![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
|
|
#1
|
||||
|
||||
|
Cita:
Unas ![]() , sobre el tema de navegar de Valencia a Ibiza, el cometario de que navego hasta las 12m, con el PER y a partir de ahí con el PCOC, me parece que igual no funciona, no dudo lo que dices de alta amr, pero una vez que llegues a Ibiza, tu puerto de salida es Valencia y a efectos eres un PER, con lo que tendras una denuncia. Es un comentario como decía antes este es un tema más de conocimiento de las leyes que de otra cosa.Buena mar. |
|
#2
|
||||
|
||||
|
Cita:
Acabo de actualizar mi perfil y ver que fue lo ultimo que comente para darle continuidad.... Para Resumirlo, el PCOC solo es valido para llevar embarcaciones de ALQUILER en la lista 6 por toda la Costa Española sin problemas. Solo alquiler oficial en empresas que se dedican a ello e inscritas en lista 6. |
|
#3
|
||||
|
||||
|
Has rescatado un hilo del 2011; las leyes han cambiado desde entonces.
Actualmente el PCOC no sirve en España ni para alquilar. Un saludo y ![]() |
|
#4
|
||||
|
||||
|
Cita:
a si lo dice el ultimo BOE del 2014. sino lo han cambiado este año claro!! ![]() |
|
#5
|
||||
|
||||
|
Que no te has leido la coletilla Dibujito; Tienes que probar tu residencia en Canadá en el momento de la adquisición del título.
Además se nota a la legua que esa disposición la redactaron pensando en PCOC porque la gente se lo sacaba por internet. Me alegro de saludarte, ya solo nos falta Choquero ![]() ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Ponent | ||
Dibujito (18-03-2015) | ||
![]() |
Ver todos los foros en uno |
| Herramientas | |
| Estilo | |
|
|