Re: Prioridad de paso vela-remo y motor-remo.
El que busca encuentra...
Cita:
7. En las zonas exclusivas de baño debidamente balizadas, estará prohibida la navegación deportiva y de recreo y la utilización de cualquier tipo de embarcación ó artefacto flotante, independientemente de su propulsión.
8. El lanzamiento y varada de las embarcaciones y artefactos deberá hacerse a través de canales debidamente balizados a velocidad muy reducida, (3 nudos como máximo). En los tramos de playa correspondientes, deberán colocarse señales de zona restringida para el baño. No se permite el amarre o fondeo de embarcaciones en el canal. Tampoco se permitirá el baño, ni el buceo en estos canales.
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Parece que queda claro...
La fuente:
http://www.derecho.com/l/bop-cadiz/n...to-24-05-2011/

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Si Dios nos creó con dos orejas, dos ojos y una sola boca, es porque tenemos que escuchar y ver dos veces antes de hablar ..
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