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  #701  
Antiguo 29-07-2011, 13:58
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Predeterminado Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????

Discrepo, cofrade ISLADEMALTA.

¿Había jurisprudencia cuándo un señor le ganó la batalla al Estado sobre la declaración de la renta conjunta o individual?.....NO.

Se arriesgó, lo argumentó y lo ganó.

Si pretendemos tener la seguridad ABSOLUTA de que no seremos sancionados, aún a pesar de considerar que la Ley está de nuestra parte, abanderemos en España.

Si queremos arriesgarnos (y pelear por nuestros derechos), es responsabilidad de cada cúal. No hay que echar la culpa a otros (muy propio del carácter español).

Yo, si comprara un barco con bandera de otro país, me arriesgaría. Pero ese, soy yo y mis circunstancias.

Ahora bien, que te lo den todo "mascaito" y "sin riesgos" - tal y cómo está la legislación náutica española - es simplemente.....IMPOSIBLE.
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Tupac A. (29-07-2011)
  #702  
Antiguo 29-07-2011, 14:44
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Predeterminado Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????

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Originalmente publicado por IsladeMalta Ver mensaje
Desconozco por completo cuales pueden ser las motivaciones de mis camaradas, pero no creo que mostrar escepticismo en esta materia y ante un material tan poco comprehensible por el común de los mortales ni hace de nosotros reaccionarios aferrados a su bunker, ni tampoco sujetos de la otra España.

Desde mi empresa también planteamos la pregunta a la DGT para el tema de los coches y tuvimos una respuesta muy parecida a la que le dieron a nuestro cofrade.
Por lo tanto, creo y sigo creyendo que en esta materia la prudencia se impone, cuanto más que además en el tema de la náutica se solapa esta reforma con el Real Decreto del mes de noviembre sobre abanderamiento, el cual no se menciona para nada en la DA1...
¿Qué texto tendrá más peso ante un tribunal? El Real Decreto sobre Abanderamiento... o la modificación de un disposición adicional de la ley de impuestos especiales...????
Mi pregunta no tiene nada de retótico: la verdad es que lo ignoro, y por lo tanto, dudo. Y la duda no es, y nunca ha sido, hermana de la ignorancia.


He visto como más arriba animabas a un compañero, que al igual que la inmensa mayoría de nosotros seguramente no será tan ducho como tú en los misterios de la legislación española, a izar bandera inglesa y defender su caso, si falta hiciera, ante la GC, la DGMM y los tribunales.

Nadie, de momento, puede augurar como acabaría eso (que no sepa, no hay jurisprudencia aún)... y si le sale el tiro por la culata al compañero... ¿Quien le compensara por el tiempo y sobretodo el dinero perdido en esta batalla? Quien le pagará a él los daños y perjuicios?
Antes de mandar a la infantería al frente, hay que asegurarse primero que la batalla es realmente necesaria y, si lo es, que los soldados sepan usar su fusil...
En eso estoy yo y en esto estamos tal vez los "jurídico-escépticos".



Hola Islademalta.

La verdad es que afirmas mantener una misma postura que los del bunker. Pero, sinceramente, yo veo diferencias clarisimas. A ti te veo prudente y, como tu dices, juridico-esceptica. Y la prudencia es siempre buena compañera y nunca criticare yo a nadie por ser prudente. En cambio a los otros no los veo escepticos ni prudentes. Los veo cerrados, empeñados en que las cosas sigan como antes, como si tuvieran un interes en que todo el mundo vaya con pabellon español (por eso me sale llamarles el "bunker"). Yo al principio prestaba atencion a sus argumentos y los estudiaba, y luego racionalmente llegaba a la conclusion de que no eran correctos y exponia porque. Y poco despues volvian a repetir el mismo argumento identico (ya superados y sin base juridica), y cuando lo volvia a rebatir desaparecian. Pero luego, unas semanas despues, volvian con el mismo argumento identico intacto, insultandome (algunos) y acusandome de que si yo noseque y si yo nosecuantos, pero sin poner ningun argumento de consideracion sobre la mesa.
Sinceramente, tu actitud, de prudencia y escepticismo, la comprendo. La de ellos -que es muy distinta- no.

En cuanto a lo de aconsejar a terceros, yo intento dejarles claro a los que se plantean la bandera extranjera que al principio pueden tener sobresaltos (cada vez menos probables, creo yo, a la vista de como se va extendiendo la conciencia de que la DA1 ha cambiado). Mucha gente me ha contactado con privados y hemos aclarado conceptos, a otros los he remitido a gente que conozco que domina el tema igual o mas que yo. Algunos han decidido -plenamente conscientes- acogerse a la nueva normativa y estan ya navegando con su pabellon europeo. Ya nos iran contando sus experiencias. Yo estoy ahora comprando el barco y tengo que mantenerlo un año antes del traslado. Asi que dentro de un año me incorporare. Y, mientras tanto, aqui estoy (y no soy el unico) echando un cable a los que se deciden. Anda que no hemos pasando unas buenas horas ayudandoles a redactar escritos, a planificar la importacion y el papeleo, etc.

Por ultimo, lo que si me gustaria tu respuesta de la DGT (con "T" de Tributos o de Trafico?). La verdad es que voy recopilando todo lo que me llega del tema y me gustaria completarlo con esa consulta vuestra.

Salut!

Tupac Amaru
  #703  
Antiguo 29-07-2011, 15:28
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Predeterminado Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????

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Originalmente publicado por Tupac A. Ver mensaje
Por ultimo, lo que si me gustaria tu respuesta de la DGT (con "T" de Tributos o de Trafico?). La verdad es que voy recopilando todo lo que me llega del tema y me gustaria completarlo con esa consulta vuestra.

Salut!

Tupac Amaru
En nuestro caso, se trata de la DGT de toda la vida, o sea la Dirección General de Tráfico, y la preguntaba versaba sobre la necesidad o no de solicitar matrícula española para los expatriados que vienen a instalarse en España (solicitando por lo tanto un NIE) y que se trasladan con su coche desde otros países (de UE o de fuera de la UE).
La respuesta (no la tengo yo ya que la gestoría se la pasó directamente al jefe y él sólo nos dio a nosotros un resumen) es está:
Todo vehículo que viene desde el extranjero para ser usado por un residente en España (o sea una persona, sea cual sea su nacionalidad, que reside en España más de 181 días al año) tiene que tener matrícula española háyase pagado o no (hay muchos casos de exención) el impuesto de matriculación calculado en base a la ficha técnica del vehículo. Única excepción: los casos de leasing.

Oyendo cosas como ésta y teniendo en la mano una legislación, ella muy clara y completa, sobre el abanderamiento de embarcaciones de recreo redactada al mismo tiempo que esta DA1, pues sí la verdad es que tengo muchas dudas y que sigo creyendo que la prudencia se impone tanto para los que se arriesgan a abanderar en el extranjero (olé por ellos, pero que sepan lo que hacen) como para los que les dan estos consejos. Creo que no estaría de más recordar cada vez que el terreno que se pisa aquí es de lo más resbaladizo...

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  #704  
Antiguo 29-07-2011, 15:33
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Predeterminado Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????

Hola Tupac A.

De momento solo un par de detalles, que me voy a navegar.

