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  #1  
Antiguo 14-09-2011, 09:45
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Predeterminado Re: modificacion de la orden 3200

menos mal que no soy el unic que sabe de esta norma en proceso, algunos ilusos aqui ya creian que hablaba sin motivo. dicho esto acalaro que el pnb desaparece y pasa a ser una autorizacion federativa, ya no sera un titulo y que le aumentan la eslor ade motor a 8 metros y a 5 millas como hasta ahora. que el titulin desaparece y quien tenga un titulin sin hacer ni una practica cuando se lo renueve tendra el nuevo titulin con las atribuciones de un pnb que si las ha hecho, por ejemplo, y que las practicas de vela seran todas de 16 horas es decir una aberracion para un cpitand e yate con 16 horas pueda ir a avela al cabo de hornos jejejeje que los hay de estos crack, mi me da igual no me gusta que se gaste mi dinero publico en sasemar rescatando capullos que se creen marinos de agua dulce. por otra parte sube la exencion de titulo hasta barcos de 5 metros y sin limite de potencia y a 3 millas de la costa estos moteros nos mataran algun dia en los fondeaderos.tendrian que prohibirlos jejejjeje

quereis mas datos..
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  #2  
Antiguo 14-09-2011, 09:55
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Predeterminado Re: modificacion de la orden 3200

Sinceramente no, gracias.

Ni aportas nada, ni demuestras nada. Bueno si, bastante mal gusto escribiendo.



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KUMI

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antares1_0 (15-09-2011)
  #3  
Antiguo 14-09-2011, 10:02
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Predeterminado Re: modificacion de la orden 3200

Yo dudo mucho de lo que cuentas pues en un pais donde cada hay más restricciones en todos los ámbitos me parece díficil por no decir imposible que cometan semejante aberración.

De todas formas no voy a dudar de que realmente hayas visto un borrador que como tal no estará publicado en ningún sitio y puede que ni si quiera pueda ser el borrador en el que estén trabajando, puede que sea la propuesta de algún descerebrado si realmente están trabajando en alguno.

Si finalmente tuvieras razón (que ya digo, lo dudo) no sería lógico, aumentaría la inseguridad en la mar y sería injusto para aquellos que han sacado un título como el PNB.

Al final de último post preguntas si queremos más datos, pues yo si los querría pero dudo mucho que puedas ofrecerlos si no lo has hecho ya.

Por supuesto que no tengo nada contra ti, simplemente opino lo que has comentado.

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  #4  
Antiguo 14-09-2011, 16:12
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Predeterminado Re: modificacion de la orden 3200

Y sin saber si es cierto o no,,, supuestamente en que les afectaría a los PER,,,¿en nada?,,,, mandaría cojones que me este sacando el PER cuando solo necesitaba el PNB,,, teniendo el titulín,,,, para que ahora que subo el viernes otra vez,,, con el titutlin si pudiese llevar mi embarcación de 5m y 70cv,,,,, vamos es que sería muy fuerte,,,,
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  #5  
Antiguo 14-09-2011, 16:54
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Predeterminado Re: modificacion de la orden 3200

Con tal que no deroguen el título de vice-almirante de flota... Ya veremos, que todo se termina sabiendo.
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  #6  
Antiguo 14-09-2011, 17:08
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Predeterminado Re: modificacion de la orden 3200

Yo no he visto el proyecto o borrador del que habláis, pero sé que la Asociación de Empresas Nauticas (ADIN) presentó una propuesta a la DGMM para eliminar el límite de eslora en los títulos (con el propósito de animar el mercado de venta de embarcaciones) y simplificarlos dejándolo únicamente en 3 tramos, según zonas de navegación.

Creo recordar que era algo como esto:

1.- Navegación en aguas protegidas (hasta 5 millas)
2.- Navegación costera (hasta 25 ó 60 millas, no recuerdo bien)
3.- Navegación de altura (sin límites)

(...como sucede en Francia, por ejemplo)

Eso no sólo implica que desaparece el PNB, sinó que también desaparece el PER tal y como está hoy definido.

