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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
Y si si que tengo interes tengo un velero matriculado en Francia...., y cuanto mas leo mas dudas tengo....y me exaspero. Siento haberte parecido cortante...que tengas buenas semana. Iñaki
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Navegar...Vivir...Amar... |
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#2
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Leo, releo, recontraleo, y mientras más información sobre este tema llega a mi cerebro, más desinformado me encuentro.
Al final, como mi barco tiene bandera de aquí y por otra parte, ni tengo dinero para cambiar de barco, ni me tienta colgar otra bandera distinta a la mía en su popa, desisto, no vigilaré más este hilo. Fdo. La importancia de llamarse Choquero ![]()
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Nabregar: "Acción de desplazarse por la mar en un barco que da mucho, pero que mucho trabajo" ¡¡¡Os estoy vigilando!!! ![]() Tractorista y motero |
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#3
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de tanta informacion... nos estamos desinformando... así que recapitulando, existen dos cuestiones importantes:
Previamente: Abanderar: es el hecho (voluntario) que describe el procedimiento para que un buque tenga la consideracion de Pabellon Español, con las garantias que le ofrece este pabellon. Implica posteriormente Matricular y con ello, Impuestos y Requisitos de mantenimiento (de la matricula, ya que no se pierde la bandera por no pasar ITB). Matriculacion: OBLIGA (ya no es voluntario) a los ABANDERADOS. NO es voluntario y SU OBLIGATORIEDAD se recoge en la DISPOSICION ADICIONAL PRIMERA DE LA LEY 38/1992 con redaccion dada segun modificacion por LEY 39/2010. OJO esta es norma fiscal, que INCORPORA todas las DIRECTIVAS CEE de libre circulacion de bienes (ver exposicion de motivos). 1- Obligacion de Abanderar: En principio nada obliga, salvo por lo mencionado en la norma Tributaria....que te obliga a MATRICULAR y por ende a abanderar... 2- Obligacion de Matricular: Solo se recoge en la 38/1992... modificada por la mencionada 39/2010, que (armonizando con directivas CEE) claramente deja de obligar a matricular si pagas. Otra cosa es el tema de requisitos y revisiones. Ya comente anteriormente que hay unos temas tasados... basicos y razonables que en la práctica ya se aplicaban en MM. Osea ... no quieren cacharros...pero no veo obligaciones de cumplir con la estricta norma nacional a terceros paises. Algun cofrade interpreta que hay obligacion de pasar revisiones y equipos acordes a la norma española a barcos extranjeros... pero el doló de cabesa de leerme todo esto me ha dejado sin fuerzas... please.. que el que lo vea lo argumente...que yo le convido a espididol y copas ![]()
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TASHI DELEK !! |
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#4
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la verdad es que es digno de admiración el esfuerzo de los cofrades por aclarar la situación.
Yo personalmente, sigo hecho un lío. Por falta de capacidad de asimilar lo que se va exponiendo, pero la complejidad de las normativas es significativamente grande -o eso pienso-. Por ello me permito exponer una situación concreta, a ver si alguien me dice si es correcto hacerlo así o falta o sobra algo. Español y residente en España. Adquiero una embarcación matriculada en algún país de la CEE. Sin marcado CEE por ser antigua. Me la traigo a España y la meto en el amarre que tengo. Preguntas: - He de comunicarlo a alguien (Hacienda, Capitanía, ....)? - He de pagar algún impuesto: IVA, o cualquier otro.? - Hay que tener permiso de navegación expedido por Capitania española? - Hay que inscribir la embarcación en algún registro? - Qué o quien indica y limita mi ámbito de navegación (Capitanía española, el organo comunitario de donde la traigo). - Qué elementos de seguridad hay que llevar (quien los establece)? Bueno, si alguien puede responder, se lo agradeceríamos más de uno. Saludos
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Me esperan los dias que pretendo llenar y que me hagan vibrar. Y aprendiendo mi vida solo quiero sentir que no es vida perdida |
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#5
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Cita:
- He de comunicarlo a alguien (Hacienda, Capitanía, ....)? En treinta dias hay que liquidar en Hacienda los impuestos y tasas, por lo demás, si el país de la bandera de origen te permite conservarla sin residir allí, no hay más que hablar. - He de pagar algún impuesto: IVA, o cualquier otro.? Ésto lo responde Jadarvi en el hilo "Grupo de trabajo sobre cómo navegar con otra bandera" "a las mil maravillas : "Es decir, que ahora, si has liquidado los impuestos correspondientes a la compra de un barco en el extranjero, es decir, ITP si tiene el IVA pagado, IVA o IGIC si no tiene el IVA pagado, más el Impuesto de Matriculación; entonces NO estás obligado a abanderar en España y puedes mantener la bandera del país de origen." - Hay que tener permiso de navegación expedido por Capitania española? - Hay que inscribir la embarcación en algún registro?: NO a ésta y No a la anterior. - Qué o quien indica y limita mi ámbito de navegación (Capitanía española, el organo comunitario de donde la traigo). - Qué elementos de seguridad hay que llevar (quien los establece)?: El país de la bandera, en ésta y en la anterior. un olvido imperdonable |
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Dibujito (01-06-2011) | ||
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#6
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Otilio, gracias por tus aclaraciones.