Art. 65-1-d) Estará sujeta al impuesto la circulación o utilización en España de los medios de transporte a que se refieren los apartados anteriores, cuando no se haya solicitado su matriculación definitiva en España conforme a lo previsto en la disposición adicional primera, dentro del plazo de los 30 días siguientes al inicio de su utilización en España. Este plazo se extenderá a 60 días cuando se trate de medios de transporte que se utilicen en España como consecuencia del traslado de la residencia habitual de su titular al territorio español siempre que resulte de aplicación la exención contemplada en el apartado 1.I del artículo 66.
A estos efectos, se considerarán como fechas de inicio de su circulación o utilización en España las siguientes:
1. Si se trata de medios de transporte que han estado acogidos a los regímenes de importación temporal o de matrícula turística, la fecha de abandono o extinción de dichos regímenes.
2. En el resto de los casos, la fecha de la introducción del medio de transporte en España. Si dicha fecha no constase fehacientemente, se considerará como fecha de inicio de su utilización la que resulte ser posterior de las dos siguientes:
1. Fecha de adquisición del medio de transporte.
2. Fecha desde la cual se considera al interesado residente en España o titular de un establecimiento situado en España.

DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.
1. Deberán ser objeto de matriculación definitiva en España los medios de transporte, nuevos o usados, a que se refiere la presente Ley, cuando se destinen a ser utilizados en el territorio español por personas o entidades que sean residentes en España o que sean titulares de establecimientos situados en España.
2. Sin perjuicio de lo establecido en la normativa específica reguladora de la matriculación de medios de transporte, no será exigible el cumplimiento de la obligación prevista en el apartado anterior cuando, en relación con la exigencia del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte establecida en la letra d) del número 1 del artículo 65 de esta Ley y dentro de los plazos establecidos en dicho precepto:
a. se haya autoliquidado e ingresado el impuesto, o bien
b. se haya solicitado de la Administración Tributaria el reconocimiento previo de la aplicación de un supuesto de no sujeción o de exención del impuesto, en los casos en que así esté previsto, o bien
c. se haya presentado una declaración ante la Administración Tributaria relativa a una exención del impuesto.
3. Sin perjuicio de lo establecido en la normativa específica reguladora de la matriculación de medios de transporte, tampoco será exigible el cumplimiento de la obligación prevista en el apartado 1 anterior cuando el impuesto correspondiente a esa sujeción haya sido objeto de liquidación por parte de la Administración Tributaria e ingresado el importe correspondiente.
4. Cuando se constate el incumplimiento de la obligación a que se refieren los apartados anteriores, los órganos de la Administración tributaria o los órganos competentes en materia de tráfico, seguridad vial, navegación o navegación aérea darán al obligado tributario un plazo de cinco días para cumplirla o para presentar aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o certificado de seguro de caución que garantice el pago del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte. Transcurrido ese plazo sin que se produzca la matriculación definitiva o sin que se presente dicho aval o certificado, dichos órganos procederán a la inmovilización del medio de transporte hasta que se acredite la regularización de su situación administrativa y tributaria. No obstante, la inmovilización será levantada en el caso de que el obligado tributario presente aval solidario o certificado de seguro en los términos indicados.

Si aquí está el fundamento de tu pensamiento único, ¿Por qué lo limitas a barcos con bandera europea?

No te contesté al MP porque comprendí que tu grado de ignorancia intencionada no se soluciona intentando razonar, quizá escribiendo en el hilo, haya gente que comprenda que tu teoría además de absurda, le puede costar el dinero.


Ed. Tabernero: Incumple las normas del foro. Política en el foro no

Saludos.

Editado por Tabernero en 01-08-2011 a las 17:38.
  #705  
Antiguo 29-07-2011, 15:58
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Predeterminado Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????

Cita:
Originalmente publicado por GUATARRAL Ver mensaje
Si queremos arriesgarnos (y pelear por nuestros derechos), es responsabilidad de cada cúal. No hay que echar la culpa a otros (muy propio del carácter español).
No pretendo entrar aquí en este tipo de debate, sólo contestarte a eso y con eso creo que dejaré ya de intervenir en este hilo (no aportaría ya nada más), porque justamente tocas aquí un punto esencial en este tema.

No entiendo muy bien como haciéndote navegante belga vas a pelear por los derechos de los navegantes de aquí. El bajarte la bandera española para izar una extranjera te quita precisamente toda la autoridad para luchar por nuestros derechos.

¿Con qué autoridad en efecto reclamarás una reforma de nuestra rocambolesca legislación si con tu bandera inglesa o belga no estás ya sujeta a ella? No es huyendo del campo que se ganará la batalla. Y, por favor, no me vengas con que lo que pretendéis precisamente es "instrumentalizar la deserción para presionar la DGMM". A mí, eso no me cuela.

Lo hacéis o queréis hacer porque os parece más cómodo, más barato y menos apremiante. Perfecto. Es un argumento muy respetable y no tengo nada que decir a ello. Que cada cual haga lo que quiera: si preferís que el barco sea belga, pues adelante: todos belgas. Pero por favor, no vengáis con que estáis luchando por nuestros derechos, ya que habréis dejado el bando de los que sí se quedarán para que cambien las cosas aquí y hacer que la legislación española se equipare a la de los demás países europeos.

Eso sí, desde dentro.

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  #706  
Antiguo 29-07-2011, 16:02
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Predeterminado Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????

Cita:
Originalmente publicado por IsladeMalta Ver mensaje
En nuestro caso, se trata de la DGT de toda la vida, o sea la Dirección General de Tráfico, y la preguntaba versaba sobre la necesidad o no de solicitar matrícula española para los expatriados que vienen a instalarse en España (solicitando por lo tanto un NIE) y que se trasladan con su coche desde otros países (de UE o de fuera de la UE).
La respuesta (no la tengo yo ya que la gestoría se la pasó directamente al jefe y él sólo nos dio a nosotros un resumen) es está:
Todo vehículo que viene desde el extranjero para ser usado por un residente en España (o sea una persona, sea cual sea su nacionalidad, que reside en España más de 181 días al año) tiene que tener matrícula española háyase pagado o no (hay muchos casos de exención) el impuesto de matriculación calculado en base a la ficha técnica del vehículo. Única excepción: los casos de leasing.

Oyendo cosas como ésta y teniendo en la mano una legislación, ella muy clara y completa, sobre el abanderamiento de embarcaciones de recreo redactada al mismo tiempo que esta DA1, pues sí la verdad es que tengo muchas dudas y que sigo creyendo que la prudencia se impone tanto para los que se arriesgan a abanderar en el extranjero (olé por ellos, pero que sepan lo que hacen) como para los que les dan estos consejos. Creo que no estaría de más recordar cada vez que el terreno que se pisa aquí es de lo más resbaladizo...

Pues me interesa saber en que se basa esa consulta. La normativa puede ser diferente para vehiculos y para barcos por razond de ese "sin perjuicio de ...". Es posible que en trafico haya alguna norma que obligue a matricular y que haya quedado salvada por ese "sin perjuicio de...". En cambio, en nautica ya vimos que no hay ninguna norma que se salve (por mucho que algunos se empeñen absurdamente en que el RD de abanderamiento obliga a los residentes a matricular los barcos". De todas formas, la consulta que dices seria contradictoria con la instruccion que ha emitido en el propio Director General que yo adjunte algunos posts antes en este hilo, y en otros. Es cierto que esa instruccion esta hablando de vehiculos de alquiler, pero para el caso es lo mismo porque la normativa que obliga a matricular, la DA1, es la misma para ambos.

