposita el dinero que falta hasta la totalidad en la cuenta bancaria de los juzgados. Se solicita la ejecución de sentencia. El astillero presenta nuevas alegaciones de imposible cumplimiento de sentencia.

Año 2006. El cliente solicita medidas cautelares sobre el astillero demandando el cumplimiento de sentencia. El astillero presenta nuevas alegaciones. Por mandamiento judicial al registro de la propiedad se realiza una anotación de embargo trabado sobre la parcela propiedad del astillero.

Año 2007. Se apremia al astillero con multas mensuales si no cumple con lo establecido en sentencia judicial.


Todo lo anteriormente relatado esta documentado y puede ser comprobado en los juzgados de Ferrol.


[La información está dada. Las opiniones y comentarios son libres, los hechos son ciertos. El seguimiento tal vez no pueda hacerse de forma habitual y constante, como es habitual en un foro. Imprevistos que surgen y que condicionan y si a alguno le sirve para destruir, será bajo su criterio].

Un saludo y buenos vientos.
 

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