![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
|
|
#1
|
||||
|
||||
|
Cita:
Te repito lo de niñatos, no es un insulto, la RAE lo deja bien claro. Solamente se podría considerar un insulto, a nivel muy personal y subjetivo, si se lo considera insulto=ofensa=humillación=menoscabar, etc, que no es el caso. Por la misma regla de tres, entonces pureta-puretilla, también sería un insulto, y no lo es. De hecho, a mí me llaman pureta más de una vez, y eso según la RAE, solo se aplica a viejos o ancianos.No a cuarentones... Aunque me da igual lo que me digan. Es aquello de ríase la gente, ande yo caliente... ![]() ![]() ![]() |
|
#2
|
||||
|
||||
|
Seré breve:
Han pasado unos días y veo que el hilo no se mueve. Habría jurado que debía esperar algo más. Leo y releo y veo que cada uno nos hemos retratado tal como somos. Todos contentos por tanto. Podría decir que una amalgama de leyes no significa lío, sino que hay que leérselas todas y saber cuál es aplicable a cada caso. Podría decir que el diccionario está lleno de insultos y no por ello dejan de ser insultos (valga como ejemplo "puta"). Pero he decidido que no merce la pena entrar en detalles. El asunto ha sido claro. He pedido rectificación y no la obtengo. Fin . Vuelvo por tanto al hilo de Knot, que es lo que nos ocupaba: Cita:
UNA EMBARCACIÓN A REMO NAVEGANDO EN AGUAS LIBRES, ES CONSIDERADA A TODOS LOS EFECTOS COMO UN "BUQUE" SEGÚN EL RIPA, y al no ser buque de vela, se considera embarcación de propulsión mecánica, puesto que para el RIPA sólo hay esas dos clases. Cita:
NOTA A PARTIR DE AQUÍ ESTÁ EDITADO PORQUE AL SUBIRLO SE ME COMIÓ LOS COMENTARIOS A LOS {QUOTES}. WIFI-PATATA QUE TENGO, OIGA Cita:
El punto 7 lo deja claro: "prohibido cualquier tipo de embarcación o artefacto flotante"... Yo ya he puesto antes otras normas que también dicen claramente "cualquier embarcación o artefacto flotante" (la norma sobre sanciones). Cita:
Por mi parte la interpretación es clara, respecto al asunto del hilo: 1.- Navegando a vela en aguas navegables, estamos en rumbo de colisión con una embarcación a remo (kayak, trainera, canoa canadiense o réplica de embarcación griega...). Debe ceder el paso, manteniéndose alejado del curso del otro buque, la embarcación de remo. Aplicando el RIPA estrictamente, el velero debe vigilar y maniobrar para evitar el abordaje, en caso de que la embarcación a remo no maniobre por le motivo que sea. 2.- Navegando a motor, ambas embarcaciones se consideran de propulsión mecánica según el RIPA, al no haber categorías diferenciadas, y por tanto, cederá el paso quien deba hacerlo según el RIPA. Me gustaría que hubiese algo más avanzado en esto, alguna cosa más explícita o aclaratoria, pero me temo que el RIPA es claro. Yo he practicado poco, pero tengo mis pinitos en travesías costeras en Kayak, y nunca se me ha ocurrido plantearle a ninguna embarcación conflicto alguno, por el tema del sentido común, la autoprotección y la ley del más fuerte que se ha citado. Pero tengo amigos íntimos que circunnavegan las islas, e incluso en breve os informaré sobre un cruce del Atlántico en una embarcación a remo, y no es la primera que se ha hecho. En esos casos ¿qué diría Lloyds si una embarcación a remo (legalmente configurada y pertrechada) colisiona con un buque asegurado por ellos. Diría: RIPA. ![]()
__________________
~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~ Editado por Juanitu en 21-08-2011 a las 19:53. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Juanitu | ||
Knot (21-08-2011) | ||
|
#3
|
||||
|
||||
|
Cita:
Pues ahora resulta que si es un buque....Cita:
http://marenostrum.org/navegacion/seguridad/ ![]()
__________________
Si Dios nos creó con dos orejas, dos ojos y una sola boca, es porque tenemos que escuchar y ver dos veces antes de hablar .. |
|
#4
|
||||
|
||||
|
Lo de la playas, de la misma fuente:
Cita:
__________________
Si Dios nos creó con dos orejas, dos ojos y una sola boca, es porque tenemos que escuchar y ver dos veces antes de hablar .. |
|
#5
|
||||
|
||||
|
Sobre la fuente que se menciona (marenostrum), he leído mucha información, y todo muy interesante, pero lamento decir que la he puesto en cuarentena, esecialmente por un error garrafal que copio a continuación, y que tiene que ver con las playas clasificadas como DE USO PROHIBIDO y balizadas con BANDERA ROJA:
De uso prohibido, señalizadas con bandera de color rojo. Las playas de uso prohibido no podrán ser utilizadas para el ejercicio de baños ni deportes náuticos. No obstante la orden debe entenderse en su justa medida. Debe quedar claro, que la prohibición puede entenderse como una recomendación, esto implica que el usuario asume el riesgo bajo su completa responsabilidad, sin que ello suponga la negación de ser socorrido. Esto lo firma Carmen Adell en la página (marenostrum.org) Absolutamente FALSO lo que está subrayado. Playa de uso prohibido significa eso: PROHIBIDO. Nos cuesta mucho entender a veces las palabras. La prohibición significa que existe riesgo para la vida humana. Y el que decide poner la bandera (sea quien sea, por Dios, no vayamos a matar al mensajero como siempre), lo que hace es calificar la playa como DE USO PROHIBIDO. No es una recomendación. El mero hecho de sacar la piragua por esa playa con bandera roja puede suponer sanción. El usuario NO PUEDE ASUMIR EL RIESGO BAJO SU COMPLETA RESPONSABILIDAD. Otra cosa es que salgas a un mar embravecido por la costa (no playa) o por una bocana (no playa). Pero hablamos de EMBARCACIONES que se hacen a la mar, no de USUARIOS DE UNA PLAYA PÚBLICA. Bueno, por ese motivo la he puesto en cuarentena. De momento. ![]()
__________________
~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~ Editado por Juanitu en 21-08-2011 a las 20:12. |
|
#6
|
||||
|
||||
|
Cita:
Cita:
![]()
__________________
Si Dios nos creó con dos orejas, dos ojos y una sola boca, es porque tenemos que escuchar y ver dos veces antes de hablar .. |
![]() |
Ver todos los foros en uno |
| Herramientas | |
| Estilo | |
|
|