Segun mi experiencia, es importante saber en que argumentos se apoya esa interpretacion. Si no, no me sirve (ni en un sentido ni en otro).

A ver si tienes oportunidad de pillar esa consulta. Seria muy de agradecer.

Salut!

Tupac Amaru
  #707  
Antiguo 29-07-2011, 16:13
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Predeterminado Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????

Cita:
Originalmente publicado por IsladeMalta Ver mensaje
No pretendo entrar aquí en este tipo de debate, sólo contestarte a eso y con eso creo que dejaré ya de intervenir en este hilo (no aportaría ya nada más), porque justamente tocas aquí un punto esencial en este tema.

No entiendo muy bien como haciéndote navegante belga vas a pelear por los derechos de los navegantes de aquí. El bajarte la bandera española para izar una extranjera te quita precisamente toda la autoridad para luchar por nuestros derechos.

¿Con qué autoridad en efecto reclamarás una reforma de nuestra rocambolesca legislación si con tu bandera inglesa o belga no estás ya sujeta a ella? No es huyendo del campo que se ganará la batalla. Y, por favor, no me vengas con que lo que pretendéis precisamente es "instrumentalizar la deserción para presionar la DGMM". A mí, eso no me cuela.

Lo hacéis o queréis hacer porque os parece más cómodo, más barato y menos apremiante. Perfecto. Es un argumento muy respetable y no tengo nada que decir a ello. Que cada cual haga lo que quiera: si preferís que el barco sea belga, pues adelante: todos belgas. Pero por favor, no vengáis con que estáis luchando por nuestros derechos, ya que habréis dejado el bando de los que sí se quedarán para que cambien las cosas aquí y hacer que la legislación española se equipare a la de los demás países europeos.

Eso sí, desde dentro.

¡¡Qué dificil es comunicarse en un Foro !!

Cuándo expreso "pelear por nuestros derechos", me estoy refiriendo a "pelear por lo que dice la Ley" (en este supuesto, la DA 1ª). Es decir, a "pelear en los Tribunales", la interpretación más literal de lo que eestablece la modificación de la Ley de Impuestos Especiales.

Evidentemente, si hubiese querido "defender los intereses de los navegantes españoles" en relación a la absurda legislación española, hubiese propugnado la creación de una Asociación.

Ayyy, perdón, que eso ya lo hice hace dos años. Con relativo éxito.
  #708  
Antiguo 29-07-2011, 16:19
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Predeterminado Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????

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Originalmente publicado por LP706 Ver mensaje
Si aquí está el fundamento de tu pensamiento único, ¿Por qué lo limitas a barcos con bandera europea?
La DA1 no dice establece como requisito que la bandera del barco importado por la via del 65.1.d tenga que ser de la UE. Eso es totalmente cierto. Es mas, la DA1 ni siquiera establece como requisito que el barco este abanderado en ningun pais. Porque, entonces, yo limito el beneficio a los barcos abanderados, y, concretamente, abanderados en la UE? Lo he explicado en algun que otro post. En primer lugar, acogerse a la literalidad de la reforma y navegar con un barco sin abanderar acogiendose a la DA1 es buscarse problemas. Y no siendo necesario, para que? Por tanto, yo no aconsejo navegar con un barco sin abanderar. Y yo mismo no lo haria. En segundo lugar, porque me limito a banderas de la UE? Porque, aunque el texto introducido en la DA1 no distinga (y por tanto, teoricamente puedes acogerte tanto con una bandera de USA, suiza, o de la UE), lo que tambien es cierto es que la reforma se enmarca en un articulo que se refiere a armonizacion con el Derecho europeo. Y el Derecho europeo prohibe poner trabas administrativas a la circulación de bienes procedentes de la UE, pero no a bienes de fuera. Por tanto, dado que la intencion de la reforma es esa, me parece prudente autolimitar los efectos del beneficio a los pabellones de la UE. Si fuera imposible y tuviera que recurrir a pabellones de fuera, estudiaria el tema a fondo y -de ser posible- defenderia el tema. Pero teniendo los pabellones de UK, Belgica, Holanda, etc. para que complicarse la vida?
Contesta eso a tu pregunta?


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No te contesté al MP porque comprendí que tu grado de ignorancia intencionada no se soluciona intentando razonar, quizá escribiendo en el hilo, haya gente que comprenda que tu teoría además de absurda, le puede costar el dinero.
El origen de este enredo es puramente político y parece que los que lo han provocado no estarán mucho más tiempo tomando decisiones.
Pues te invito a que intentes razonar, porque hasta ahora no te visto hacerlo ni una sola vez. Ni en publico ni en privados.

Lo de la ignorancia intencionada, paso. Intenta razonar por una vez y ya veremos quien tiene ignorancia intencionada. Por ejemplo, recupera lo de la distincion entre sujecion a la obligacion y exepcion a la misma. No es lo mismo la no-sujecion que la exencion (aunque ninguno de ellos tenga que cumplir la obligacion).

Ed. Tabernero: Incumple las normas del foro. Política en el foro no

Editado por Tabernero en 01-08-2011 a las 17:37.
  #709  
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Predeterminado Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????

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Originalmente publicado por IsladeMalta Ver mensaje
No pretendo entrar aquí en este tipo de debate, sólo contestarte a eso y con eso creo que dejaré ya de intervenir en este hilo (no aportaría ya nada más), porque justamente tocas aquí un punto esencial en este tema.

No entiendo muy bien como haciéndote navegante belga vas a pelear por los derechos de los navegantes de aquí. El bajarte la bandera española para izar una extranjera te quita precisamente toda la autoridad para luchar por nuestros derechos.

¿Con qué autoridad en efecto reclamarás una reforma de nuestra rocambolesca legislación si con tu bandera inglesa o belga no estás ya sujeta a ella? No es huyendo del campo que se ganará la batalla. Y, por favor, no me vengas con que lo que pretendéis precisamente es "instrumentalizar la deserción para presionar la DGMM". A mí, eso no me cuela.

Lo hacéis o queréis hacer porque os parece más cómodo, más barato y menos apremiante. Perfecto. Es un argumento muy respetable y no tengo nada que decir a ello. Que cada cual haga lo que quiera: si preferís que el barco sea belga, pues adelante: todos belgas. Pero por favor, no vengáis con que estáis luchando por nuestros derechos, ya que habréis dejado el bando de los que sí se quedarán para que cambien las cosas aquí y hacer que la legislación española se equipare a la de los demás países europeos.

Eso sí, desde dentro.


¡Magnífica respuesta Islademalta,chapeau!

En efecto los que están manteniendo la viabilidad legal ,o mejor la interpretación en funcion de la cual podemos ser todos belgas (según la metáfora que utilizas) supone una mejoría de la situacion y el futuro de la nautica de recreo...y claro los que no tenemos esa opinión,como por ejemplo tú,Jangada,LP706,yo,etc.,pues resulta que somos el bunker!!
Desde luego, ¡que ganas de "enmerdar"!.

La realidad de las motivaciones de esos que así piensan es lo que tú,con tu finura habitual, has expuesto.

Deberíamos dejar clara la situación que están proponiendo ese núcleo al que les podríamos llamar de "los extranjeros":

1º.- Hay una legislación de reciente entrada en vigor,la DA1 de la LIE y el decreto de abanderamiento,que son de muy deficiente redacción,provocando por ello diversas interpretaciones.

