![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
|
|
#1
|
||||
|
||||
|
El equivalente en los barcos a la escritura es la hoja de asiento que está en las capitanias. Ese documento es esencial para el cambio de propiedad.
Desconozco el tema de las deudas pero parece lógico que sean del propietario. |
|
#2
|
||||
|
||||
|
Entiendo que primero hay que probar el barco y después si interesa la compra, sacarlo del agua para ver el estado de la obra viva. Para la compra hay que hacer un contrato de compraventa. Liquidar a hacienda y presentarlo a la Capitanía. Hay unas valoraciones que establece hacienda de todos los modelos y motores, este sería el precio para poner en el contrato.
Y a navegar ![]() |
|
#3
|
||||
|
||||
|
Cita:
Veamos... liquidar a Hacienda.... ya nos gustaría a muchos En serio, a lo que me refiero: imagino que es pagar el Impuesto de Transmisiones. ¿Es el 4% del valor de tasación/valor de la compraventa? Gracias nuevamente a todos por vuestros consejos. Y por supuesto, que no falte el ron, el anís, o cualquier cosilla que nos caliente ![]()
__________________
Socio Anavre 348. http://www.anavre.orgNo es prudente sentar cátedra. Es mejor sentar el trasero. Pero incluso esto no ha de tomarse como dogma. O quizá sí. Lista de Teléfonos de Cofrades Solidarios para Emergencias |
![]() |
Ver todos los foros en uno |
| Herramientas | |
| Estilo | |
|
|