Si desapareciese el PNB, lo más probable es que les dieran las atribuciones de un PER.

Yo recuerdo que cuando me saqué e PER (en 1992), mis atribuciones eran más limitadas que las del PER actual... y de forma automática me dieron las nuevas atribuciones (incluyendo motor+vela) y sin tener que hacer prácticas, al renovarlo.

Puede que haya cambios en breve, pero dudo que nadie pierda atribuciones. En todo caso, es posible que ganen atribuciones.

Brindo por eso.


P.D.: La consecuencia es que pasaríamos de 2 licencias federativas + 3 títulos de moto + PNB + PER + PY + CY a tan sólo 3 títulos en función de la zona de navegación.


No digo que esté bien ni mal (*), pero tan absurdo es ver un 24 mts autorizado a navegar únicamente a tan sólo 3 millas de la costa (por el título de su patrón) como que alguien que sólo quiere hacer navegación costera tenga que sacarse un título de CY (con cálculos de navegación astronómica) para llevar una embarcación de 21 mts. de eslora en navegación de cabotaje.

Para mí, es mejor simplificar.

(*) Yo ya soy capi por lo que no me afecta directamente.
__________________
Iñaki
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rinker (14-09-2011)
  #7  
Antiguo 14-09-2011, 17:32
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Predeterminado Re: modificacion de la orden 3200

Cita:
Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen Ver mensaje
Yo no he visto el proyecto o borrador del que habláis, pero sé que la Asociación de Empresas Nauticas (ADIN) presentó una propuesta a la DGMM para eliminar el límite de eslora en los títulos (con el propósito de animar el mercado de venta de embarcaciones) y simplificarlos dejándolo únicamente en 3 tramos, según zonas de navegación.

Creo recordar que era algo como esto:

1.- Navegación en aguas protegidas (hasta 5 millas)
2.- Navegación costera (hasta 25 ó 60 millas, no recuerdo bien)
3.- Navegación de altura (sin límites)

(...como sucede en Francia, por ejemplo)

Eso no sólo implica que desaparece el PNB, sinó que también desaparece el PER tal y como está hoy definido.

Si desapareciese el PNB, lo más probable es que les dieran las atribuciones de un PER.

Yo recuerdo que cuando me saqué e PER (en 1992), mis atribuciones eran más limitadas que las del PER actual... y de forma automática me dieron las nuevas atribuciones (incluyendo motor+vela) y sin tener que hacer prácticas, al renovarlo.

Puede que haya cambios en breve, pero dudo que nadie pierda atribuciones. En todo caso, es posible que ganen atribuciones.

Brindo por eso.


P.D.: La consecuencia es que pasaríamos de 2 licencias federativas + 3 títulos de moto + PNB + PER + PY + CY a tan sólo 3 títulos en función de la zona de navegación.


No digo que esté bien ni mal (*), pero tan absurdo es ver un 24 mts autorizado a navegar únicamente a tan sólo 3 millas de la costa (por el título de su patrón) como que alguien que sólo quiere hacer navegación costera tenga que sacarse un título de CY (con cálculos de navegación astronómica) para llevar una embarcación de 21 mts. de eslora en navegación de cabotaje.

Para mí, es mejor simplificar.

(*) Yo ya soy capi por lo que no me afecta directamente.
esto ya si tiene una lógica.
La tendencia ha sido ir dando atribuciones, hace ya años saque el Patron de Yate para poder llevar un 9 metros y con una complicación no digo mayorsino diferente
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  #8  
Antiguo 14-09-2011, 17:37
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Predeterminado Re: modificacion de la orden 3200

Cita:
Originalmente publicado por rinker Ver mensaje
esto ya si tiene una lógica.
La tendencia ha sido ir dando atribuciones, hace ya años saque el Patron de Yate para poder llevar un 9 metros y con una complicación no digo mayorsino diferente
Y dicho con normalidad.....sin estridencias.....sin INSULTOS......lo que viene a ser, mayormente , algo creible.
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  #9  
Antiguo 14-09-2011, 17:40
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Predeterminado Re: modificacion de la orden 3200

Cita:
Originalmente publicado por rinker Ver mensaje
esto ya si tiene una lógica.
La tendencia ha sido ir dando atribuciones, hace ya años saque el Patron de Yate para poder llevar un 9 metros y con una complicación no digo mayorsino diferente

Eso es...!! Me parece recordar que el PER sólo podía llevar hasta 8 mts. de eslora y años después lo pasaron a los 12 mts. actuales ¿No era así?