2º.- El bloque de los"extranjeros",realiza una interpretación de ambas normas legales y llega a la conclusión que "desde el 1 de enero de 2011 es legal importar los barcos ya matriculados en la UE y mantener la bandera de origen" .Para ello se basan fundamentalmente en su interpretacion de la norma tributaria.

3º.- Otros ,de ese bloque,añaden argumentaciones basadas en un variopinto y dispar conjunto de leyes,sin coherencia alguna.

4º.- Tambien hay quienes,sin aportar razonamiento alguno,se dedican a repartir bendiciones y excomuniones a troche y moche,con el único objetivo de mantenerse en el cotarro.

5º.- Como algunos no estamos conformes con esa interpretación, "los extranjeros" nos insultan,y nos dedican comentarios despreciando nuestra opinión,todo con tal de mantener una versión dudosísima de esas normas,y disfrazándola de la versión definitiva y oficial,cuando ni lo uno ni lo otro son ciertas.Es decir manipulan, se creen los poseedores de la verdad absoluta (en Derecho eso es ridículo) y además incitan frívolamente a los cofrades a que abanderen en los paises de la UE,provocando mas confusión si cabe.

Mas o menos esta es la situacion en la que estamos,todo lo demas se parece mucho al ruido.

Por favor,Islademalta continúa por aquí, que de vez en cuando hace falta un poco de aire fresco.


Eirín.
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Eirín.
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Predeterminado Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????

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Asique,no te vengas arriba que en breve,cuando disponga de un poco de tiempo,expresaré, sin insultarte eso sí, mi absoluta discrepancia con tus...exposiciones.
Eirín.
Estimado cofrade:

Estoy a la espera de tu razonamiento jurídico. Sé que puedes hacerlo.

Lo demás, "adornos de la cara a la galería".

¿Nos ilustras?
  #711  
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Predeterminado Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????

Cita:
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Estimado cofrade:

Estoy a la espera de tu razonamiento jurídico. Sé que puedes hacerlo.

Lo demás, "adornos de la cara a la galería".

¿Nos ilustras?


Guatarral,yo no escribo para "ilustrar ", aunque algunos dada su notoria inepcia jurídica,si necesitarían varias lecciones de derecho básico. Lo que escribo es a los efectos de expresar mi opinión de forma libre,con los permisos,a veces atenuados, del Taber.

Lo que, a su vez, les molesta a algunos que tienen "pensamiento único", que solo vale lo que ellos piensan y dicen.

Asique tranquilo, que cuando pueda daré mi opinión sobre algunos comentarios que algunos han puesto por aquí ultimamente.

Otros, Guatarral, no tienen opinión ni conocimientos jurídicos, incluso lo reconocen, sin embargo,en una clara contradicción, no paran de repartir honores y admoniciones , casi siempre hacia un lado de la feligresía,como un botafumeiro vitual.

Eirín.
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¡Magnífica respuesta Islademalta,chapeau!


Deberíamos dejar clara la situación que están proponiendo ese núcleo al que les podríamos llamar de "los extranjeros"...

El bloque de los"extranjeros",realiza una interpretación de ambas normas legales y llega a la conclusión que "desde el 1 de enero de 2011 es legal importar los barcos ya matriculados en la UE y mantener la bandera de origen" .Para ello se basan fundamentalmente en su interpretacion de la norma tributaria.

Como algunos no estamos conformes con esa interpretación, "los extranjeros" nos insultan...



Eirín.

Bueno Eirin, me preocupa tu fijación con lo "extranjero". Supongo que los tuyos, a los que no nombras, no pueden ser otros que "los nacionales". Me preocupa porque 25 años despues de nuestra entrada en la Unión Europea pareces no haberte dado por enterado y para ti todo allende los Pirineos es el "extranjero". Bueno, pues no es asi, somos europeos, y tenemos leyes que te guste, o no, nos igualan y armonizan con el resto de ciudadanos de la Unión. Y ahí esta el quiz de la discusión -en el sentido más civilizado del término- que venimos manteniendo en este hilo. La ley nos permite navegar bajo otra bandera y lo hace porque al fin y al cabo todas esas banderas son nuestra bandera, la de la Unión. Que haya quien este interesado en negarlo solo se explica por aquello tan hispano de "mal de muchos consuelo de tontos" o dicho de otra forma, "como yo tengo el tanque KK, he tenido que pasar por la ITB, y debo llevar a bordo un archivo homologado lleno de innumerables documentos tambien homologados que se fastidien todos y también lo hagan" Pues no, los que tu llamas "los extranjeros" nos atenemos a la ley y optamos por conservar banderas que tratan mejor a sus navegantes. Los "nacionales" -no te lo tomes como un insulto- podeis seguir flagelandoos con las innumerables y masoquistas normas de nuestra DGMM. Un saludo y unas
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Editado por Tresliebres en 29-07-2011 a las 21:26.
  #713  
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Predeterminado Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????

De vez en cuando entro, como supongo muchos otros, para ver si hay alguna novedad; veo que no, bueno lo de siempre....pin pan pun.
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Predeterminado Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????

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De vez en cuando entro, como supongo muchos otros, para ver si hay alguna novedad; veo que no, bueno lo de siempre....pin pan pun.
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He aquí alguien que sabe lo que dice... ping, pong
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Predeterminado Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????

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Originalmente publicado por IsladeMalta Ver mensaje
No pretendo entrar aquí en este tipo de debate, sólo contestarte a eso y con eso creo que dejaré ya de intervenir en este hilo (no aportaría ya nada más), porque justamente tocas aquí un punto esencial en este tema.

No entiendo muy bien como haciéndote navegante belga vas a pelear por los derechos de los navegantes de aquí. El bajarte la bandera española para izar una extranjera te quita precisamente toda la autoridad para luchar por nuestros derechos.

¿Con qué autoridad en efecto reclamarás una reforma de nuestra rocambolesca legislación si con tu bandera inglesa o belga no estás ya sujeta a ella? No es huyendo del campo que se ganará la batalla. Y, por favor, no me vengas con que lo que pretendéis precisamente es "instrumentalizar la deserción para presionar la DGMM". A mí, eso no me cuela.

Lo hacéis o queréis hacer porque os parece más cómodo, más barato y menos apremiante. Perfecto. Es un argumento muy respetable y no tengo nada que decir a ello. Que cada cual haga lo que quiera: si preferís que el barco sea belga, pues adelante: todos belgas. Pero por favor, no vengáis con que estáis luchando por nuestros derechos, ya que habréis dejado el bando de los que sí se quedarán para que cambien las cosas aquí y hacer que la legislación española se equipare a la de los demás países europeos.

Eso sí, desde dentro.

