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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola a todos,
Pues despues de unas llamadas, espero aclarar algo: - Con el PCOC si tu alquilas un barco tanto de la lista 6 o 7 puedes llevarlo sin ningun tipo de problemas ni limitaciones de ninguna clase, siempre y cuando lo alquiles en un sitio que se dedique a eso. - Con el PCOC si le alquilas el barco a un particular, o circulas con el de tu vecino que no se dedican al alquiler de barcos oficialmente no puedes navegar. Pero hay un Matiz, el tema de las 12 millas, si yo le alquilo a mi vecino su barco cuando llegue a 12 millas puedo ir con el PCOC, pero hasta las 12 millas tengo que tener el PER como minimo. Si te para la Guardia Civil antes de las 12 millas puedes o llevarte una multa o nada y continuar. Un ejemplo: Viaje de Valencia-Ibiza (80millas aprox), hasta las 12 millas desde valencia necesitas el PER, luego el PCOC y cuando estas a 12 millas de Ibiza de nuevo el PER, pero si alquilar un barco en valencia puedes ir con el PCOC sin ningun problema. Es curioso que si alquilas si valga y si es tuyo en propiedad no. Resumiendo, si solo vas a alquilar barcos el PCOC es perfecto y valido. Si tienes un barco y el PER y tu quieres ir mas alla de 12 millas el PCOC te lo complementa de sobra. Por otro lado se puede navegar con el PER entre islas? |
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#2
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Cita:
Pues si, es una de las atribuciones "especiales" de PER, puedes navegar entre islas en los archipielagos balear y canario ![]() Curiosamente con el per puedes ir de Mallorca a Ibiza, pero no puedes ir de Ibiza a la peninsula(siendo esta distancia algo menor que la anterior) ![]() ![]() ![]() Editado por Tranes en 10-08-2011 a las 00:01. |
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#3
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choquero si no sabes ingles no problema traductor de gugle lo hace muy bien las preguntas estan en epañol
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#4
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Cita:
Anda, repasa el hilo y verás quien quiere un título expedido en inglés y francés y declara que su problema es el inglés... ![]()
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Nabregar: "Acción de desplazarse por la mar en un barco que da mucho, pero que mucho trabajo" ¡¡¡Os estoy vigilando!!! ![]() Tractorista y motero |
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#5
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choquero perdoname por no ser tan ilustrado como tu.
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#6
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Cita:
Unas ![]() , sobre el tema de navegar de Valencia a Ibiza, el cometario de que navego hasta las 12m, con el PER y a partir de ahí con el PCOC, me parece que igual no funciona, no dudo lo que dices de alta amr, pero una vez que llegues a Ibiza, tu puerto de salida es Valencia y a efectos eres un PER, con lo que tendras una denuncia. Es un comentario como decía antes este es un tema más de conocimiento de las leyes que de otra cosa.Buena mar. |
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#7
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Cita:
Acabo de actualizar mi perfil y ver que fue lo ultimo que comente para darle continuidad.... Para Resumirlo, el PCOC solo es valido para llevar embarcaciones de ALQUILER en la lista 6 por toda la Costa Española sin problemas. Solo alquiler oficial en empresas que se dedican a ello e inscritas en lista 6. |
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#8
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Has rescatado un hilo del 2011; las leyes han cambiado desde entonces.
Actualmente el PCOC no sirve en España ni para alquilar. Un saludo y ![]() |
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#9
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Cita:
a si lo dice el ultimo BOE del 2014. sino lo han cambiado este año claro!! ![]() |
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#10
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Que no te has leido la coletilla Dibujito; Tienes que probar tu residencia en Canadá en el momento de la adquisición del título.
Además se nota a la legua que esa disposición la redactaron pensando en PCOC porque la gente se lo sacaba por internet. Me alegro de saludarte, ya solo nos falta Choquero ![]() ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Ponent | ||
Dibujito (18-03-2015) | ||
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