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  #10  
Antiguo 14-09-2011, 17:58
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Predeterminado Re: modificacion de la orden 3200

Cita:
Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen Ver mensaje
Eso es...!! Me parece recordar que el PER sólo podía llevar hasta 8 mts. de eslora y años después lo pasaron a los 12 mts. actuales ¿No era así?

asi era efectivamente.
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  #11  
Antiguo 16-09-2011, 09:50
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Predeterminado Re: modificacion de la orden 3200

Cita:
Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen Ver mensaje
Eso es...!! Me parece recordar que el PER sólo podía llevar hasta 8 mts. de eslora y años después lo pasaron a los 12 mts. actuales ¿No era así?

NO, era así.

Orden de 31 de enero de 1990 por la que se regulan los títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo.


PATRON DE EMBARCACIONES DE RECREO
A) ATRIBUCIONES: GOBIERNO DE EMBARCACIONES DE RECREO DE HASTA 9 METROS DE ESLORA, PROPULSADAS A VELA O A MOTOR, EN ESTE ULTIMO CASO CON UNA POTENCIA EFECTIVA DEL EQUIPO PROPULSOR QUE NO REBASE LOS 300 CV, EN UN EJE, A 600 CV, EN DOS EJES.
PODRA EFECTUAR NAVEGACIONES EN LA ZONA COMPRENDIDA ENTRE EL PUERTO BASE DE LA EMBARCACION, 30 MILLAS CONTADAS PARALELAMENTE A LA COSTA Y 5 MILLAS CONTADAS PERPENDICULARMENTE A LA COSTA.

Por esta razón, me tuve que sacar el PY, para poder ir a pescar, a un caladero a 7 millas de costa. Al poco de tenerlo, cambio la legislación y lo pasaron a 12 m. de eslora y 12 millas.


Otra cosa, es ilegal que pierdas, atribuciones conseguidas con anterioridad, si desparece el PNB, el nuevo tiene que tener, al menos, las mismas, en caso contrario, los PNB´s, seguirían con su titulo y sus atribuciones.

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Soy cantor, soy embustero, me gusta el juego y el vino, tengo alma de marinero. Qué le voy a hacer, si yo nací en el mediterráneo.

"A veces es mejor callar y parecer tonto, que hablar y despejar todas las dudas". Groucho M.

Editado por sumeke en 16-09-2011 a las 10:02.
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antares1_0 (17-09-2011), Iñaki/Sinvergüen (16-09-2011), teteluis (16-09-2011)
  #12  
Antiguo 14-09-2011, 19:41
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Cita:
Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen Ver mensaje
Creo recordar que era algo como esto:

1.- Navegación en aguas protegidas (hasta 5 millas)
2.- Navegación costera (hasta 25 ó 60 millas, no recuerdo bien)
3.- Navegación de altura (sin límites)

(...como sucede en Francia, por ejemplo)
En Francia no es necesaria ninguna titulación para embarcaciones a vela.
Para motoras hay un permiso, válido para cualquier zona.

En cuanto a embarcaciones sí existen creo recordar 2 zonas, costera, a 2 o 4 millas, no recuerdo, y el resto, es decir, mucho más sencillo que aquí.
Eso sí, aparte de los requisitos de material de seguridad entran las consideraciones de las zonas de homologación.

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  #13  
Antiguo 16-09-2011, 11:12
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Cita:
Originalmente publicado por PIK Ver mensaje
En Francia no es necesaria ninguna titulación para embarcaciones a vela.
Para motoras hay un permiso, válido para cualquier zona.