Yo te cuento mi caso:
- Cuando yo hablo de reivindicar y ejercitar tus derechos me refiero a que si legalmente tengo el derecho a tener mi barco con bandera belga, holandesa o britanica no pienso dejar de hacerlo por miedo a que un funcionario ignorante o delincuente me pueda poner una multa.
- A veces es cierto que hay que quedarse dentro para cambiar las cosas, pero a veces es lo contrario. Tu eres francesa, no? Es cierto lo que he leido en este foro que hace unos años los franceses empezaron a matricular sus barcos en Belgica por las facilidades de la normativa belga y que entonces las autoridades francesas reaccionaron suavizando la normativa? Pues algo asi podria ser el efecto final.
- De todas formas, no me engaño ni pretendo engañar a nadie. Si abandero mi barco en Holanda es porque me resulta mas conveniente: desarecen las ITBs, las homologaciones, tengo los equipos de seguridad que me parece y los reviso cuando me parece conveniente, no me puede parar la GC para revisar si llevo no se que tonteria de walkie con una bateria de recambio precintada (porque presumen que soy tonto y no se gestionar una bateria de respeto) y no se cuantas tonterias mas, porque asi me ahorro el riesgo de multazos de 1000 o 2000 porque se haya pasado dos semanas la fecha de revisar el extintor o infracciones de parecida gravedad, etc. etc. (En mi caso, ademas, como catalan, se añade una cuestion de simpatias/antipatias que hace que me sienta mucho mas a gusto con uno de esos pabellones. Pero esto es algo personal mio).
- No pretendo hacer creer a nadie que mantener la bandera holandesa por una opcion altruista, porque no lo es. Pero eso no quita que, efectivamente, por ley tengo el derecho a quedarme con ese pabellon holandes, y no estoy dispuesto a renunciar a el por miedo a sanciones injustas impuestas por funcionarios ignorantes o delincuentes (prevaricadores). Eso seria una claudicacion que para mi, como ciudadano, seria inaceptable.
  #716  
Antiguo 30-07-2011, 08:12
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Predeterminado Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????

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Originalmente publicado por Tupac A. Ver mensaje
Es cierto lo que he leido en este foro que hace unos años los franceses empezaron a matricular sus barcos en Belgica por las facilidades de la normativa belga y que entonces las autoridades francesas reaccionaron suavizando la normativa? Pues algo asi podria ser el efecto final.
Lo siento, pero me cuesta dejar que se digan cosas así.
Las modificaciones que afectan el reglamento en Francia son el fruto de largas negociaciones implicando todos los afectados del sector, sean los usuarios, las empresas náuticas, los profesionales de la seguridad en el mar, las asociaciones de protección del medio-ambiente, los astilleros (Dufour, Benetteau, Jeanneau y demás... cuyos intereses, como te lo imaginas son enormes) y las autoridades en la materia. Los intereses del sector son fuertes, claramente definidos y la gente sabe presionar al gobierno.

La migración al pabellón belga, al principio importante pero nunca masiva, tenía una motivación y una sola: escapar de la Taxe de Francisation que es el impuesto anual que se paga por arbolar bandera francesa. Respuesta de las autoridades: la creación de un "passeport" equivalente a un derecho anual de navegación, pagable por todo residente en Francia navegue donde navegue y sea cual sea su bandera.

Y ves por donde, además de resultar sin efecto, la migración al pabellón belga ha incluso empeorado las cosas para los navegantes francesas. Antes si levabas tiempo navegando en "mer lointaine" (mares lejanos) podías acogerte a la exención de la Taxe Annuelle, siempre que no tocaras territorio francés incluso allende los mares. Ahora se ha acabado: incluso los trotamares tienen que pagar el impuesto. Gracias a los "neobelgas".

Y cuidadín... "no todo lo que se lee en el foro es cierto"...

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Editado por IsladeMalta en 30-07-2011 a las 08:47.
2 Cofrades agradecieron a IsladeMalta este mensaje:
Choquero (01-08-2011), Eirín (30-07-2011)
  #717  
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Predeterminado Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????

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Lo siento, pero me cuesta dejar que se digan cosas así.
Las modificaciones que afectan el reglamento en Francia son el fruto de largas negociaciones implicando todos los afectados del sector, sean los usuarios, las empresas náuticas, los profesionales de la seguridad en el mar, los astilleros (Dufour, Benetteau, Jeanneau y demás... cuyos intereses, como te lo imaginas son enormes) y las autoridades en la materia. Los intereses del sector son fuertes, claramente definidos y la gente sabe presionar al gobierno.

La migración al pabellón belga, al principio importante pero nunca masiva, tenía una motivación y una sola: escapar de la Taxe de Francisation que es el impuesto anual que se paga por arbolar bandera francesa. Respuesta de las autoridades: la creación de un "passeport" equivalente a un derecho anual de navegación, pagable por todo residente en Francia navegue donde navegue y sea cual sea su bandera.

Y ves por donde, además de resultar sin efecto, la migración al pabellón belga ha incluso empeorado las cosas para los navegantes francesas. Antes si levabas tiempo navegando en "mer lointaine" (mares lejanos) podías acogerte a la exención de la Taxe Annuelle, siempre que no tocaras territorio francés incluso allende los mares. Ahora se ha acabado: incluso los trotamares tienen que pagar el impuesto. Gracias a los "neobelgas".

Y cuidadín... "no todo lo que se lee en el foro es cierto"...

Gracias, Islademalta. Mira por donde, un mito desmentido. Ya tenia yo sospechas (precisamente por eso que dices que no todo lo que se dice en un foro es cierto... es mas, la de tonterias que se leen es espeluznante), por eso te lo preguntaba. No obstante, en el caso del Estado español una huida considerable si creo que conllevaria una suavizacion de la normativa, porque de otra forma el exodo se iria generalizando cada vez mas. De que le serviria a la DGMM seguir imponiendo exigencias ridiculas si todos estamos con pabellones de paises de la UE y a la DGMM solo le quedaran LP706, Jangada, Eirin y alguno mas con el pabellon español para poderles crugir a multas?

Cuando puedas acuerdate de lo de la consulta de la DGT, please.
  #718  
Antiguo 30-07-2011, 19:33
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Predeterminado Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????

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Originalmente publicado por Tresliebres Ver mensaje
Bueno Eirin, me preocupa tu fijación con lo "extranjero". Supongo que los tuyos, a los que no nombras, no pueden ser otros que "los nacionales". Me preocupa porque 25 años despues de nuestra entrada en la Unión Europea pareces no haberte dado por enterado y para ti todo allende los Pirineos es el "extranjero". Bueno, pues no es asi, somos europeos, y tenemos leyes que te guste, o no, nos igualan y armonizan con el resto de ciudadanos de la Unión. Y ahí esta el quiz de la discusión -en el sentido más civilizado del término- que venimos manteniendo en este hilo. La ley nos permite navegar bajo otra bandera y lo hace porque al fin y al cabo todas esas banderas son nuestra bandera, la de la Unión. Que haya quien este interesado en negarlo solo se explica por aquello tan hispano de "mal de muchos consuelo de tontos" o dicho de otra forma, "como yo tengo el tanque KK, he tenido que pasar por la ITB, y debo llevar a bordo un archivo homologado lleno de innumerables documentos tambien homologados que se fastidien todos y también lo hagan" Pues no, los que tu llamas "los extranjeros" nos atenemos a la ley y optamos por conservar banderas que tratan mejor a sus navegantes. Los "nacionales" -no te lo tomes como un insulto- podeis seguir flagelandoos con las innumerables y masoquistas normas de nuestra DGMM. Un saludo y unas

¡Ay, Tresliebres!,¡qué equivocado estás conmigo!,pero no te lo reprocho,porque no me conoces.

Mira ni "nacional" ni gaitas,ni fijaciones de ningún tipo.A lo mejor, mira tú por donde, es todo lo contrario.

Veo que no has entendido lo que he querido decir, aunque tambien es muy probable que yo me haya expresado mal.

Utilicé el término "extranjeros" para identificar a algunos que tienen una interpretación sobre las dos leyes que nos ocupan, por la que se permitiría mantener la bandera de un barco no español y navegar con él en nuestras aguas sin problema alguno.

