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  #1  
Antiguo 23-05-2011, 20:02
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Predeterminado Re: Decidido mi próximo barco no tendrá pabellón español

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Originalmente publicado por IsladeMalta Ver mensaje

Aquí todo el debate no está en saber si se puede o no cambiarle la bandera del barco o la placa del coche, eso claro que se puede, la cuestión es saber si se puede hacer siendo residente en España. Hasta ahora, cada oveja a su corral: barcos y coches de españoles y residentes en España, españoles y punto. ¿Y ahora?... ya lo veremos!
A mi también me cuesta creer este cambio en la legislación cuando siempre ha sido tan cerrada.
On verra.
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  #2  
Antiguo 23-05-2011, 21:06
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Predeterminado Re: Decidido mi próximo barco no tendrá pabellón español

Originalmente publicado por ALCAPAR
Todavía sigues sin enterarte que no se dejan de pagar impuestos?????


¿Donde he dicho yo que se dejan de pagar impuestos por matricular en Vietnam o en Ruanda Burundi?
Lee bien estimado cofrade porque me temo que eres tu el que "no te enteras contreras"

Lo que digo es que los que cumplimos nos hemos tenido que gastar una pasta. Y luego "A TITULO DE EJEMPLO" hablo de los que pagan impuestos y se enteran de que hay una amnistía. En este caso, hay quien se ha gastado una pasta para cumplir las normas y luego resulta que hay una amnistía para los que se traen el barco de la conchinchina y ya no se tienen que gastar esa pasta en exigencias probablemente absurdas.

¿TAS ENTERAO AHORA?

Pepe
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  #3  
Antiguo 23-05-2011, 21:21
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Predeterminado Re: Decidido mi próximo barco no tendrá pabellón español

Yo me he enterado desde el principio, con esta opción de comprar un barco usaso en UK (por ejemplo), no perjudicas a nadie y no se trata de buscar subterfugios sino de ejercitar una opción que contempla la ley. Esos paises que citas no pertencen a la UE, o a lo mejor como yo no me entero son estados miembros de nueva incorporación, no?

Me incluyo entre los que pagamos una pasta para estar en regla y no por ello me jodería que mi vecino de pantalán se presente mañana con un barco de bandera holandesa y navegue bajo ese pabellón, entiendo que si la misma normativa qur nos asfixia nos permite esta opción pues aquellos que quieran podrán acogerse a ella sin que esto suponga un agravio comparativo para los que continuen con la bandera española.

Solo te digo que de tus comentarios se desprende cierta negatividad y presunción de que pretendemos actuar con pillería, no es así.

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  #4  
Antiguo 23-05-2011, 22:35
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Predeterminado Re: Decidido mi próximo barco no tendrá pabellón español

Cita:
Originalmente publicado por alcapar Ver mensaje
Solo te digo que de tus comentarios se desprende cierta negatividad y presunción de que pretendemos actuar con pillería, no es así.

Si es verdad todo lo que aquí se ha dicho: actuais conforme la ley !!!

Igual que todos aquellos europeos de la tercera edad que vienen a España a que los atienda la SS (Seguridad Social), de sus achaques ... que les sale mas barato y es tan buena ...



Lo he estado pensando ... y si bien no se puede decir: de esta agua no he de beber ... Si me jode que alguien de mi comunidad, se saque la licencia federativa en La Rioja ... no les cuento lo que me toca los cojones todo esto !!!


Salud
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  #5  
Antiguo 23-05-2011, 22:38
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Predeterminado Re: Decidido mi próximo barco no tendrá pabellón español

bueno despues de leer varios hilos como por ejemplo "navegar con bandera de otro pabellon" bastara a partir de ahora con pagar impuestos y se podra navegar con pabellon extranjero y acojiendonse a las leyes de ese pais,y me gustaria una aclaracion:

barco con bandera francesa,despues de pagar sus correspondiente impuestos de la nueva normativa, su armador y patron español residente en españa,sin titulacion.

¿que pasaria en este caso?

bajo bandera francesa no hace falta titulo hasta los 15m.
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  #6  
Antiguo 23-05-2011, 23:03
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Predeterminado Re: Decidido mi próximo barco no tendrá pabellón español

hay otro tema, si el barco lo compras, por ejemplo en Francia, y mide menos de 8m, pues tienes barco a precio francés y no habrá que pagar nada de nada aquí al estar exento de impuesto de matriculación y estás libre de legislación idiota... Ventarrón, a ti no te gusta pero a mi me mola.

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  #7  
Antiguo 23-05-2011, 23:22
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Predeterminado Re: Decidido mi próximo barco no tendrá pabellón español

Hola a todos:

He leido el post con atención, y otro que hay en cuestiones legales y me parece muy interesante.