En cuanto a embarcaciones sí existen creo recordar 2 zonas, costera, a 2 o 4 millas, no recuerdo, y el resto, es decir, mucho más sencillo que aquí.
Eso sí, aparte de los requisitos de material de seguridad entran las consideraciones de las zonas de homologación.

Solamnte para aportar algo más de luz al tema:
pues parece que en Francia también hay un montón de permisos...

"Equivalencias" de títulos españoles con Francia:

Permis mer Hauturier: Capitán de Yate
¿Patrón de yate?
Permis mer Cotier: Patrón de Embarcaciones de Recreo
Permis A: Patrón de Embarcaciones de Recreo
Permis B: Patrón para Navegación Básica
Permis C: Patrón para Navegación Básica
Carte Mer: Autorización Federativa

Pero todos son mucho más sencillos que los españoles (fijaros en los programas, especialmente el de Capi).




PERMIS MER option Hauturier
  • Valable sur le domaine maritime.
  • Autorise la conduite de tout navire de plaisance à moteur sans limitation de distance.
  • Extension réservée aux titulaires du permis côtier ou du permis mer A.
  • PROGRAMME
Code
  • Lecture de carte, identification de phare, faire valoir sa route, estime, faire le point, calcul de marée, prévision météo, manœuvre de mauvais temps.
  • EXAMEN
Épreuve écrite
  • Problème de navigation sur carte.
PERMIS mer option COTIERE
  • Valable sur le domaine maritime. Autorise la conduite de tout navire de plaisance à moteur, à moins de 6 milles d'un abri.
  • Age minimum requis 16 ans.
  • Composée d’une épreuve de code validée par l’administration, et d’une validation de la pratique par le Bateau - Ecole.
  • Le titulaire d’un permis rivière est dispensé de l’épreuve théorique.
  • PROGRAMME
Code
  • Feux des bâtiments, règles de barre, signaux sonores, balisage, signalisation, sécurité - Réglementation
Pratique
  • Manœuvre d'un navire à moteur.
  • EXAMEN
Épreuve écrite
  • Questionnaire(QCM) sur le code.
Validation pratique
  • Sur le bateau : Appareiller, prise de coffre, récupérer un homme à la mer, casser son erre, alignement, naviguer au compas, accoster et amarrer le navire - Etc...
  • En salle : Sécurité – Météo – Carte marine – Détresse – Environnement- Responsabilité du chef de bord - Etc




PERMIS RIVIERE
  • Valable sur le domaine fluvial.
  • Autorise la conduite de tout navire de plaisance à moteur de moins de 20 mètres.
  • Age minimum requis 16 ans.
  • Composé d’une épreuve de code validée par l’administration, et d’une validation de la pratique par le Bateau - Ecole.
  • Le titulaire d’un permis mer est dispensé de l’épreuve théorique.
  • PROGRAMME
Code
  • Feux des bâtiments, règles de barre, signaux sonores, balisage, signalisation, sécurité, réglementation .
Pratique
  • Manoeuvre d'un navire à moteur.
  • EXAMEN
Épreuve écrite
  • Questionnaire(QCM) sur le code.
Validation pratique
  • Sur bateau : Appareiller, prise de coffre, récupérer un homme à la mer, casser son erre, alignement, naviguer au compas, accoster et amarrer le navire - Etc...
  • En salle : Sécurité – Météo – Carte marine – Détresse – Environnement- Responsabilité du chef de bord - Etc



CERTIFICAT RADIO (CRR) Obligatoire pour l'utilisation d'une VHF à bord d'un navire.
  • PROGRAMME
  • Documents obligatoires, sauvegarde de la vie humaine en mer, procédures d'appels, cadre législatif, alphabet international, etc...
  • EXAMEN
Épreuve écrite
  • Questionnaire(QCM)
__________________
Iñaki

Editado por Iñaki/Sinvergüen en 16-09-2011 a las 11:18.
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  #14  
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Cita:
Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen Ver mensaje
Solamnte para aportar algo más de luz al tema:
pues parece que en Francia también hay un montón de permisos...

