Vamos a por la caja de ron.
No dices la eslora de tu barquito, pero asumo que es menor de 10 metros. En este caso, según la legislación italiana es un "natanti da diporto".
Si tiene marcado CE, puede navegar según lo que le permita la categoría constructiva; en tu caso, con viento hasta F6 y olas hasta 2 metros de altura significativa.
Si no tiene marcado CE, hasta 6 millas de la costa. En este caso, si se certifica el barquito por un organismo técnico homologado, se puede ampliar la zona hasta las 12 millas.
Todo esto sacado al bote pronto de los artículos 22 y 27 del
DECRETO LEGISLATIVO 18 luglio 2005, n.171. Codice della nautica da diporto ed attuazione della direttiva 2003/44/CE, a norma dell'articolo 6 della legge 8 luglio 2003, n. 172. (GU n. 202 del 31-8-2005- Suppl. Ordinario n.148)
El decreto está
aquí, y tu podrás entenderlo mejor que yo, que mi italiano da para lo que da.