Esa denominación, en realidad debería haber dicho "extranjeristas", para ser mas riguroso con el lenguaje, y desde ya lo cambio, pretende que sirva para identificar a los aludidos como opuestos a los que pensamos que esa interpretación que ellos propugnan, no es posible,y no por un rechazo a la normativa nautica de recreo de otros paises,sobre todo europeos,a la cual yo en general desearía que fuese la vigente en España,sino porque con la actual legislacion vigente en nuestro pais y la interpretacion que desde un punto de vista exclusivamente jurídico,que no político o de otra índole,no creemos que, esa interpretació,n sea ni posible ni real.

Y a su vez, para seguir el juego dialéctico de Tupac A., que a los que no estamos de acuerdo con sus planteamientos no ha tenido empacho en llamarnos del "bunker", en un ejercicio demagógico e irrespetuoso típico de casi todas sus intervenciones.

Para tu información,cofrade Tresliebres,he mantenido siempre una actitud muy crítica con la legislación nautica española, a la que considero nefasta,caótica,incoherente,elitista y no sé cuantos calificativos más.He escrito artículos o he colaborado en la redacción de otros manteniendo esta postura y proponiendo una adaptación de las legislaciones que rigen en paises de nuestro entorno como Inglaterra, Francia,Italia y algunos mas.

No solo he participado en la fundacion de una sociacion cuyo objetivo social era la defensa de los intereses de los navegantes de recreo sino que,entre otras cosas, participé activamente en su implantacion a nivel estatal,propiciando el contacto con las diversas instituciones del sector y llegando incluso a conseguir que fuesemos la primera asociacion de navegantes en ser invitada a una Comision legislativa del Congreso de los Diputados, que como sabes, es en donde se cuecen las leyes.

Asique, espero que,con ello te quede claro, no solo lo que pienso sino tambien lo que digo, aunque a veces mi redacción no sea lo buena y explícita que desearía.

Saludos y unas

Eirín.
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  #719  
Antiguo 30-07-2011, 19:57
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Predeterminado Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????

...Es que esta es precisamente la reacción de los gobiernos cuando se les escapa el control de algo...

No me cabe duda de que la migración de bandera francesa a belga ayudó poco o mucho en las negociaciones entre los diferentes lobbis y la administración francesa...pero a costa de los que hicieron el cambio de bandera y de los transmundistas, estos últimos como "daño colateral".

Si aquí pasa algo parecido, habrá que agradecer a los que se aventuren como detonantes de un supuesto cambio...(que, por cierto, no se está negociando todavía en ninguna parte)...y que tienen bastantes números como para acabar pringando.

Es cierto que en los paises del este fué importante el llamado "voto con los pies" pero no es el caso.

Insisto en que, al igual que hay autoridad para controlar buques extranjeros en aguas españolas por motivos de contaminación, seguridad, etc..., en cualquier momento pueden mandar aplicar normas de seguridad (materiales, caducidades, inspecciones...) a embarcaciones que no estén de paso, sino que tengan base, en España.

Lo mas grave, no es la ausencia de negociaciones, sino que, ni siquiera tenemos argumentos claros e inteligibles.
¿Habeis intentado "venderle" a cualquiera que no esté en este mundillo la absurdidad de algunas normas?
¿De los importes de las multas?
¿De la arbitrariedad de algunas decisiones?
¿De limitaciones de fondeos?
¿De precios de amarres, revisiones y servicios?

A veces, pieso si no seré yo (nosotros) el que está "rebotado", pues si no soy capaz de convencer a mi vecino o a mi primo, ¿como voy a hacerlo con unos legisladores y prensa que nos tienen fichados como pijos y millonetis, y con una autoridad marítima que defiende sus propios puestos de trabajo y los de los suyos...?

¿o alguien sabe de una propuesta global de reorganización de toooodo lo que nos afecta?, y si es así ¿como quedaría?
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...¿y por qué no?...
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  #720  
Antiguo 30-07-2011, 20:00
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Predeterminado Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????

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Originalmente publicado por Tupac A. Ver mensaje
Gracias, Islademalta. Mira por donde, un mito desmentido. Ya tenia yo sospechas (precisamente por eso que dices que no todo lo que se dice en un foro es cierto... es mas, la de tonterias que se leen es espeluznante), por eso te lo preguntaba. No obstante, en el caso del Estado español una huida considerable si creo que conllevaria una suavizacion de la normativa, porque de otra forma el exodo se iria generalizando cada vez mas. De que le serviria a la DGMM seguir imponiendo exigencias ridiculas si todos estamos con pabellones de paises de la UE y a la DGMM solo le quedaran LP706, Jangada, Eirin y alguno mas con el pabellon español para poderles crugir a multas?

Cuando puedas acuerdate de lo de la consulta de la DGT, please.


Tupac A., o eres un ingenuo o un insensato.¿De verdad te crees lo que estás proponiendo a la gente?.Seamos un poco serios.

Tú estás diciendo a los navegantes españoles, que arbolen su barco bajo banderas de otros paises,es decir estás proponiendo que la flota de recreo española desaparezca, que todos nos pasemos a otros pabellones.Y todo eso en base a tu interpretación de la DA1 y el Decreto de abanderamiento.

¿No te das cuenta que estás proponiendo la desobediencia a la ley?,¿O ahora resulta que tú eres el Supremo intérprete ?

Alucino contigo.

Y otra cosa, ¿crees verdaderamente que por el hecho de estar abanderado en otro pais, el barco que navegue en aguas jurisdiccionales españolas no se le va a crugir a multas o a sanciones,si da motivo para ello?.

Estás lanzando un mensaje equívoco y muy perjudicial.No creo que cambies de opinión, pero al menos deberías ser mas prudente.

Y lo de Europa y la libre circlalcion de mercancias y personas, es otro mensaje sesgado que estás lanzando con una frivolidad que espero seas capaz de reconsiderar.

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  #721  
Antiguo 30-07-2011, 20:34
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Originalmente publicado por Eirín Ver mensaje
¡Ay, Tresliebres!,¡qué equivocado estás conmigo!,pero no te lo reprocho,porque no me conoces.

Mira ni "nacional" ni gaitas,ni fijaciones de ningún tipo.A lo mejor, mira tú por donde, es todo lo contrario.

Veo que no has entendido lo que he querido decir, aunque tambien es muy probable que yo me haya expresado mal.

Utilicé el término "extranjeros" para identificar a algunos que tienen una interpretación sobre las dos leyes que nos ocupan, por la que se permitiría mantener la bandera de un barco no español y navegar con él en nuestras aguas sin problema alguno.

Esa denominación, en realidad debería haber dicho "extranjeristas", para ser mas riguroso con el lenguaje, y desde ya lo cambio, pretende que sirva para identificar a los aludidos como opuestos a los que pensamos que esa interpretación que ellos propugnan, no es posible,y no por un rechazo a la normativa nautica de recreo de otros paises,sobre todo europeos,a la cual yo en general desearía que fuese la vigente en España,sino porque con la actual legislacion vigente en nuestro pais y la interpretacion que desde un punto de vista exclusivamente jurídico,que no político o de otra índole,no creemos que, esa interpretació,n sea ni posible ni real.

Y a su vez, para seguir el juego dialéctico de Tupac A., que a los que no estamos de acuerdo con sus planteamientos no ha tenido empacho en llamarnos del "bunker", en un ejercicio demagógico e irrespetuoso típico de casi todas sus intervenciones.

