La Taberna del Puerto Sergio Ponce
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Cita:
Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen Ver mensaje
Creo recordar que era algo como esto:

1.- Navegación en aguas protegidas (hasta 5 millas)
2.- Navegación costera (hasta 25 ó 60 millas, no recuerdo bien)
3.- Navegación de altura (sin límites)

(...como sucede en Francia, por ejemplo)
En Francia no es necesaria ninguna titulación para embarcaciones a vela.
Para motoras hay un permiso, válido para cualquier zona.

En cuanto a embarcaciones sí existen creo recordar 2 zonas, costera, a 2 o 4 millas, no recuerdo, y el resto, es decir, mucho más sencillo que aquí.
Eso sí, aparte de los requisitos de material de seguridad entran las consideraciones de las zonas de homologación.

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Sergio Ponce

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