Y tienes toda la razón, una ronda de cerveza fresca que viene el calor. Saludos
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Me esperan los dias que pretendo llenar y que me hagan vibrar. Y aprendiendo mi vida solo quiero sentir que no es vida perdida |
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#7
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Sigo esperando la respuesta oficial tanto de la DGMM como de la Agencia Tributaria a mi solicitud de consulta vinculante.
Mientras tanto de una Capitanía me dicen extraoficialmente que: "Creo que es como tú dices, incluso el pabellón podría ser cualquiera, no sólo de la Unión Europea. De todas formas, te recomiendo que hagas la consulta a Aduanas porque es un tema de ellos." Por lo que ha posteado Spoofer me da la impresión de que la Agencia Tributaria de Vizcaya tiene una buena empanada y no se ha leido la Ley de Presupuestos del Estado 2011. Saludos.
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Guillermo Gefaell Nigún día sin su afán. Gestenaval, S.L., Oficina Técnica Naval Hermandad de Navegantes de Clásicos |
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Tupac A. (02-06-2011) | ||
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#8
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Vamos a ver.
Ya he publicado en otro hilo que ADUANAS (Agencia Tributaria) coincide plenamente con la letra y el espíritu de la Disposición Adicional Primera reformada. Es más, yo trabajo en Aduanas y una de mis funciones es inspeccionar: a) Los barcos matriculados en lista 6ª. b) Los barcos extranjeros que "residen" en España y no han abonado el Impuesto de Matriculación. Por tanto, desde el punto de vista de ADUANAS, la cosa está clara. Pero....Y ahí viene la madre del cordero. Ni las Capitanías Marítimas (verdaderos reinos de taifas) ni "sus funcionarios" (la Guardia Civil) que son los que denuncian, instruyen y resuelven, están por la labor. La DGMM que es quién debería pronunciarse al respecto mantiene un "sospechoso silencio" y no responde a las cuestiones planteadas a nivel particular o a nivel de Asociaciones. Es más, no emite instrucciones claras a sus Capitanías. Y eso, ¿ a qué conlleva? Pues a que cada Capitán Marítimo interprete la ley cómo le sale de los cojones y a que la Guardia Civil denuncie cómo si esta Disposición no existiera. Y, por tanto, los sufridos navegantes españoles, que mantengan la bandera de otro país y paguen el correspondiennte Impuesto de Matriculación, estarán al albur de los Capitanes Marítimos y de su guardia pretoriana (la GC). Creo que está meridianamente claro. Al menos, para mí P.D. ANAVRE en lugar de dar continuos cursillos sobre Seguridad, GPS,....lo que tendría que hacer es presionar a la Administración a que respondiera de una p....a vez. PARA ESO SE CREÓ. |
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#9
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Cita:
![]() ![]() No, hombre, el olvido era el mío, ![]() ![]() Con las prisas se me había pasado convidar y corriendo tuve que editar el mensaje. ![]() |
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#10
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Solo para confirmar la confusión reinante: En Galicia hay Capitanías que sí saben de este asunto y no ponen pegas y otras que ni han oido hablar de ello. Y por lo que nos ha dicho un GC, tampoco ésta tiene notificación alguna.
Por cierto, Guatarral, con el mayor de los respetos: Calificar a la GC como "guardia pretoriana" de la DGMM y las Capitanías como "reinos de taifas", no me parece lo más acertado en foro público como este. Aunque seas de Aduanas..... Sigo esperando respuesta a las consultas que hice a la DGMM y a la Agencia Tributaria.
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Guillermo Gefaell Nigún día sin su afán. Gestenaval, S.L., Oficina Técnica Naval Hermandad de Navegantes de Clásicos Editado por guillermogefaell en 03-06-2011 a las 19:06. |
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Afrikano (03-06-2011) | ||
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