Para tu información,cofrade Tresliebres,he mantenido siempre una actitud muy crítica con la legislación nautica española, a la que considero nefasta,caótica,incoherente,elitista y no sé cuantos calificativos más.He escrito artículos o he colaborado en la redacción de otros manteniendo esta postura y proponiendo una adaptación de las legislaciones que rigen en paises de nuestro entorno como Inglaterra, Francia,Italia y algunos mas.

No solo he participado en la fundacion de una sociacion cuyo objetivo social era la defensa de los intereses de los navegantes de recreo sino que,entre otras cosas, participé activamente en su implantacion a nivel estatal,propiciando el contacto con las diversas instituciones del sector y llegando incluso a conseguir que fuesemos la primera asociacion de navegantes en ser invitada a una Comision legislativa del Congreso de los Diputados, que como sabes, es en donde se cuecen las leyes.

Asique, espero que,con ello te quede claro, no solo lo que pienso sino tambien lo que digo, aunque a veces mi redacción no sea lo buena y explícita que desearía.

Saludos y unas

Eirín.
Pues no, no te conocia Eirin y lo que me dices me ayuda a conocerte. Gracias por el tono de tu respuesta a un mensaje, el mio, que daba por supuesto que te oponías a la interpretacion que otros hacemos de la Da1 por aquello de "hundame yo y todos conmigo". Veo que no es asi y me sorprende gratamente. Creo ahora ver a alguien que ha dado algunas batallas por perdidas. Bueno, si tanto has peleado es lógico que lleguen momentos como este, pero creo, al contrario que tu, que se puede navegar con otra bandera, que la Da1 lo permite y que lo veremos en los próximos meses. Por cierto, creo que si lo tuyo es pesimismo, con un poco de suerte podemos ganarte para la causa. Cuantos mas seamos más se decantara la interpretacion de la ley hacia el lado que deseamos. Un saludo y unas rondas
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Predeterminado Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????

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Pues no, no te conocia Eirin y lo que me dices me ayuda a conocerte. Gracias por el tono de tu respuesta a un mensaje, el mio, que daba por supuesto que te oponías a la interpretacion que otros hacemos de la Da1 por aquello de "hundame yo y todos conmigo". Veo que no es asi y me sorprende gratamente. Creo ahora ver a alguien que ha dado algunas batallas por perdidas. Bueno, si tanto has peleado es lógico que lleguen momentos como este, pero creo, al contrario que tu, que se puede navegar con otra bandera, que la Da1 lo permite y que lo veremos en los próximos meses. Por cierto, creo que si lo tuyo es pesimismo, con un poco de suerte podemos ganarte para la causa. Cuantos mas seamos más se decantara la interpretacion de la ley hacia el lado que deseamos. Un saludo y unas rondas

Tambien te agradezco,cofrade Tresliebres,tu contenida y ecuánime contestación.Ello me facilita disfrutar de la cerveza que en estos momentos estoy bebiendo, a tu salud .

Mira, en mi opinión (y en la de muchos otros) nos encontramos en una situación generada por el criterio de un cofrade,al que le habeis seguido otros, que piensa que se puede navegar con pabellón extranjero en un barco propiedad de un español residente en nuestro pais.

Es una interpretación que de unas leyes ha hecho una persona, apoyada por otra que a su vez es coincidente con lo que le ha dicho un Capitán Marítimo en relación con la Ley de Bandera...

Bueno, vale, como debate, no estaría mal..pero hay que profundizar un poco:¿Tu piensas que el Gobierno ha querido, para recaudar mas impuestos a través del de matriculación, cargarse la flota de la náutica de recreo española?

¡A que estás de acuerdo conmigo que esa interpretación práctica no parece lógica!

Desde luego es posible que hayan cometido el error de propiciar unas interpretaciones diversas, por eso la DGMM no acaba de pronunciarse, por eso las Capitanías no acaban de sancionar porque no tienen las ideas claras (y alguno lo justifica apelando al "Contubernio"...y luego se atreve de acusar a los demás de "bunker"...

No Tresliebres, nunca he sido pesimista,aunque sí estoy cansado de algunas salidas de tono.

Soy consciente de que el camino es difícil, pero la solución no está en abandonar el barco y subirnos al del extranjero.Soy de los que piensa que debemos luchar contra esta nuestra legislación perversa, patética y obsoleta desde dentro y no intentando crear una sensación de "rio revuelto...",eso creo que es un error.

De lo que estoy cansado es de los iluminados y de los que venden la moto sin conocimiento serio de lo que dicen.

Y sobre todo, estoy muy harto de que algunos disfracen de argumentación jurídica lo que es un sinsentido en su aspecto mas técnico.

Las Autoridades con mucha frecuencia dictan leyes confusas,contradictorias o directamente malas de solemnidad.Este es el caso en el que nos encontramos.Y no descarto que,incluso, durante algún tiempo,pudieran imponerse las tesis "extranjeristas" por estar originadas en una normas nefandas,pero ¡cuantas veces se han declarado incostitucionales unas leyes que tuvieron en un momento dado gran proyeccion social!, o simplemente se han cambiado por una disposicion nueva de signo contrario.

Cofrade Tresliebres,te sugiero que leas las intervenciones recientes de Islademalta.De verdad, son un ejemplo de precision y sensatez.Yo suscribo integramente lo que dice.

Y si de análisis jurídicos hablamos, te pido que leas las escasas pero rutilantes intervenciones que ha hecho en este hilo un cofrade que se llama Jangada (96,102 y 121).Por favor, léelo con calma.

Y si tienes paciencia y tiempo,lee mi trabajo que adjunté en pdf, en la intervención nº 191.

En suma pienso que, por lo dicho en la DA1,no puede navegar definitivamente un español residente con un barco de bandera extranjera.

Pero aunque se impusiera la interpretación vuestra, pienso que está tan cogida por los pelos, que produce tal inseguridad jurídica que no duraría mucho tiempo su vigencia.

Por lo que, yo no recomiendo a nadie que al amparo de esa norma se le ocurra adquirir un barco y conservar su bandera de origen.

Al tiempo.

Cofrade, que es un placer discutir contigo

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Predeterminado Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????

buenas!!
He seguido con mucha atención casi todo el hilo, y quería preguntar a ver si alguien conoce la legislación y requisitos de Suiza.Es mera curiosidad, porque hay un montón de barcos en venta (fundamentalmente de esloras grandes)con esa bandera, y no tiene mar...

unas rondas para refrescar la garganta
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  #724  
Antiguo 31-07-2011, 01:55
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Predeterminado Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????

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Originalmente publicado por Tupac A. Ver mensaje
Gracias, Islademalta. Mira por donde, un mito desmentido. Ya tenia yo sospechas (precisamente por eso que dices que no todo lo que se dice en un foro es cierto... es mas, la de tonterias que se leen es espeluznante), por eso te lo preguntaba. No obstante, en el caso del Estado español una huida considerable si creo que conllevaria una suavizacion de la normativa, porque de otra forma el exodo se iria generalizando cada vez mas. De que le serviria a la DGMM seguir imponiendo exigencias ridiculas si todos estamos con pabellones de paises de la UE y a la DGMM solo le quedaran LP706, Jangada, Eirin y alguno mas con el pabellon español para poderles crugir a multas?

