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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Disculpas. Por motivo de problemas de internet, se ha repetido accidentalmente el mensaje.
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#2
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Adjunto instrucciones que figuran en la web del Ministerio.
Como veis, si el vehículo figura a nombre de quien presenta la solicitud de matrícula no hay que presentar factura o documento de compra venta, pues el vehículo ya es de tu propiedad, por lo tanto no procede liquidar algo que no se produce, (la transmisión) http://www.mir.es/SGACAVT/trafico/tr...istoricos.html B) VEHÍCULOS CON MATRÍCULA EXTRANJERA - Vehículos procedentes de un Estado parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (EEE): 1. Acreditación de la propiedad del vehículo en el caso de que no sea el mismo titular el que va a matricular y el que figura en la documentación original extranjera, a través de los siguientes posibles medios: Documento notarial (acta de notoriedad o de manifestaciones); Factura de compra del vehículo por el solicitante de la matriculación a un comerciante legalmente establecido en un Estado miembro de la Unión Europea en el que figure el número de IVA del comerciante vendedor; Contrato de compraventa entre particulares, acompañados estos documentos de una traducción al castellano o lengua que sea cooficial en el ámbito de la Comunidad Autónoma. 2. En el caso de presentar contrato de compraventa o Documento notarial deberá aportar el documento de pago, exención o no-sujeción del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. 3. Documentación extranjera del vehículo. 4. Justificante del pago, exención o no sujeción del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte. Saludos y ![]() ![]() ![]() ![]() |
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#3
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Hola Hespérides II:
¿Cuanto tiempo estuviste residiendo en Alemania? Saludos. |
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#4
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Esto ya parece el otro foro con tantos decretos, coches, a mi me dijeron...un poquito de por favor que ya somos mayorcitos.
Jadarvi, tienes alguna novedad en cuanto al cambio de pabellón de un barco español? Os expongo mi caso: Nacionalidad: Italiano Lugar de residencia: España Pabellón del barco: Español Pabellón de cambio: Belga Entiendo que lo que debo hacer es: 1) Ir a capitanía (de Barcelona en mi caso) y solicitar la baja. 2) Desde Bélgica me piden toda la documentación del barco y la mía, incluida baja de bandera, con traducción al francés. 3) El pago de unas tasas. Mi barco es del año 70, menos de 12 metros y sin certificado CE. Qué es lo que tengo que pagar, en dónde? La nueva matrícula belga del barco supongo que estará en la nueva documentación, la cual tendré que pintar en el casco. Y lo mas importante es si puedo navegar libremente por estos lares. Lo que hace crecer aún más mi desconcierto es que yo ni siquiera soy español, sino italiano, pero residente al fin. Arriba! Si al final lo puedo hacer, encantado de explicaros como lo he hecho paso a paso, por cierto, mi hermano vive en Amberes y a fin de mes estaré por allí. ![]() Editado por Punta del Este en 16-07-2011 a las 09:33. |
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#5
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Cita:
Yo también soy italiano (aún no se si por suerte o por desgracia), pero para los efectos del tema que estamos tratando, eso no tiene ninguna relevancia. Lo que importa es el país de residencia. Un saludo Un saludo
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"My boat is my island" |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a astrolabio68 | ||
capitan5 (12-02-2012) | ||
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#6
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Hola a todos:
Esta tema de la libertad de mantener la bandera original del barco, tiene el mismo fundamente jurídico que el poner las letras "CAT" en las placas de matrícula sustituyendo la "E", o sea, ninguno. Es el problema de vivir en un país gobernado por un grupo de tarados, que tiene que comprar permanentemente apoyos que le permitan seguir gobernando, haciendo que minorías de todo tipo se sientan crecidas y por encima de la ley. Es posible que se haya dado orden a la Guardia Civil de hacer la vista gorda en este asunto, porque para algunas minorías llevar el pabellón Español es poco menos que un insulto, pero la ley no ha cambiado para nada y en cualquier momento te pueden denunciar y sancionar. Saludos. |
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#7
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Cita:
S.C., te desacreditas tú solo. |
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#8
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Cita:
Ahora vivo en USA, pero cuando regrese a Catalunya llevare el CAT encima de la E en la matricula del coche que me compre. Y por eso, efectivamente, me podran denunciar. Aunque ya veremos quien gana, porque la E no es identificativa de la matricula. Lo que identifica la matricula es la combinacion de tres letras y tres numeros, los cuales no se veran afectados por la pegatina en cuestión. De hecho, ya se han ganado recursos en ese sentido. Y cuando este de vuelta en Catalunya tendre un barco con matricula britanica u holandesa (por varios motivos, incluido el que tu dices). Pero por eso no me podran sancionar, porque estare amparado por la Ley. No es que se haya dado orden a la guardia civil de hacer la vista gorda, es que la Ley ha cambiado, aunque algunos parece que no quieren enterarse y quieren seguir viviendo en el antiguo regimen. |
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