No obstante, creo que en algún comentario se mezclan las cosas. El hecho de tener el barco sujeto a la normativa de su pais de abanderamiento NO excusa al patrón, si es español, navega y reside en España de tener el título correspondiente para hacer la navegada que esté haciendo.

Si todo esto prospera en cuanto al barco, me parece muy bien. Pero he tenido coches matriculados en otros paises cuando he vivido fuera y siempre me han pedido mi carnet de conducir, en este caso español, por mucho que el coche sea de tal o cual pais. También en España me han parado mil veces con coche matriculado en Francia y el carnet es lo primero que te piden.

Por otro lado, no me parecería nada mal que si todos somos iguales en cuanto a calculos de riesgo, moneda y ahora quieren equiparar vacaciones, jubilaciones y todo pues que también se equipare la náutica de recreo en toda Europa, hacia algo más lógico y razonable que las diferencias tan estupidas y caras que realmente hay.

Recuerdo asimismo, que por muy deferentes motivos, a penas hay un 4% de la flota mercante de todo el mundo que tenga un abanderamiento que se ajuste a su realidad, y no digamos sus tripulaciones.

Saludos y rondas.

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  #8  
Antiguo 24-05-2011, 01:37
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Predeterminado Re: Decidido mi próximo barco no tendrá pabellón español

hola a todos, he leído también los dos hilos y los veo muy interesantes,
pero sobre titulaciones La comparación de carnets de conducir ¿es válida? Cualquier, creo, carnet europeo es canjeable por el español o internacional, y no nos preguntamos si en bélgica el teórico se aprueba enelcolegio o si en Irlanda te dan el carnet sin examen, o si éste es más sencillo que el nuestro.
Por otro lado, si mi barco tiene bandera belga, por ejemplo, para navegar por aguas españolas entiendo que debería tener la titulación española o la belga, la duda me surge si en ese país no se exigiera titulación alguna, o qué diría la GCM a un barco belga, patroneado por español con PER a 20 millas.

En cualquier caso, brindo por el resquicio para ganar algo de libertad
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  #9  
Antiguo 24-05-2011, 01:58
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Predeterminado Re: Decidido mi próximo barco no tendrá pabellón español

Cita:
Originalmente publicado por ignius Ver mensaje
Hola a todos:

He leido el post con atención, y otro que hay en cuestiones legales y me parece muy interesante.

No obstante, creo que en algún comentario se mezclan las cosas. El hecho de tener el barco sujeto a la normativa de su pais de abanderamiento NO excusa al patrón, si es español, navega y reside en España de tener el título correspondiente para hacer la navegada que esté haciendo.

Si todo esto prospera en cuanto al barco, me parece muy bien. Pero he tenido coches matriculados en otros paises cuando he vivido fuera y siempre me han pedido mi carnet de conducir, en este caso español, por mucho que el coche sea de tal o cual pais. También en España me han parado mil veces con coche matriculado en Francia y el carnet es lo primero que te piden.

Por otro lado, no me parecería nada mal que si todos somos iguales en cuanto a calculos de riesgo, moneda y ahora quieren equiparar vacaciones, jubilaciones y todo pues que también se equipare la náutica de recreo en toda Europa, hacia algo más lógico y razonable que las diferencias tan estupidas y caras que realmente hay.

Recuerdo asimismo, que por muy deferentes motivos, a penas hay un 4% de la flota mercante de todo el mundo que tenga un abanderamiento que se ajuste a su realidad, y no digamos sus tripulaciones.

Saludos y rondas.

Tu comparacion no sirve. Mirate el articulo 10.2 del Codigo Civil: los coches se rigen por la ley del lugar por donde circulan, mientras que los barcos se rigen por el pais de su bandera.

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Originalmente publicado por IsladeMalta Ver mensaje
La gracia es que la famosa DA1 no hace referencia en ningún momento a la UE.
La nueva DA1 (corregida en diciembre 2010) tampoco ni el artículo 65 (1-b para todo lo que toca a embarcaciones de recreo) de la ley de impuestos especiales 38/1992 al que se refiere.
Dicha Disposición se refiere a la matriculación de vehículos importados a España desde el extranjero.
Si y no. Por un lado, es cierto que la DA1 no dice nada sobre la procedencia europea del barco. Es mas: tampoco dice que tenga que estar matriculado. Pero, por otro, el articulo de la "ley de medidas ..." ("ley de acompañamiento") que establecio la reforma se titulaba "de armonizacion con la normativa europea" (o algo asi). Y la normativa europea (el tratado constitutivo de la UE) unicamente prohibe las trabas a la libre circulacion de bienes entre estados miembros de la union. En consecuencia, cabe interpretar que el sentido de la reforma unicamente permite aplicar la exencion a barcos de procedencia europea.
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