Cuando puedas acuerdate de lo de la consulta de la DGT, please.
Veo que prosigue tu empecinamiento, en la creación de bandos, en enfrentar a cofrades y en denostar a los que osan opinar diferente que tú.
Es lamentable cuando uno piensa que el Uari Inca, descendiente de Manco Capac, llamado Tupac Amaru, después de ser arcabuceado por las tropas españolas al mando de Martín Hurtado en Vilcabamaba, escapó río abajo hasta ser capturado y posteriormente ejecutado, cuando pronunció: Madre tierra, atestigua como mis enemigos derraman mi sangre.
Esta inoble ejecución hizo que el segundo Felipe mandara a su casa al virrey Toledo afirmando que le había mandado a servir reyes, no a ejecutarlos.
Esta resumida historia, forma parte de la magia que ejerce el imperio INCA, sobre el recuerdo histórico de la Humanidad. Una civilización arrasada!!! que ostentaba uno de los más altos grados de dignidad hasta hoy en día conocido.
Que pena que usar el nombre de estos mitos no siembre en sus usuarios una leve semilla de su grandeza.

Por si te interesa pensar, lee el texto de las instrucciones ACTUALES de la cumplimentación del formulario referente al pago del tributo especial objeto de debate en este hilo:

Se considera que deben ser objeto de matriculación definitiva en España los medios de transporte nuevos o usados cuando se destinen a ser utilizados en territorio español por personas o entidades residentes en España o titulares de establecimientos permanentes situados en España

http://www.aeat.es/AEAT/Contenidos_C...str_mod576.pdf


Se desprende que la administración todavía no se autoaplica la interpretación tuya de la DA1, sin que ello quiera decir que tu interpretación esté del todo equivocada.
Apenas, el famoso bunker que mencionas, nos dedicamos a cuestionar los pensamientos excesivamente totalitarios y únicos y damos consejos cuando estamos absolutamente seguros aunque algunos como profesionales hayamos inetrmediado en el abanderamiento británico de algunos barcos de cofrades de esta Taberna. Todo depende del programa de navegación y del caso concreto.

Por cierto, el pabellón de mi catamarán es brasileño, está fondeado en frente de casa, a 3º sur, en frente de Guajirú, municipio de Trairí, estado del Ceará, Brasil.

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Vivimos todos, en este mundo, a bordo de un navío zarpado de un puerto que desconocemos hacia un puerto que ignoramos.
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Predeterminado Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????

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Originalmente publicado por Eirín Ver mensaje
Tambien te agradezco,cofrade Tresliebres,tu contenida y ecuánime contestación.Ello me facilita disfrutar de la cerveza que en estos momentos estoy bebiendo, a tu salud .

Mira, en mi opinión (y en la de muchos otros) nos encontramos en una situación generada por el criterio de un cofrade,al que le habeis seguido otros, que piensa que se puede navegar con pabellón extranjero en un barco propiedad de un español residente en nuestro pais.

Es una interpretación que de unas leyes ha hecho una persona, apoyada por otra que a su vez es coincidente con lo que le ha dicho un Capitán Marítimo en relación con la Ley de Bandera...

Bueno, vale, como debate, no estaría mal..pero hay que profundizar un poco:¿Tu piensas que el Gobierno ha querido, para recaudar mas impuestos a través del de matriculación, cargarse la flota de la náutica de recreo española?

¡A que estás de acuerdo conmigo que esa interpretación práctica no parece lógica!

Desde luego es posible que hayan cometido el error de propiciar unas interpretaciones diversas, por eso la DGMM no acaba de pronunciarse, por eso las Capitanías no acaban de sancionar porque no tienen las ideas claras (y alguno lo justifica apelando al "Contubernio"...y luego se atreve de acusar a los demás de "bunker"...

No Tresliebres, nunca he sido pesimista,aunque sí estoy cansado de algunas salidas de tono.

Soy consciente de que el camino es difícil, pero la solución no está en abandonar el barco y subirnos al del extranjero.Soy de los que piensa que debemos luchar contra esta nuestra legislación perversa, patética y obsoleta desde dentro y no intentando crear una sensación de "rio revuelto...",eso creo que es un error.

De lo que estoy cansado es de los iluminados y de los que venden la moto sin conocimiento serio de lo que dicen.

Y sobre todo, estoy muy harto de que algunos disfracen de argumentación jurídica lo que es un sinsentido en su aspecto mas técnico.

Las Autoridades con mucha frecuencia dictan leyes confusas,contradictorias o directamente malas de solemnidad.Este es el caso en el que nos encontramos.Y no descarto que,incluso, durante algún tiempo,pudieran imponerse las tesis "extranjeristas" por estar originadas en una normas nefandas,pero ¡cuantas veces se han declarado incostitucionales unas leyes que tuvieron en un momento dado gran proyeccion social!, o simplemente se han cambiado por una disposicion nueva de signo contrario.

Cofrade Tresliebres,te sugiero que leas las intervenciones recientes de Islademalta.De verdad, son un ejemplo de precision y sensatez.Yo suscribo integramente lo que dice.

Y si de análisis jurídicos hablamos, te pido que leas las escasas pero rutilantes intervenciones que ha hecho en este hilo un cofrade que se llama Jangada (96,102 y 121).Por favor, léelo con calma.

Y si tienes paciencia y tiempo,lee mi trabajo que adjunté en pdf, en la intervención nº 191.

En suma pienso que, por lo dicho en la DA1,no puede navegar definitivamente un español residente con un barco de bandera extranjera.

Pero aunque se impusiera la interpretación vuestra, pienso que está tan cogida por los pelos, que produce tal inseguridad jurídica que no duraría mucho tiempo su vigencia.

Por lo que, yo no recomiendo a nadie que al amparo de esa norma se le ocurra adquirir un barco y conservar su bandera de origen.

Al tiempo.

Cofrade, que es un placer discutir contigo

Eirín.
Respeto tus argumentos pero creo más acertados los de quienes mantienen la postura contraria. Y no sólo cofrades de esta taberna, sino expertos juristas que han analizado la Da1 en otros medios de comunicación. En fin, como se dice a menudo, si non e vero e ben trovatto Yo por el momento navego bajo otra bandera, una bandera que no me pide homologar hasta el papel de water y no me siento inseguro, la ley me ampara. Creo que no es tu caso, pero en la postura de quienes se oponen a la Da1 hay mucho de caverna, de "que pasen todos por donde he tenido que pasar yo" de "qué se creen estos" de "Santiago y cierra España" Creo que hacer lo que yo hago es tan válido para cambiar nuestra obsoleta legislación como lo que tu llamas hacerlo "desde dentro". Dentro tambien estoy yo, que vivo y navego en España. Dentro también estoy yo que he pagado mis impuestos como me corresponde. Dentro tambien estoy yo que pago mi amarre en este país. La diferencia es que nosotros hemos decidido jugarnosla y apostar por una ley que por primera vez aporta algo de oxigeno al viciado aire que respiramos. Otros, mientras esperan y ven que pasa, se rasgan las vestiduras y gritan que como va a ser esto, que nos hundimos, que esto es el acabose y poco menos que el fin de nuestra gloriosa historia marítima. Bueno, ya lo veremos, pero la ley a mi modo de ver es clara. Un saludo y unas rondas
__________________
No he de callar por más que con el dedo, ya tocando la boca o ya la frente, silencio avises o amenaces miedo
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Tranes (31-07-2011)
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