Equivalencias de títulos españoles con Francia:

Permis mer Hauturier: Capitán de Yate
Permis mer Cotier: Patroón de Embarcaciones de Recreo
Permis A: Patroón para Navegación Básica
Permis B: Patroón para Navegación Básica
Permis C: Patroón de Embarcaciones de Recreo
Carte Mer: Autorización Federativa

Pero todos son mucho más sencillos que los españoles (fijaros en los programas, especuialmente el de Capi).


PERMIS MER option Hauturier
  • Valable sur le domaine maritime.
  • Autorise la conduite de tout navire de plaisance à moteur sans limitation de distance.
  • Extension réservée aux titulaires du permis côtier ou du permis mer A.
  • PROGRAMME
Code
  • Lecture de carte, identification de phare, faire valoir sa route, estime, faire le point, calcul de marée, prévision météo, manœuvre de mauvais temps.
  • EXAMEN
Épreuve écrite
  • Problème de navigation sur carte.
PERMIS mer option COTIERE
  • Valable sur le domaine maritime. Autorise la conduite de tout navire de plaisance à moteur, à moins de 6 milles d'un abri.
  • Age minimum requis 16 ans.
  • Composée d’une épreuve de code validée par l’administration, et d’une validation de la pratique par le Bateau - Ecole.
  • Le titulaire d’un permis rivière est dispensé de l’épreuve théorique.
  • PROGRAMME
Code
  • Feux des bâtiments, règles de barre, signaux sonores, balisage, signalisation, sécurité - Réglementation
Pratique
  • Manœuvre d'un navire à moteur.
  • EXAMEN
Épreuve écrite
  • Questionnaire(QCM) sur le code.
Validation pratique
  • Sur le bateau : Appareiller, prise de coffre, récupérer un homme à la mer, casser son erre, alignement, naviguer au compas, accoster et amarrer le navire - Etc...
  • En salle : Sécurité – Météo – Carte marine – Détresse – Environnement- Responsabilité du chef de bord - Etc


PERMIS RIVIERE
  • Valable sur le domaine fluvial.
  • Autorise la conduite de tout navire de plaisance à moteur de moins de 20 mètres.
  • Age minimum requis 16 ans.
  • Composé d’une épreuve de code validée par l’administration, et d’une validation de la pratique par le Bateau - Ecole.
  • Le titulaire d’un permis mer est dispensé de l’épreuve théorique.
  • PROGRAMME
Code
  • Feux des bâtiments, règles de barre, signaux sonores, balisage, signalisation, sécurité, réglementation .
Pratique
  • Manoeuvre d'un navire à moteur.
  • EXAMEN
Épreuve écrite
  • Questionnaire(QCM) sur le code.
Validation pratique
  • Sur bateau : Appareiller, prise de coffre, récupérer un homme à la mer, casser son erre, alignement, naviguer au compas, accoster et amarrer le navire - Etc...
  • En salle : Sécurité – Météo – Carte marine – Détresse – Environnement- Responsabilité du chef de bord - Etc

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  • EXAMEN
Épreuve écrite
  • Questionnaire(QCM)

En efecto, hay distintos permisos para embarcaciones A MOTOR.
Para veleros no es necesaria ninguna titulación.
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  #15  
Antiguo 14-09-2011, 17:17
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quereis mas datos..
Vale, ahora si, ya está claro, ya te has definido a la perfección, repartiendo calificaciones a diestro y siniestro.
Lástima de haberte prestado atención.
Voy rápido a sacarme el titulín que el Cabo de Hornos siempre me ha llamado la atención , ó quizás no sea necesario, porque si a mi zodiac 4,50 puedo meterle tres verados de 300cv, sin titulación, cuando termine con el Cabo de Hornos, le van a llamar el cabo microondas .
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  #16  
Antiguo 14-09-2011, 17:19
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Por fin se le dará el reconocimiento que se merece al Capitán Canadiense......
Al final todo llega.
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